En el recurso contencioso-administrativo n° 198/88 interpuesto por Don Luis-Miguel Pino Campos en nombre y representación de la Confederación Sindical Indcpcndientc de Funcionarios (C.S.I.F.) contra el Decreto del Gobierno de Canarias n° 223/1987, de 27 de noviembre, y contra Orden de la Consejería de la Presidencia de 29 de diciembre de dicho año, publicados en el Boletín Oficial de Canarias n° 5 de 1 1 de enero de 1988, por los que, respectivamente, se convocaron pruebas selectivas específicas de acceso a la condición de funcionario de carrera dcl Cuerpo Superior de Administradores, Escala de Administradores Gencrales, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para el personal comprendido en la Disposición Transitoria Novena, apartado 2, de la Ley Territorial 2/87, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y se aprobaron las bases que han de regir dicha convocatoria, se ha dictado Auto por la correspondiente Sala, el 10 de mayo de 1988, del que se ha recibido testimonio a efectos de su ejecución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "La Sala acuerda: Suspender los actos impugnados".
En su virtud y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas esta Consejería resuelve cumplir en sus propios términos la expresada resolución judicial, quedando de inmediato paralizado el proceso selectivo de referencia.
Santa Cruz de Tenerife, a 27 de junio de 1988.
EL CONSEJERO DE LA PRESIDENCIA, Lorenzo Olarte Cullen.
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