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BOC Nº 041. Martes 28 de febrero de 2023 - 614

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Sanidad

614 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Directora, por la que se convoca procedimiento selectivo para la provisión del puesto directivo de carácter coyuntural denominado Subdirector o Subdirectora de Gestión de Innovación y Salud Digital, de la plantilla orgánica específica adscrita a este Centro Directivo para la gestión de los fondos «Next Generation EU», conforme al Instrumento de Planificación Estratégica del Servicio Canario de la Salud.

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ANTECEDENTES

Primero.- La Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», creada por el artículo 3.1 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el ejercicio de la competencia atribuida por el apartado 3.b) del mismo artículo, aprobó el Instrumento de Planificación Estratégica (IPE) del Servicio Canario de la Salud, en sesión celebrada el 8 de octubre de 2021.

Segundo.- Conforme a lo previsto en el artículo 13.2 de la citada Ley 4/2021, de
2 de agosto, mediante Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, de 23 de diciembre de 2021, se aprobó la constitución y estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional del Servicio Canario de la Salud, previstas en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Organismo, aprobado el 8 de octubre de 2021 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU» (BOC nº 268, de 30.12.2021).

Tercero.- Dispone el Instrumento de Planificación Estratégica y la citada Orden conjunta que las referidas Unidades Administrativas de carácter Provisional, que dependerán directamente de la Dirección del Servicio Canario de la Salud, se integran en una plantilla orgánica específica compuesta por los puestos directivos y las plazas y puestos de trabajo a desempeñar por personal estatutario previstas en la citada Orden, conforme a lo establecido en la disposición adicional quinta de la repetida Ley 4/2021, de 2 de agosto, que prevé el siguiente régimen específico para el personal estatutario en el ámbito del Servicio Canario de la Salud:

“1. A los efectos previstos en la presente ley, el personal estatutario del Servicio Canario de la Salud podrá prestar servicios en sus órganos centrales y territoriales, tanto en virtud de adscripción como de nombramiento específico para dicho ámbito. A dichos efectos se podrán crear unidades administrativas de carácter provisional en plantillas orgánicas específicas, integradas por los puestos directivos y las plazas y puestos de trabajo que deban ser desempeñados por personal estatutario. Al personal que ocupe puestos directivos le será de aplicación lo previsto en el artículo 17.8 de la presente ley.

2. La selección del personal estatutario temporal para la finalidad prevista en la presente ley se sujetará a criterios de idoneidad, pudiendo efectuarse convocatorias específicas con independencia de las listas de empleo, mediante procedimientos ágiles que garanticen los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y concurrencia. Se podrá utilizar el sistema de concurso y el sistema previsto en el artículo 31.6 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.”

Cuarto.- Conforme a lo establecido en el apartado resolutivo segundo de la repetida Orden conjunta, estas Unidades Administrativas de carácter Provisional quedan constituidas por el plazo que exija la ejecución de los proyectos financiados con fondos del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU), previéndose inicialmente una vigencia de las mismas hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de su posible ampliación por las mismas causas que justificaron su creación, o de su posible extinción antes de dicho plazo como consecuencia de la finalización de las acciones relacionadas con la ejecución y seguimiento de los Proyectos gestionados.

Quinto.- Habiéndose producido la baja voluntaria del trabajador contratado para cubrir el puesto directivo de carácter coyuntural denominado Subdirector o Subdirectora de Gestión de Innovación y Salud Digital, de la plantilla orgánica específica adscrita a este Centro Directivo para la gestión de los fondos «Next Generation EU» conforme al Instrumento de Planificación Estratégica del Servicio Canario de la Salud, cuya designación se efectuó mediante Resolución de 25 de marzo de 2022 (BOC nº 64, de 31.3.2022), se hace necesario convocar un nuevo procedimiento selectivo al objeto de la cobertura del referido puesto.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- Según establece el Capítulo I del Título III del Decreto 123/1999, de 17 de junio, sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, los puestos de carácter directivo de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud se proveerán mediante nombramiento por el sistema de libre designación o conforme al régimen laboral especial de alta dirección regulado en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, de acuerdo a lo previsto en las plantillas orgánicas correspondientes, entre el personal estatutario, personal laboral o funcionarios públicos, siempre que reúnan los requisitos exigibles en cada caso. Asimismo, el personal que no posea previamente alguno de dichos vínculos jurídicos, podrá desempeñar puestos de carácter directivo conforme al régimen laboral especial de alta dirección, regulado en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.

