Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 135. Miércoles 12 de julio de 2023 - 2271

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. Otras Resoluciones - Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

2271 DECRETO 119/2023, de 6 de julio, que modifica el Decreto 145/2022, de 26 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud para 2022, y la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal, del personal estatutario y laboral de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.

12 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 426.96 Kb.
BOC-A-2023-135-2271. Firma electrónica - Descargar

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, autoriza en su artículo 2.1 un tercer proceso de estabilización de empleo público que, adicionalmente a lo establecido en los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones públicas, y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

En el citado artículo 2, apartado 1, párrafo segundo, se dispone que las plazas afectadas por los procesos de estabilización previstos en los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, serán incluidas dentro del proceso de estabilización descrito en el párrafo anterior, siempre que hubieran estado incluidas en las correspondientes ofertas de empleo público de estabilización y llegada la fecha de entrada en vigor de la presente ley, no hubieran sido convocadas, o habiendo sido convocadas y resueltas, hayan quedado sin cubrir.

Por otro lado, la misma norma, en su disposición adicional sexta, bajo el título “convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración”, establece que las Administraciones públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Con carácter adicional, la disposición adicional octava, “identificación de las plazas a incluir en las convocatorias de concurso”, preceptúa que los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.

En cumplimiento con lo preceptuado en dicha Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se dicta el Decreto 145/2022, de 26 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud para 2022, y la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal, del personal estatutario y laboral de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (en adelante, Decreto 145/2022, de 26 de mayo), que es publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 105, de 31 de mayo de 2022.

En el resuelvo del Decreto 145/2022, de 26 de mayo, se aprueban cuatro anexos, conforme al siguiente tenor literal:

“Primero.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público ordinaria de Personal Estatutario para el año 2022.

Se aprueba la Oferta de Empleo Público ordinaria del Personal Estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud para el año 2022, que asciende a 908 plazas distribuidas en las categorías que se relacionan en el Anexo I.

Segundo.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal de Personal Estatutario correspondiente al año 2022.

Se aprueba la Oferta de Empleo Público adicional, de estabilización de empleo temporal, del Personal Estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud correspondiente al año 2022, que asciende a 2.042 plazas distribuidas en las categorías que se relacionan en el Anexo II.

Tercero.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal de Personal Laboral correspondiente al año 2022.

Se aprueba la Oferta de Empleo Público adicional, de estabilización de empleo temporal, del Personal Laboral de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud correspondiente al año 2022, que asciende a 190 plazas distribuidas en las categorías que se relacionan en el Anexo III.

Cuarto.- Distribución de plazas de los tres procesos de estabilización de empleo temporal entre los dos sistemas de acceso previstos en la Ley 20/2021.

Por razones de seguridad jurídica y de transparencia se relacionan en el Anexo IV las plazas estabilización de empleo temporal aprobadas por el Decreto 188/2018, de 26 de diciembre, por el Decreto 140/2021, de 23 de diciembre, y por el presente Decreto que, reuniendo los requisitos previstos en el artículo 2.1 o en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se incluyen en cada uno de los sistemas de acceso establecidos en dichos preceptos.”

En efecto, centrado en particular en el Servicio Canario de la Salud, este organismo autónomo cuenta con plazas básicas vacantes de personal estatutario en diversas categorías de todos los grupos profesionales (sanitarias y de gestión y servicios), en los niveles de Atención Primaria y Atención Especializada, adscritas a las Gerencias de Atención Primaria, Gerencias de Servicios Sanitarios y Direcciones Gerencias de Hospitales del Servicio Canario de la Salud, que han sido ofertadas en Decretos de Oferta de Empleo Público Ordinarias y de Estabilización del empleo temporal anteriores a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, y que están actualmente en vigor; a saber:

1. Decreto 188/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud para 2018 y la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC n.º 252, de 31.12.2018).

2. Decreto 354/2019, de 19 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud para 2019 (BOC n.º 252, de 31.12.2019).

