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BOC Nº 142. Miércoles 19 de julio de 2023 - 2511

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V. Anuncios - Otros anuncios - Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial

2511 EXTRACTO de la Orden de 7 de julio de 2023, por la que se modifica la Orden de 22 de junio de 2022, que se establece las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para el apoyo a la implementación de la normativa de residuos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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BOC-A-2023-142-2511. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 707428.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/707428).

La Orden n.º 227/2022, del Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, de 22 de junio de 2022 (publicada en el BOC n.º 132, de 5.7.2022), aprobó las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para el apoyo a la implementación de la normativa de residuos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y estableció el importe de la convocatoria en un total de 24.200.470,86 euros, previendo la posibilidad de incrementar dicha cuantía con los créditos que se transfieran a la Administración autonómica para la financiación de las mismas actuaciones contempladas por las bases aprobadas.

La Orden 292/2023, de 24 de mayo de 2023, del Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, modifica la citada convocatoria para incrementar el crédito correspondiente a la misma en 10.244.043,93 euros, quedando por tanto la dotación económica total fijada en un total de 34.444.514,79 euros.

Mediante nueva Orden 423/2023, de 7 de julio, se modifican las bases reguladoras de la convocatoria aprobadas mediante Orden 227/2022, de 23 de junio (publicada en el BOC n.º 132, de 5.7.2022), en el sentido siguiente:

• Ampliar el plazo máximo de inicio de las actuaciones subvencionadas, contemplado en la base cuarta, apartado 4.1.

• Detallar la documentación justificativa del inicio de las actuaciones en la base vigésima primera, aclarando la contradicción entre la misma, la base cuarta y la vigésima tercera distinguiendo el plazo de inicio y el plazo para presentar la documentación citada.

• Dado que las modificaciones indicadas pueden afectar a los criterios en base a los que se valorará el cumplimiento del efecto incentivador de las subvenciones, incluir una aclaración en la base segunda, apartado 2.1, para los supuestos en que tengan la consideración de Ayudas de Estado.

Canarias, a 7 de julio de 2023.

EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA,
LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO
Y PLANIFICACIÓN TERRITORIAL,
José Antonio Valbuena Alonso.

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