Visto el plazo para presentación de solicitudes fijado en el artículo 3º de la Orden de 5 de junio de 1990 (B.O.C. nº 77, de 22.6.90), por la que se establecen medidas urgentes de ayuda a los agricultores afectados por lluvias torrenciales en tomates en la isla de Tenerife.
Visto el interés mostrado por los agricultores afectados para acogerse a los beneficios de esa Orden y el corto periodo de tiempo para atender todas las solicitudes, en virtud de facultades que me confiere la legislación vigente,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Ampliar hasta el 30 de agosto de 1990 el plazo de presentación de solicitudes que deseen acogerse a los beneficios de la Orden de 5 de junio de 1990.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de julio de 1990.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA Y PESCA, Antonio A. Castro Cordobez.
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