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BOC-A-2023-074-1131.
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de octubre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.
En cumplimiento de lo anterior,
RESUELVO:
Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la Adenda del Convenio suscrita entre la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., cuyo texto figura como anexo a esta Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de marzo de 2023.- La Secretaria General Técnica, Fayna Álamo Santana.
ANEXO
ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CONOCIMIENTO Y EMPLEO Y EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CANARIAS, S.A., PARA LA GESTIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA BONOS DE INNOVACIÓN (INNOBONOS) PARA EL AÑO 2022.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de marzo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Elena Máñez Rodríguez, Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo (en adelante CECE), nombrada por Decreto 7/2020, de 21 de enero, del Presidente (BOC n.º 14, de 22.1.2020), actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.
De otra parte, D. Gabriel Andrés Megías Martínez, en representación del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (en adelante, ITC), con CIF n.º A 35313170, domicilio en calle Cebrián, n.º 3, 35003 de Las Palmas de Gran Canaria; en calidad de Gerente, según escritura de poder especial n.º 2.195, otorgada con fecha 22 de octubre de dos mil quince, ante el Notario del Ilustre Colegio de las Islas Canarias, D. Juan Alfonso Cabello Cascajo, e inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria, tomo 2119, folio 140, hoja GC-4588, inscripción 110.ª.
Ambos comparecientes se reconocen, de manera recíproca, plena capacidad jurídica y de obrar, así como la representación que ostentan para suscribir el presente Convenio y a tal fin,
EXPONEN
I.- Por Orden del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento de 27 de abril de 2016, se aprueban las bases reguladoras que han de regir en el Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS) (BOC n.º 87, de 6.5.2016).
Mediante Orden del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento de 1 de agosto de 2018, se modificaron parcialmente las bases reguladoras que han de regir en el Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS) (BOC n.º 155, de 10.8.2018).
La base reguladora 5 contempla la previsión de que se designe entidad colaboradora a las entidades previstas en la legislación básica y en la legislación autonómica sobre subvenciones, para la gestión de las subvenciones y/o para la entrega y distribución de los fondos públicos a los beneficiarios, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
II.- Por Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 21 de marzo de 2022, se convocan subvenciones en el marco del Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS), cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020, para el año 2022 (ID BDNS 616643, Extracto en BOC n.º 66, de 4.4.2022).
La Orden referida contempla en el apartado 12.º de la parte resolutiva la designación del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., como entidad colaboradora de la convocatoria correspondiente.
III.- El 26 de junio de 2022 se suscribe el Convenio de Colaboración entre la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., para la gestión de la convocatoria de subvenciones del Programa Bonos de Innovación (INNOBONOS) para el año 2022, publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 135, de 8 de julio de 2022 - 2282 por Resolución de 28 de junio de 2022 de la Secretaría General Técnica del Departamento.
IV.- El Convenio 7/2022 regula la compensación económica a la entidad colaboradora en la cláusula quinta que, al efecto, dispone:
“De conformidad con el artículo 16.3.m) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el ITC recibirá como compensación económica por los costes derivados de su participación en la gestión de la convocatoria un importe total de doscientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y seis euros con cuarenta céntimos (283.146,40 euros) con cargo al programa 461A, 2270900 ‘Otros trabajos realizados por empresas e instituciones sin fines de lucro’, desglosado en los conceptos que se detallan, según Tarifas para 2022 de la sociedad mercantil pública Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC), como medio propio instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos autónomos dependientes de ella, aprobadas mediante Orden 82/2022, de 13 de abril de 2022:
Departamento Sociedad de la Información
Ver anexo en la página 19931 del documento Descargar
Departamento de Innovación
Ver anexo en las páginas 19931-19932 del documento Descargar
V.- La cláusula séptima, apartado 1, del Convenio, establece que “tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta que finalice la justificación de las subvenciones concedidas en la convocatoria del Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS) para el año 2022 según el término previsto en la base reguladora 19, sin que pueda exceder, en ningún caso, el plazo máximo de vigencia establecido en el artículo 16.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones”. Y que “dado que la vigencia de la designación del ITC como entidad colaboradora va vinculada a la convocatoria 2022, el presente Convenio no será susceptible de prórroga para ulteriores convocatorias”.
El apartado 3 preceptúa que “durante el periodo de vigencia del Convenio, cualquiera de las partes firmantes podrá instar la modificación de las cláusulas del mismo, mediante solicitud motivada, comprensiva de las necesidades y beneficios de la misma, dirigida de forma escrita a las otras partes. Las partes intervinientes podrán iniciar los trámites de modificación, que culminarán con la suscripción de una Adenda que se incorporará al Convenio como parte integrante del mismo”.
VI.- La convocatoria del procedimiento de concesión es abierta, de acuerdo con lo establecido en la base reguladora segunda. En este sentido, la misma se divide en dos procedimientos, con dos resoluciones de concesión y las siguientes características:
a) Primer procedimiento:
• Plazo de presentación de solicitudes: 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del extracto de la convocatoria.
• Importe máximo a otorgar: 7.478.970,00 euros; 980.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467B.770.02 PI 157G0059 “Bonos de innovación para pymes”, 2.131.285,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467C.770.02 PI157G0061 “Desarrollo de la economía digital”, y 4.367.685,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467C.770.02 LA 207G0153 “Transformación Digital”.
b) Segundo procedimiento:
• Plazo de presentación de solicitudes: del 21 al 29 de abril de 2022.
