BOC - 1990/156. Lunes 17 de Diciembre de 1990 - 1555

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.la Presidencia

1555 - DECRETO 244/1990, de 28 de noviembre, por el que se actualizan los Decretos de valoraciones definitivas de los costes de los servicios inherentes a los traspasos de competencias al Cabildo Insular de La Palma.

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El Decreto 54/1988, de 12 de abril, por el que se aprueba la metodología que regirá la valoración de competencias que se transfieran a los Cabildos Insulares, dispone, por lo que a la actualización de las valoraciones se refiere, que los costes de personal y de funcionamiento, se actualizarán con los mismos criterios que los señalados para la Administración de la Comunidad Autónoma.

Por otra parte, la Disposición Final del Decreto 121/1989, de 1 de junio, referente a la valoración definitiva del coste de los servicios inherentes al traspaso, establece que la materialización de las transferencias asumidas por los Cabildos, quedará subordinada a la previa confección de las Actas de entrega y recepción de los medios personales, materiales y recursos transferidos.

Habiéndose publicado recientemente la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, se hace preciso de conformidad con su Disposición Transitoria Tercera, previo Acuerdo aprobado en la Comisión de Transferencias, proceder a la actualización de aquellas situaciones que hasta la materialización de dichas transferencias se han observado.

En su virtud, visto el Acuerdo adoptado por la Comisión de Transferencias de Competencias a los Cabildos Insulares, y a propuesta del Consejero de la Presidencia, tras la deliberación del Gobierno en su sesión del día 28 de noviembre de 1990,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Actualizar el Decreto por el que se establece la valoración definitiva del coste de los servicios inherentes al traspaso, al Cabildo Insular de La Palma, en el sentido que a continuación se expresa:

Decreto 121/1989, de 1 de junio, por el que se establece la valoración definitiva del coste de los servicios inherentes al traspaso, al Cabildo Insular de La Palma, de las competencias en materia de cultura, deportes y patrimonio histórico-artístico insular, en el sentido que a continuación se expresa:

En el anexo I, en la N. RPT, donde dice: "3507", debe decir: "3509 ocupada por M. Rodríguez Calderón".

En el anexo I, en la N. RPT, donde dice: "3516", debe decir: "3521 ocupada por H. M. Pérez Rodríguez".

En el anexo III, en la oficina insular-Edf. Usos Múltipes, en Localidad y Dirección, donde dice: "C/Santos Abreu, 1", debe decir: "Plaza de la Constitución, s/n (Santa Cruz de La Palma)".

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 28 de noviembre de 1990.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.



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