BOC - 1991/144. Viernes 1 de Noviembre de 1991 - 1560

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Sanidad y Asuntos Sociales

1560 - RESOLUCION de 25 de octubre de 1991, de la Secretaría General Técnica, por la que se delegan en el Jefe del Servicio de Régimen Interior, determinadas materias.

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El artículo 7, Dos del Decreto 191/1987, de 11 de septiembre (B.O.C. nº 124, de 25.9.87), y el artículo 15.6 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre (B.O.C. nº 122, de 16.9.91), atribuyen a esta Secretaría General Técnica determinadas competencias en materia de personal.

Con el fin de dotar de una mayor agilidad la gestión de personal, especialmente la sometida a regímenes procedimentales, se hace conveniente dictar una norma de delegación, en el Jefe del Servicio de Régimen Interior, de alguna de las competencias atribuidas a esta Secretaría General Técnica.

Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Jefe del Servicio de Régimen Interior, las siguientes competencias:

A) Respecto al personal funcionario:

a) Formalización de las tomas de posesión y las diligencias de cese.

b) Reconocimiento de trienios y servicios previos.

c) Declaración de consolidación del grado personal.

d) Hojas de enlace para inscripción en el Registro de Personal de títulos, diplomas, idiomas, premios, sanciones, condecoraciones, etc.

e) Declaración de servicios especiales.

f) Instrucción del procedimiento para sancionar las faltas disciplinarias leves.

g) Inspección de Servicios.

h) Resolver sobre licencias, permisos y vacaciones del personal de las unidades administrativas adscritas directamente a la Secretaría General Técnica.

i) Resolver sobre anticipos reintegrables.

j) Resolver sobre ayudas médicas especiales al personal afiliado a la MUNPAL.

k) Resolver sobre las comisiones de servicio que no trasciendan del marco estructural de la Secretaría General Técnica.

l) Resolver sobre las jubilaciones.

B) Respecto al personal laboral:

a) Altas y bajas.

b) Reconocimiento de antigüedad.

c) Hojas de enlace para inscripción en el Registro de Personal.

d) Resolver sobre anticipos reintegrables.

e) Resolver sobre licencias, permisos y vacaciones del personal de las unidades administrativas adscritas directamente a la Secretaría General Técnica.

f) Reingresos.

g) Inspección de Servicios.

Segundo.- Las delegaciones conferidas por esta Resolución se entenderán sin perjuicio de la potestad de revocarlas.

Tercero.- Las resoluciones que se adopten en el ejercicio de la presente delegación, harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán, a todos los efectos, dictadas por esta Secretaría General Técnica.

Esta Resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de octubre de 1991.- La Secretaria General Técnica, Susana Peri Gómez.



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