3. Decreto 133/2020, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud para 2020 (BOC n.º 267, de 28.12.2020).

4. Decreto 140/2021, de 23 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud para 2021 y la Oferta de Empleo Público adicional, para la estabilización del empleo temporal del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC n.º 265, de 27.12.2021).

En virtud de lo anterior, y teniendo en cuenta las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, el Decreto 145/2022, de 26 de mayo, además de ofertar las plazas correspondientes a los procesos ordinarios de reposición de efectivos y de estabilización del empleo (Anexos I, II y III), aprueba un Anexo IV, en donde se relacionan las plazas susceptibles de incluirse en los procesos de estabilización, que devienen de las Ofertas de Empleo Público vigentes.

Sin embargo, se ha advertido un error en el resuelvo cuarto del Decreto 145/2022, de 26 de mayo, al haberse omitido la referencia legal a la disposición adicional octava, debiendo procederse a su inclusión y la correcta contabilización de las plazas, sumándose las plazas que traen causa en la disposición adicional octava, con el fin de determinar las dos formas de provisión: concurso-oposición y concurso de méritos.

Por otra parte, a la vista de recursos potestativos de reposición interpuestos contra el Decreto 145/2022, de 26 de mayo, se advierte la existencia de plazas de naturaleza estructural desempeñadas por personal estatutario en unidades administrativas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, que no fueron incluidas en el citado Decreto, por lo que la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud solicitó a la Dirección General de la Función Pública que emitiera informe en el sentido de determinar si dichas plazas han de ser ofertadas en convocatorias de estabilización propias del ámbito autonómico general o en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud.

Con fecha 27 de abril de 2023, la Dirección General de la Función Pública emite informe en el que se concluye expresamente lo siguiente:

“Atendiendo a los argumentos expuestos en el apartado anterior, y teniendo en cuenta la conveniencia de mantener la necesaria coherencia de la organización administrativa en los diferentes ámbitos de la Administración autonómica, este centro directivo entiende que, por razones de seguridad jurídica, procede optar por la tercera de las vías planteadas en el informe emitido por la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, esto es, que las plazas de naturaleza estructural a que se refiere dicho informe se incluyan dentro de las plantillas orgánicas de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, debiendo procederse a la modificación del Decreto 145/2022, de 26 de mayo, por considerarla la más ajustada a Derecho.

(…)”.

Procede, por tanto, incluir en la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud un total de 113 plazas estructurales desempeñadas por personal estatutario en unidades administrativas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, habida cuenta de que se cumplen los requisitos previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

Por otro lado, hay un total de 33 plazas de naturaleza estructural en los distintos órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud que, estando dotadas presupuestariamente y cumpliendo los requisitos señalados en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, no fueron incluidas en el Decreto 145/2022, de 26 de mayo. Por el contrario, existe 1 plaza de la categoría de Técnico Especialista en Laboratorio que debe excluirse por no reunir los requisitos a que se refiere la citada Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

Se trata de errores en el cómputo de la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal, acreditados en el expediente, que es preciso corregir. Con esta modificación se produce un aumento global de 146 plazas correspondientes al proceso de estabilización (Anexo II). No hacerlo supondría contradecir el mandato legal expreso.

Por su parte, con fecha 17 de abril de 2023, la Dirección Gerencia del Complejo Hospitalario Universitario de Canarias advierte a la Dirección del Servicio Canario de la Salud de errores materiales en la Resolución de 23 de diciembre de 2022, por la que la que se convocan los procesos selectivos extraordinarios de estabilización del empleo temporal de acceso a la condición de personal laboral fijo, en plazas básicas vacantes de diversas categorías sanitarias y de gestión y servicios, en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC n.º 255, de 29.12.2022), en el sentido de haberse incluido plazas laborales ya convocadas por Resolución de 15 de noviembre de 2011, por la que se aprueban las bases específicas que regirán la provisión de plazas vacantes de carácter indefinido en el Complejo Hospitalario Universitario de Canarias, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2007, acordada por el Consejo de Administración del extinto Consorcio Sanitario de Tenerife, en la sesión ordinaria de 15 de diciembre de 2008 (BOC n.º 49, de 12.3.2009). Se trata de 45 plazas en la categoría de Administrativo, por lo que procede la minoración de las mismas en el Anexo III del Decreto 145/2022, de 26 de mayo.

