BOC - 1990/017. Miércoles 7 de Febrero de 1990 - 134

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.la Presidencia

134 - DECRETO 11/1990, de 30 de enero, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, con motivo de las obras "Urbanización en el viario circundante de la parcela del segundo Edificio de Usos Múltiples".

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Examinado el expediente tramitado a instancia del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la realización de las obras "Urbanización en el viario circundante de la parcela del segundo Edificio de Usos Múltiples", y teniendo en cuenta la acreditación que de los requisitos exigidos para aprobar tal declaración se hace de dicho expediente, como son:

1.- La necesidad y urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por su destino al uso público.

2.- La definición y situación de los bienes y derechos afectados por las obras resultan idóneas para el objeto pretendido, según se desprende del expediente aportado por el Ayuntamiento.

3.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados en el periodo de información pública (B.O.P. número 145, de 1 de diciembre de 1989), y mediante notificación individual, sin que se hubieran producido reclamaciones.

En el ejercicio de la competencia prevista en el apartado B.4.3 del anexo I del Real Decreto 2.613/1982, de 24 de julio, y los artículos 94 y 110 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, del Gobierno de Canarias, en relación con los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 30 de enero de 1990,

SE ACUERDA:

Uno.- Declarar, a solicitud del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras "Urbanización en el viario circundante de la parcela del segundo Edificio de Usos Múltiples".

Los bienes y derechos cuya ocupación se declara urgente quedan descritos, de forma individualizada y con indicación de sus titulares, en el anexo del presente Decreto.

Dos.- Los interesados podrán formular, ante el organismo expropiante y hasta el momento del Levantamiento de las correspondientes Actas Previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes o derechos afectados.

Tres.- Contra el presente acto de trámite en el procedimiento de expropiación podrá interponerse recurso de reposición, ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación. Y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación del acuerdo resolutorio del recurso de reposición, si es expreso, o de un año desde su interposición, si no fuese expresamente.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 1990. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Lorenzo Olarte Cullen.

EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Vicente Alvarez Pedreira.

A N E X O

Bienes y derechos cuya ocupación se declara urgente al estar afectados por las obras de ejecución de "Urbanización en el viario circundante de la parcela del segundo Edificio de Usos Múltiples".

Propietario Bien inmueble

Antonia Suárez Suárez Edificio situado en la Avenida de Buenos Aires, número 3, planta baja y primera.



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