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BOC Nº 099. Martes 23 de mayo de 2023 - 1629

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1629 EXTRACTO de la Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para conceder subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo en colaboración con las Corporaciones Locales municipales de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los que se incorporen planes de formación que mejoren la empleabilidad de los trabajadores participantes, dirigida a personas paradas de larga duración, en el ejercicio 2023.

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BOC-A-2023-099-1629. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 695138.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/695138).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones objeto de esta convocatoria las Corporaciones Locales de Canarias de ámbito municipal o las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, en cuyos municipios hay más de 900 personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo, parados de larga duración a fecha de 31 de marzo de 2023, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social, por un periodo de tiempo no superior a nueve meses (9 meses).

Segundo.- Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para el ejercicio 2023 de concesión, por el SCE, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para desarrollar proyectos que comporten la contratación de trabajadores desempleados parados de larga duración y que combinen formación y práctica profesional, en colaboración con las Corporaciones Locales de ámbito municipal de Canarias y/o sus entidades de derecho público vinculadas o dependientes, en cuyos municipios hay más de 900 personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo, paradas de larga duración, a fecha de 31 de marzo de 2023. Estas entidades de ámbito municipal podrán actuar individual o mancomunadamente.

Tercero.- Bases reguladoras.

- Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998 (BOE de 21 de noviembre).

- Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional (BOE de 1 de abril).

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 18 de noviembre).

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE de 25 de julio).

- Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero (BOC 26 de febrero) y por el Decreto 151/2022, de 23 de junio (BOC de 5 de julio).

Cuarto.- Cuantía.

Aprobar la convocatoria del programa de subvenciones destinadas al desarrollo de proyectos generadores de empleo en colaboración con las Corporaciones Locales municipales de la Comunidad Autónoma de Canarias, en las que se incorporen planes de formación que mejoren la empleabilidad de los trabajadores participantes, dirigida a personas demandantes de empleo, paradas de larga duración, en el ejercicio 2023.

Se aprueba el gasto por un importe de doce millones (12.000.000,00) de euros para la financiación de las subvenciones previstas en la presente convocatoria, que se financiarán con cargo al crédito consignado en la siguiente aplicación del Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para el año 2023.

Aplicación 2023.50.01.241H.450.04.00 Línea de actuación 50400037 denominada “Oportunidades de Empleo y Fomento de la Contratación”. Fondo: 4050030. Fondos de Conferencia Sectorial.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días, que comenzará a computar a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, con independencia de su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index y en el tablón de anuncios.

Sexto.- Otros datos.

Habida cuenta del carácter de personas jurídicas de los potenciales beneficiarios de las subvenciones que se convocan por medio de la presente, y de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante PACAP), la solicitud de subvención, así como el resto de la documentación que deba aportar el interesado como consecuencia de la concesión, seguimiento, reintegro y justificación de la misma, deberá presentarse inexcusablemente de forma electrónica, a través de la sede electrónica del SCE, en el procedimiento: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/4832

La solicitud de subvención deberá ajustarse al modelo que se incorpora a la presente Resolución como Anexo I.

Las entidades locales solicitantes deberán figurar inscritas en el Registro de solicitantes de subvenciones del SCE creado por la Orden de 21 de julio de 2008.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PACAP, el SCE consultará los datos pertinentes, cuando resulten necesarios para la resolución del procedimiento, a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, y en concreto los siguientes:

- Información relativa a que la entidad esté al corriente de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.

- Información relativa a que la entidad esté al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Administración Tributaria Canaria, mediante la autorización expresa al SCE para obtener de oficio la certificación correspondiente.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 del Decreto 48/2009, de 28 de abril, por el que se establecen medidas ante la crisis económica y de simplificación administrativa en la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con los artículos 25.4 y 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo para dictar y notificar la correspondiente Resolución de concesión será de tres meses a contar a partir de la finalización del plazo de presentación de la solicitud, si bien este plazo se entenderá suspendido al amparo del artículo 22.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre el tiempo que medie entre los requerimientos para que se subsane o complete la documentación y su efectivo cumplimiento por el destinatario, o, en su defecto, el transcurso del plazo concedido, todo ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo 68 de la citada Ley.

Superada dicha fecha sin haberse notificado resolución expresa, podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo las solicitudes presentadas.

La obra o servicio deberá de iniciarse antes del 31 de diciembre de 2023. Todos los contratos realizados a los participantes deben registrarse a través del aplicativo Contrat@, en el plazo de 10 días desde el inicio de la relación laboral, y siempre antes del 31 de diciembre de 2023.

Se entenderá como fecha de inicio del proyecto la fecha de contratación laboral del primer trabajador.

Una vez recibida la documentación que acredita el inicio del proyecto, el SCE procederá al abono del cien por cien (100%) de la subvención concedida, debiendo remitir la entidad beneficiaria, en el plazo de diez días, la documentación acreditativa de la recepción de fondos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden de 26 de octubre de 1998, modificado en la Orden TMS/804/2019, de 23 de julio.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de mayo de 2023.- La Presidenta, Elena Máñez Rodríguez.

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