Lo anteriormente expuesto conlleva que la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal, del personal estatutario y laboral de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud correspondiente a 2022 haya de ser modificada a fin de dar cumplimiento a las previsiones señaladas en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. De esta manera y en virtud de la previsión contenida en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, procede corregir los errores advertidos en el número de plazas correspondientes a la tasa de estabilización, tanto del personal estatutario (Anexo II) como del personal laboral (Anexo III), así como en la distribución de las mismas en función del sistema de provisión (Anexo IV).

En su virtud, de conformidad con lo previsto en los artículos 38.1.b) y c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por el Decreto 14/2021, de 18 de marzo, el 5.2.e) de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y el 53.2 de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, a iniciativa del Consejero de Sanidad y a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, tras la deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 6 de julio de 2023,

RESUELVO:

Primero.- Modificar el Decreto 145/2022, de 26 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud para 2022, y la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal, del personal estatutario y laboral de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, en los términos establecidos en el presente Decreto:

Uno.- Se modifican los resuelvos segundo, tercero y cuarto, que quedan redactados como sigue:

“Segundo.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal de Personal Estatutario correspondiente al año 2022.

Se aprueba la oferta de empleo público adicional, de estabilización de empleo temporal, del personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud correspondiente al año 2022, que asciende a 2.188 plazas distribuidas en las categorías que se relacionan en el Anexo II.

Tercero.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo temporal de Personal Laboral correspondiente al año 2022.

Se aprueba la oferta de empleo público adicional, de estabilización de empleo temporal, del personal laboral de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud correspondiente al año 2022, que asciende a 145 plazas distribuidas en las categorías que se relacionan en el Anexo III.

Cuarto.- Distribución de plazas de los tres procesos de estabilización de empleo temporal entre los dos sistemas de acceso previstos en la Ley 20/2021.

Por razones de seguridad jurídica y de transparencia se relacionan en el Anexo IV las plazas estabilización de empleo temporal aprobadas por el Decreto 188/2018, de 26 de diciembre, por el Decreto 140/2021, de 23 de diciembre, y por el presente Decreto que, reuniendo los requisitos previstos en el artículo 2.1 o en la disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, se incluyen en cada uno de los sistemas de acceso establecidos en dichos preceptos.”

Dos.- Se modifican los Anexos II, III y IV que quedan redactados de la siguiente forma:

ANEXO II

OFERTA DE EMPLEO ADICIONAL, DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL PERSONAL ESTATUTARIO DE LOS ÓRGANOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD CORRESPONDIENTE A 2022, POR CATEGORÍAS.

Ver anexo en las páginas 41452-41453 del documento Descargar

ANEXO III

OFERTA DE EMPLEO ADICIONAL, DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DEL PERSONAL LABORAL DE LOS ÓRGANOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD CORRESPONDIENTE A 2022, POR CATEGORÍAS.

Ver anexo en las páginas 41454-41454 del documento Descargar

ANEXO IV

DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL ENTRE LOS DOS SISTEMAS DE ACCESO PREVISTOS EN LA LEY 20/2021, POR CATEGORÍAS.

Ver anexo en las páginas 41455-41457 del documento Descargar

Segundo.- Eficacia.

El presente acto produce efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Canarias, a 6 de julio de 2023.

EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Ángel Víctor Torres Pérez.

EL CONSEJERO DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Julio Manuel Pérez Hernández.

© Gobierno de Canarias