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BOC Nº 078. Viernes 21 de abril de 2023 - 1218

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Turismo, Industria y Comercio

1218 ORDEN de 13 de abril de 2023, por la que se incrementa la cuantía total máxima de la convocatoria aprobada mediante Orden de 20 de diciembre de 2022, que aprueba las bases reguladoras y convoca subvenciones para financiar proyectos del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 13, Inversión 4, Actuación 1.2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU».

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ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 27 de mayo de 2022, se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio, de 9 de mayo de 2022 (BOE n.º 126, de 27.5.2022), que fija los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado al Programa de modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, por un importe total de 100.000.000,00 de euros para los ejercicios 2022 y 2023, en el marco del Componente 13 Inversión I4.1.2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Este Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio asigna a la Comunidad Autónoma de Canarias, para cada uno de los ejercicios 2022 y 2023, la cantidad de dos millones seiscientos trece mil ochocientos treinta y cuatro (2.613.834,00) euros, estableciendo en su apartado quinto que, con cargo a la dotación asignada, las comunidades o ciudades autónomas, entidades beneficiarias, podrán incluir los costes de implementación con el límite máximo del 6% de dicho importe.

Señala el referido Acuerdo de la Conferencia Sectorial que los créditos asignados se librarán una sola vez en cada uno de los ejercicios 2022 y 2023. Asimismo, establece que será obligatorio que la convocatoria se haya publicado antes del 31 de diciembre de cada año, y los proyectos estén totalmente pagados antes del 31 de diciembre de 2023.

Segundo.- Con fecha 3 de octubre de 2022, la Orden de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio aprueba la modificación del vigente Plan Estratégico de Subvenciones para los ejercicios 2020-2022 (BOC n.º 204, de 14.10.2022) del departamento, aprobado inicialmente por la Orden 59/2020, de 9 de marzo de 2020, modificado por las Órdenes de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio de fechas 22 de mayo de 2020, 28 de septiembre de 2020, 11 de diciembre de 2020, 28 de diciembre de 2020, 14 de abril de 2021, 27 de julio de 2021, 27 de septiembre de 2021, 18 de noviembre, 22 de diciembre de 2021, por Orden de 15 de febrero de 2022, por Orden de 4 de abril de 2022, por Orden de 25 de abril de 2022, por Orden de 20 de mayo de 2022, por Orden de 1 de julio de 2022, por Orden de 27 de julio de 2022, y por Orden de 15 de septiembre de 2022, respectivamente.

Tercero.- Con fecha 21 de noviembre de 2022, la Dirección General de Asuntos Europeos ha emitido informe favorable, en cumplimiento del artículo 9.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y del artículo 43.2 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuarto.- Con fecha 20 de diciembre de 2022, se dicta la Orden n.º 473/2022 de la Consejera de Turismo, Industria y Comercio, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para financiar proyectos del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 13, Inversión 4, Actuación 1.2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU» (BOC n.º 256, de 30.12.2022, BDNS Identif. 665470).

Quinto.- Con fecha 9 de marzo de 2023, se dicta la Orden n.º 124/2023 de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, por la que se aprueba en Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para los ejercicios 2023-2025 (BOC n.º 55, de 20.3.2023).

Dentro del Plan Estratégico de Subvenciones se recoge la Línea de Subvención 16.70.431B PILA 227G0203 denominada “Canarias Destino Comercial Inteligente del programa de modernización del comercio Fondo Tecnológico”. El objetivo es transformar el sector comercial para convertir Canarias en un Destino Comercial Inteligente, de modo que, a través de la transformación digital, se conviertan las zonas comerciales en polos de promoción. Asimismo, el efecto que se pretende es fomentar la innovación, colaborando con la incorporación de nuevas tecnologías para dar respuesta a los nuevos hábitos de consumo, impactando en la transformación digital y sostenibilidad de los propios establecimientos y modelos de negocio.

Sexto.- Existe crédito para atender las obligaciones derivadas del incremento del importe total máximo a conceder en las subvenciones objeto de convocatoria en el vigente presupuesto de gasto de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio en la aplicación presupuestaria 1670 431B 7700200 P.I.L.A. 227G0203 denominado “Prog. Modern. Comercio. C.13. I4.1.2 Fondo 70M1604, por importe de 2.457.003,96 euros, por lo que existe crédito adecuado y suficiente.

Séptimo.- Con fecha 12 de abril de 2023, la Intervención General emite informe favorable de fiscalización previa, en cumplimiento del artículo 43.2 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, en concordancia con el artículo 9.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, y conforme dispone la disposición adicional segunda de la Ley 4/2021, apartado primero, del Acuerdo de Gobierno de 9 de febrero de 2023, por el que se modifica el Acuerdo de Gobierno de 19 de enero de 2023, por el que se suspenden durante el ejercicio 2023, para determinadas actuaciones, los Acuerdos de Gobierno por los que se sustituyó la función interventora por el control financiero permanente, y se prorrogan en dicho ejercicio 2023 medidas de seguimiento sobre la ejecución del presupuesto de gastos del sector público limitativo para contribuir a su racionalización y al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, y de los artículos 16 y 27.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General.

