A la vista del expediente que, con arreglo a las prescripciones del Decreto 123/1990, de 29 de junio, por el que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación, por la Comunidad Autónoma de Canarias, de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del Archipiélago (B.O.C. núms. 95 y 117), se ha instruido para la aprobación de la bandera del municipio de Tejeda (Gran Canaria); en el ejercicio de la competencia atribuida a este Departamento en el artículo 2.3 del citado texto legal,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Aprobar la bandera del municipio de Tejeda (Gran Canaria), cuyo dibujo figura como anexo, según la siguiente descripción:
Paño rectangular de proporciones 2:3 (una vez y media más largo que ancho). Colores: azul, verde y blanco. El azul abarca la generalidad del paño; el verde formará una cruz por medio de la reunión del palo y de la faja; y el blanco fileteará la totalidad de la citada cruz. Escudo: ostenta en el centro del paño las armas municipales.
Santa Cruz de Tenerife, a 24 de julio de 1991.
EL CONSEJERO DE
LA PRESIDENCIA,
Manuel Antonio Hermoso Rojas.
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