En este Servicio se ha formulado la petición que se reseña en la siguiente Nota, correspondiente al expediente 708-A.
NOMBRE DEL PETICIONARIO.- Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria.
CLASE DE APROVECHAMIENTO.- Aguas públicas discontinuas.
CANTIDAD DE AGUA SOLICITADA.- 1.300 litros por segundo.
CORRIENTE DE DONDE SE DERIVA.- Barranco de Cañada de La Penca.
TERMINO MUNICIPAL DE L,,- TOMA.- San Bartolomé de Tirajana.
DESTINO DE LAS AGUAS.- Riegos.
De conformidad con lo señalado en el artículo 11 del Real Decreto - Ley núm. 33 de 7 de enero de 1927, modificado por el de 27 de marzo de 1931, y disposiciones posteriores concordantes, se abre un plazo de treinta días naturales, que finalizará a las doce horas del último de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Durante este plazo y en horas de oficina, deberá el peticionario presentar en este Servicio de Recursos Hidráulicos, el proyecto, en triplicado ejemplar, visado y precintado, correspondiente a las obras que trata de ejecutar. Se acompañará también el resguardo original de haber depositado en la Caja de Depósitos de la Consejería de Hacienda a disposición de este Servicio, el 1 por 100 del presupuesto de las obras que afecten al dominio público.
También se admitirán en este Servicio y en los referidos plazos y horas, otros proyectos que tengan el mismo objeto que la petición que se anuncia o sea incompatible con él. Transcurrido el plazo fijado, no se admitirá ninguno más en competencia con los presentados.
La apertura de proyectos a que se refiere el artículo 13 del Real Decreto - Ley antes citado, se verificará a las doce horas del primer día laborable siguiente al de terminación del plazo de treinta días antes fijado, pudiendo asistir al acto todos los peticionarios, y levantándose de ello el Acta que prescribe dicho artículo que será firmada por los asistentes.
Las Palmas de Gran Canaria, 28 de agosto de 1985.- El Ingeniero Jefe, p.a.
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