Segundo.- Conforme a lo establecido en la disposición adicional cuarta del citado Decreto 123/1999, de 17 de junio, corresponde a la Directora del Servicio Canario de la Salud, entre otras, las competencias para el nombramiento y cese para el desempeño de puestos de carácter directivo, así como la contratación y despido conforme al régimen laboral de alta dirección de los titulares de dichos puestos, cuando proceda.

Procede, en consecuencia, aprobar la convocatoria para la selección de una persona para ocupar el puesto directivo correspondiente con la finalidad de seleccionar el perfil más adecuado al puesto.

En su virtud,

RESUELVO:

Convocar procedimiento selectivo para la provisión del puesto directivo de carácter coyuntural denominado Subdirector o Subdirectora de Gestión de Innovación y Salud Digital, de la plantilla orgánica específica adscrita a este Centro Directivo para la gestión de los fondos «Next Generation EU» conforme al Instrumento de Planificación Estratégica del Servicio Canario de la Salud, que se regirá por las bases que se insertan a continuación.

BASES

1.- Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es la selección de una persona para cubrir el puesto directivo de carácter coyuntural denominado Subdirector o Subdirectora de Gestión de Innovación y Salud Digital, de la plantilla orgánica específica adscrita a este Centro Directivo para la gestión de los fondos «Next Generation EU» conforme al Instrumento de Planificación Estratégica del Servicio Canario de la Salud, cuyas características se describen en las siguientes bases.

2.- Dependencia y funciones de la Unidad Administrativa Provisional.

1. La Unidad Administrativa Provisional Subdirección de Gestión de Innovación y Salud Digital depende directamente de la Dirección del Servicio Canario de la Salud, sin perjuicio de la posibilidad de adscripción funcional a alguno de los órganos centrales del Servicio Canario de la Salud con competencias o funciones en la gestión de los fondos. Se integra en una plantilla orgánica específica compuesta por los puestos directivos y las plazas y puestos de trabajo a desempeñar por personal estatutario prevista en la Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, de 23 de diciembre de 2021, por la que se aprueba la constitución y estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional del Servicio Canario de la Salud previstas en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Organismo, aprobado el 8 de octubre de 2021 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU» (BOC nº 268, de 30.12.2021).

2. Sus funciones, recogidas en el Instrumento de Planificación Estratégica (IPE) del Servicio Canario de la Salud para la gestión y control de los fondos «Next Generation EU», aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU» en sesión celebrada el 8 de octubre de 2021, son las siguientes:

En coordinación con la Dirección del Servicio, la Dirección General de Programas Asistenciales, la Dirección General de Salud Pública y la Secretaría General, se responsabilizará de las siguientes funciones:

- Fomento del impulso a la Salud Digital y a la interoperabilidad electrónica de la información clínica y sanitaria, tanto en el ámbito regional, como nacional e internacional, así como de la innovación en la analítica de datos y la explotación de la información relativa a salud.

- Dirección de los proyectos de modernización, innovación, mejora y transformación digital del Servicio Canario de la Salud, en el ámbito de la salud digital y las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).

- Definición, control y gestión de la ejecución de los proyectos de Innovación y Salud Digital en el marco de los fondos Next Generation EU (MRR y REACT-EU).

- Elaboración y tramitación de la documentación técnica y administrativa vinculada a proyectos con financiación procedente de los fondos Next Generation EU (MRR y
REACT-EU).

- Realización de seguimiento periódico y evaluación técnica de la implementación de los proyectos referidos en el punto anterior.

- Desarrollo e implementación de líneas estratégicas sobre investigación e innovación en el sector sanitario, orientadas hacia la incorporación de mejoras en la atención de los pacientes y en la organización y funcionamiento del Servicio Canario de la Salud en concordancia con las líneas marcadas por el Sistema Nacional de Salud, y en colaboración con otros organismos e instituciones implicadas.