Octavo.- Con fecha 12 de abril de 2023, se verifica que la totalidad de la documentación del expediente se ha incorporado al Sistema de gestión económico financiero y logístico de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFLogIC).

NORMATIVA APLICABLE

Normativa aplicable a los fondos MRR:

1. Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

2. Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, por el que aprueba el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado por Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría.

3. Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.

4. Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, RD-ley 36/2020).

5. Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante, Ley 4/2021).

6. Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

7. Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

- En cuanto a normativa específica aplicable a este procedimiento:

8. Ley 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023 (en adelante, Ley 7/2022).

9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10. Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (en adelante, Ley 11/2006).

11. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS).

12. Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RLGS).

13. Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante, Decreto 36/2009).

14. Resolución de 19 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Comercio, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, del crédito destinado al Programa de modernización del Comercio: Fondo Tecnológico, por un importe total de 100 millones de euros para los ejercicios 2022 y 2023, en el marco del Componente 13 Inversión I4.1.2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE n.º 126, de 27.5.2022).

15. Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías.

16. Decreto 121/2019, de 17 de julio, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros y a las Consejeras del Gobierno de Canarias.

17. Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 76/2015, de 7 de mayo.

18. Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, aprobado por Decreto 45/2020, de 21 de mayo (en adelante, Decreto 45/2020).

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Las subvenciones convocadas se financian íntegramente con fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación, concretamente del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, MRR), por lo que se rigen por el Reglamento 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, MRR).

Estas subvenciones quedaron reguladas por la Orden n.º 473/2022 de la Consejera de Turismo, Industria y Comercio, que aprueba las bases reguladoras y convoca las subvenciones para financiar proyectos del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 13, Inversión 4, Actuación 1.2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU».

Como se establece en el resuelvo segundo de la Orden y en la base novena de las que rigen la convocatoria, el gasto aprobado podrá incrementarse con los créditos que se transfieran en el futuro a la Administración autonómica para la financiación de las mismas actuaciones. En los términos previstos en el artículo 46.1 de la Ley 4/2021, dicho incremento está exento de la aplicación de las reglas establecidas en el artículo 14.4 del Decreto 36/2009.

Segunda.- Los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2023 recogen crédito correspondiente a la cantidad total asignada a dicha Comunidad Autónoma en el Acuerdo de Conferencia Sectorial de Comercio, de 9 de mayo de 2022 (anualidades 2022 y 2023).

Por tanto, existe crédito adecuado y suficiente en el vigente presupuesto de gasto de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para dar cobertura a los gastos derivados de esta convocatoria en la aplicación presupuestaria 1670 431B 7700200 P.I.L.A. 227G0203 C.13. I4 Fondo 70M1604.

Tercera.- De conformidad con lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 36/2009, en relación con el artículo 4 y siguientes del Decreto 45/2020, es competencia de la Consejera de Turismo, Industria y Comercio aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, acordar la convocatoria de las mismas, dictar las correspondientes resoluciones de concesión, tanto en procedimientos de concurrencia como en los de concesión directa.

Por todo lo que antecede,

RESUELVO:

Primero.- Incrementar la dotación de la convocatoria de subvenciones aprobada mediante la Orden de la Consejera de Turismo, Industria y Comercio n.º 473/2022, de 20 de diciembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones para financiar proyectos del Programa de Modernización del Comercio: Fondo Tecnológico de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiente al Componente 13, Inversión 4, Actuación 1.2, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea «Next Generation EU», en la cantidad de 2.457.003,96 euros adicionales, lo que supone que la dotación económica total para estas subvenciones asciende a cuatro millones novecientos catorce mil siete euros con noventa y dos céntimos (4.914.007,92 euros).

Segundo.- Aprobar el gasto por importe de dos millones cuatrocientos cincuenta y siete mil tres euros con noventa y seis céntimos (2.457.003,96 euros) con cargo al crédito consignado en el presupuesto de gastos de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para el ejercicio 2023, en la aplicación presupuestaria 1670 431B 7700200 Fondo 70M1604 P.I.L.A. 227G0203, denominado “Prog. modern. comercio. C13 I4.1.2”, destinado a financiar las subvenciones convocadas en el marco de las bases reguladoras a las que se refiere la mencionada Orden n.º 473/2022, de 20 de diciembre, de la Consejera de Turismo, Industria y Comercio, en el marco del PRTR.

Tercero.- Acordar la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de Canarias y la remisión a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), surtiendo efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Turismo, Industria y Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación. En caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualesquiera otros recursos que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de abril de 2023.

LA CONSEJERA DE TURISMO,
INDUSTRIA Y COMERCIO,
Yaiza Castilla Herrera.

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