En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por "Unión Eléctrica de Canarias, S.A.", sobre facturación de energía eléctrica en el complejo urbanístico residencial "Club Marazul del Sur" (Adeje), la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, habiéndose desistido de la apelación ante el Tribunal Supremo en el recurso nº 215/87, dictó la Sentencia firme cuya parte dispositiva dice:
"Fallamos:
Debemos estimar el recurso, anulando por contrario a Derecho el acto recurrido. Sin costas".
En su virtud,
Esta Consejería, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto que se cumpla la citada Sentencia en sus propios términos.
Santa Cruz de Tenerife, a 4 de abril de 1990.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y ENERGIA, Manuel Fernández González.
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