BOC - 1991/033. Miércoles 13 de Marzo de 1991 - 269

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Obras Públicas, Vivienda y Aguas

269 - ORDEN de 4 de marzo de 1991, por la que se fijan las cuantías de los precios públicos que se han de percibir por los Servicios de Laboratorios prestados por esta Consejería.

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La Ley 5/1990, de 22 de febrero, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, define qué deben entenderse por precios públicos, encomendando en su artículo 145 al Gobierno la determinación de los bienes, servicios y actividades cuya prestación dará lugar a su percepción.

Por Decreto 13/1991, de 29 de enero, se determinaron las prestaciones que han de ser retribuidas mediante precios públicos por funcionamiento de servicios propios de este Departamento.

De acuerdo al estudio económico-financiero realizado al efecto, las tarifas propuestas para la retribución de los Servicios de Laboratorios son suficientes para la cobertura de los costes inherentes a los servicios, por lo que resulta de aplicación el artículo 145.2.a) del texto legal precitado.

Por todo ello, y de acuerdo con el informe de la Consejería de Hacienda,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se aprueban con efectos económicos de 1 de abril de 1991, los precios públicos de los Servicios de Laboratorios, según relaciones contenidas en el anexo de esta Orden.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de marzo de 1991.

EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, Ildefonso Chacón Negrín.



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