BOC - 1990/066. Lunes 28 de Mayo de 1990 - 607

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Educación, Cultura y Deportes

607 - ORDEN de 7 de mayo de 1990, por la que se designa el órgano responsable de la legalización de documentos académicos que han de surtir efectos en el extranjero, expedidos por los centros situados en el ámbito de esta Comunidad, y se asignan atribuciones en materia de reconocimiento de firmas.

Descargar en formato pdf

Por Orden del Ministerio de Educación y Ciencia, de 16 de abril de 1990 (B.O.E. de 19), se regula el procedimiento para la legalización de documentos académicos que han de surtir efectos en el extranjero, disponiendo, en su apartado cuarto, que en las Comunidades Autónomas que se hallen en el pleno ejercicio de sus competencias en materia de educación, el reconocimiento de las certificaciones oficiales de estudios de Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y Enseñanzas de Idiomas, así como de los Libros de Escolaridad de Educación General Básica, correspondientes a centros situados en las mismas, será realizado por los servicios que, a tal efecto, determinen las respectivas Administraciones autonómicas.

Por todo ello, esta Consejería ha dispuesto:

Primero: designar a la Dirección General de Ordenación Educativa como órgano responsable de la legalización de los documentos académicos que han de surtir efectos en el extranjero, expedidos por los centros situados en el ámbito de esta Comunidad, de conformidad con lo establecido en el apartado sexto de la Orden Ministerial de 19 de abril.

Segundo: asignar a las Direcciones Territoriales de Educación las atribuciones en materia de reconocimiento de las firmas de las certificaciones oficiales de estudios de Bachillerato, Formación Profesional, Enseñanzas Artísticas y de Idiomas, así como de los Libros de Escolaridad de Educación General Básica, señaladas en el apartado quinto de la citada Orden Ministerial.

Tercero: autorizar a la Dirección General de Ordenación Educativa para dictar las instrucciones precisas para el desarrollo de la presente Orden.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de mayo de 1990.

EL CONSEJERO DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES, Juan M. García Ramos.



© Gobierno de Canarias