BOC - 1990/077. Viernes 22 de Junio de 1990 - 749

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Educación, Cultura y Deportes

749 - ORDEN de 8 de junio de 1990, por la que se delega en el Director General de Cultura la firma de las nóminas y de los contratos laborales temporales de personal adscrito a la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

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El artículo 32.k) de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, establece que corresponde a los titulares de los respectivos Departamentos la firma, en nombre de la Comunidad Autónoma, de los contratos relativos a asuntos de su Consejería.

Por Orden de 13 de febrero de 1990 (B.O.C. nº 24, de 23.2.90) se delegó en el Secretario General Técnico de este Departamento la firma de las nóminas y de los contratos temporales de personal no docente de esta Consejería.

Por su parte, el artículo 34.3 del mismo texto legal prevé la delegación del ejercicio de las competencias propias en el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello.

Por ello, con el fin de dotar de mayor agilidad a la tramitación de las nóminas y de los contratos laborales temporales de personal adscrito a la Viceconsejería de Cultura y Deportes, se estima conveniente efectuar la misma delegación de facultades en el Director General de Cultura, por ser el órgano que tiene encomendado el despacho de los asuntos de la Viceconsejería de Cultura y Deportes (Orden de 3 de noviembre de 1989, B.O.C. nº 148, de 8.11.89) por estar vacante su titular.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Artículo 1º.- Se delega en el Director General de Cultura la firma de las nóminas y de los contratos laborales temporales de personal adscrito a la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

Artículo 2º.- La delegación de facultades a que se refiere la presente Orden, se entiende sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación por parte del titular del Departamento en cuantos expedientes considere oportunos.

Artículo 3º.- En las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia, entendiéndose dictadas por el Consejero delegante a efectos de recursos.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de junio de 1990.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Juan M. García Ramos.



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