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BOC Nº 094. Martes 16 de mayo de 2023 - 1517

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Turismo, Industria y Comercio

1517 Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Resolución de 28 de abril de 2023, por la que se procede a la ampliación de idiomas de los Guías de Turismo de Canarias que han superado las pruebas de ampliación de idiomas para Guías de Turismo convocadas por Resolución de 10 de noviembre de 2022.

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BOC-A-2023-094-1517. Firma electrónica - Descargar

Por Resolución de este Centro Directivo de 10 de noviembre de 2022 (BOC de 23.11.2022), se procedió a efectuar convocatoria de pruebas de ampliación de idiomas para Guías de Turismo de Canarias, de acuerdo con lo previsto en los artículos 5.4 y 12 del Decreto 212/2011, de 10 de noviembre, del Presidente, por el que se desarrolla el Decreto 13/2010, de 11 de febrero, sobre acceso y ejercicio de la profesión de guía de turismo en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Por Resolución n.º 49, de este Centro Directivo, de 19 de enero 2023, se procedió a la aprobación de la lista de admitidos y excluidos a dichas pruebas; asimismo por Resolución n.º 294, de 12 de abril de 2023, se procedió a la designación de los tribunales en cada una de las dos sedes:

Celebradas las pruebas y vistas las propuestas de los Tribunales de cada una de las sedes y de conformidad con lo previsto en las bases 7.ª y 8.ª , así como en los artículos 12 y 14 del Decreto 212/2011, de 10 de noviembre, del Presidente,

RESUELVO:

Primero.- Modificar la habilitación de los siguientes Guías de Turismo ya habilitados, que han superado el ejercicio de idiomas, en los idiomas que se reseñan, incorporando a su habilitación los nuevos idiomas acreditados, que se añaden a los anteriormente acreditados.

Ver anexo en la página 28181 del documento Descargar

Segundo.- 1. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y su inscripción en el Registro General Turístico.

2. Ordenar la expedición de los correspondientes carnés de Guía de Turismo de Canarias, de acuerdo con lo previsto en la base 8.2 y en el artículo 15 del Decreto 212/2011, de 10 de noviembre, del Presidente, que tendrá una validez de cinco años prorrogables, a contar desde la fecha de la publicación de la presente Resolución.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Ilma. Viceconsejera de Turismo del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de abril de 2023.- El Director General de Ordenación y Promoción Turística, Ciprián Rivas Fernández.

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