• Importe máximo a otorgar: 40.000 euros, que podrá incrementarse, en su caso, con los créditos no aplicados en el primer procedimiento. De este importe, 20.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467B.770.02 PI 157G0059 “Bonos de innovación para pymes”, 20.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467C.770.02 PI157G0061 “Desarrollo de la economía digital”.
VII.- Mediante Orden n.º 135/2022, de 9 de junio de 2022, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, se acuerda de oficio la tramitación de urgencia, por razones de interés público, al procedimiento de concesión de subvenciones en el marco del Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS) para el ejercicio 2022.
VIII.- Mediante Orden n.º 301/2022, de 25 de noviembre, se conceden de forma definitiva las subvenciones en el marco del Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS) cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 (Primer Procedimiento).
IX.- Mediante Resolución n.º 986/2022, de 28 de septiembre, del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, dictada por delegación de la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, se amplía el plazo máximo de resolución del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas en el marco del Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS), cofinanciadas por el P.O. FEDER Canarias 2014-2020 para el año 2022, por un periodo dos meses, hasta el 5 de diciembre de 2022.
X.- Mediante Orden n.º 34/2023, de 28 de febrero, se conceden de forma definitiva las subvenciones en el marco del Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS) cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 (Segundo Procedimiento).
XI.- Durante la vigencia del Convenio, la gestión de la convocatoria por la entidad colaboradora ITC ha conllevado a que se haya ejecutado todo el presupuesto previsto en la cláusula quinta del Convenio, dado que el número de solicitudes presentadas, 1.231, que incluyen las del primer y las del segundo procedimiento, ha superado el total de las previstas inicialmente, al tiempo que el 83% de las presentadas han sido objeto de requerimiento, lo que ha supuesto la evaluación de la contestación al mismo de ese 83% de solicitudes presentadas, y además se presentaron 125 alegaciones a la Resolución de concesión provisional del primer procedimiento.
Asimismo, los plazos de ejecución y justificación de las subvenciones previstos en la Orden de concesión definitiva del primer procedimiento finalizaron en enero de 2023, y en este mismo año se ha publicado la Resolución de concesión provisional y la definitiva del segundo procedimiento, lo que se suma a que la ejecución y justificación de los proyectos subvencionados del segundo procedimiento se prevé que se produzca dentro del primer semestre de 2023. Además, hay que tener en cuenta el total de proyectos subvencionados del primer y segundo procedimiento.
Lo expuesto hace necesaria la modificación del Convenio suscrito entre la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y el ITC, mediante la suscripción de una adenda por la que se acuerde la modificación de los aspectos relativos a la compensación económica al ITC en su condición de entidad colaboradora.
XII.- El 28 de diciembre de 2022 se reúne la Comisión de Seguimiento, habiendo acordado las partes, por unanimidad, elevar la propuesta de modificación de la cláusula quinta, así como del Anexo I del Convenio, según consta en el Acta de esa misma fecha de dicha Comisión.
XIII.- Existe crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 15.17 461A 2270900 “otros trabajos realizados por empresas e instituciones sin fines de lucro”, para hacer frente al gasto derivado del incremento de la cuantía por la inclusión de la anualidad 2023 en la compensación económica a favor de la entidad colaboradora ITC.
XIV.- En atención a lo manifestado, interesa a las partes la modificación de la cláusula quinta, así como el Anexo I del Convenio, y según lo dispuesto en la misma, deciden suscribir una Adenda al citado Convenio, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.- Se modifica la cláusula quinta del Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y la sociedad mercantil pública Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC) para la gestión de la convocatoria de subvenciones del Programa Bonos de Innovación (INNOBONOS) para el año 2022, cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020, que quedará redactada en los siguientes términos:
“De conformidad con el artículo 16.3.m) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el ITC recibirá como compensación económica por los costes derivados de su participación en la gestión de la convocatoria lo siguiente:
a) Para la anualidad 2022, un importe total de doscientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y seis euros con cuarenta céntimos (283.146,40 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17 461A 2270900 ‘otros trabajos realizados por empresas e instituciones sin fines de lucro’, desglosado en los conceptos que se detallan a continuación, según Tarifas para 2022 de la sociedad mercantil pública Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC), como medio propio instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos autónomos dependientes de ella, aprobadas mediante Orden n.º 82/2022, de 13 de abril:
Departamento Sociedad de la Información
Ver anexo en la página 19934 del documento Descargar
Departamento de Innovación
Ver anexo en las páginas 19934-19935 del documento Descargar
b) Para la anualidad 2023, un importe total de cuarenta y ocho mil ochocientos setenta y nueve euros con seis céntimos (48.879,06 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17 461A 2270900 ‘otros trabajos realizados por empresas e instituciones sin fines de lucro’, desglosado en los conceptos que se detallan, según Tarifas para 2023 de la sociedad mercantil pública Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC), como medio propio instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos autónomos dependientes de ella, aprobadas mediante Orden 338/2022, de 20 de diciembre:
Departamento de Sociedad de la Información
Ver anexo en la página 19935 del documento Descargar
Departamento de Innovación
Ver anexo en la página 19935 del documento Descargar
Segunda.- Se modifica el Anexo I del Convenio de Colaboración, que quedará redactado en los siguientes términos:
Ver anexo en las páginas 19936-19937 del documento Descargar
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, por triplicado en el lugar y fecha indicados.- La Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, Elena Máñez Rodríguez.- El Gerente del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., Gabriel Megías Martínez.
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