- Coordinación con los organismos de otras comunidades autónomas en proyectos conjuntos o cooperativos en salud digital.

3.- Dependencia y funciones del puesto directivo.

1. El puesto directivo Subdirector o Subdirectora de Gestión de Innovación y Salud Digital depende directamente de la Dirección del Servicio Canario de la Salud, sin perjuicio de la posibilidad de adscripción funcional a alguno de los órganos centrales del Servicio Canario de la Salud con competencias o funciones en la gestión de los fondos.

2. Sus funciones son las siguientes:

- Dirección, desarrollo y ejecución de las funciones correspondientes a la Unidad Administrativa Provisional (la Unidad) del mismo nombre descritas en la base anterior.

- Dirección y coordinación de las Unidades Administrativas adscritas.

- Coordinación con las Unidades Administrativas provisionales y estructurales del Servicio Canario de la Salud relacionadas con las funciones que corresponde a la Unidad, así como con los Departamentos, instituciones y unidades que así lo requiera el ejercicio de las funciones atribuidas a la Unidad.

- Impulso en la tramitación coordinada de los procedimientos correspondientes al ejercicio de las funciones atribuidas a la Unidad, así como los relacionados con las mismas.

- Estudio, informe y asesoramiento de las propuestas técnicas de nivel superior en materias correspondientes o relacionadas con el ejercicio de las funciones atribuidas a la Unidad, y a las Unidades dependientes de la misma.

- Control, seguimiento, valoración e informe del desarrollo de los proyectos, su eficacia y cumplimiento de los objetivos que se le fijen en relación con los mismos.

- Formulación de Memoria periódica de gestión y resultados.

- Formulación de propuestas a órganos superiores del Servicio Canario de la Salud.

- Cuantas otras le sean encomendadas por la Dirección del Servicio Canario de la Salud en relación con las funciones correspondientes a la Unidad o relacionadas con las mismas.

4.- Condiciones de trabajo.

1. La vinculación de la persona seleccionada se realizará mediante contrato especial de trabajo del personal de alta dirección regulado en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.

2. La duración del contrato será hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de su posible ampliación o de su posible extinción antes de dicho plazo, como consecuencia de las mismas causas que justificaron la creación del puesto de trabajo provisional.

3. Se establecerá un periodo de prueba de seis meses durante el cual no será preciso respetar el periodo de preaviso para el desistimiento por ninguna de las partes.

4. El periodo de preaviso para el desistimiento por cualquiera de las partes será de tres meses.

5. Las indemnizaciones correspondientes por la extinción del contrato de trabajo serán las mínimas establecidas con carácter forzoso en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.

6. La localización territorial será indistinta en Las Palmas de Gran Canaria o en Santa Cruz de Tenerife.

7. Las retribuciones serán de carácter fijo y variable y se corresponderán a las de un Subdirector de las Direcciones Gerencias de Hospitales del Servicio Canario de la Salud del grupo A, subgrupo A1. El importe anual total por todos los conceptos incluidas las pagas extraordinarias, será de 67.747,92 euros, de los que corresponden 49.658,00 euros/año
a retribuciones fijas y 18.089,92 euros/año a retribuciones variables. La parte variable vendrá determinada por el cumplimiento de los objetivos o resultados alcanzados, que serán fijados y evaluados por la Dirección del Servicio Canario de la Salud.

Las retribuciones de carácter fijo se actualizarán anualmente en los porcentajes que prevea la Ley de Presupuestos Generales del Estado para los empleados públicos.

Ello sin perjuicio de los complementos de carácter personal (antigüedad, grado o carrera profesional) a que pudieran tener derecho los empleados públicos que sean contratados.

8. La jornada laboral será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Por razón de sus funciones, estará obligado a prestar servicios en otra jornada cuando la celebración de reuniones y otras actividades relacionadas con las responsabilidades inherentes al puesto así lo demanden o, en definitiva, cuando la dinámica propia del puesto directivo requiera transitoriamente una jornada diferente o superior a la ordinaria.

La jornada de trabajo se desarrollará en horario de mañana, de tarde o de mañana y tarde, en régimen de jornada continua o partida, según requieran las necesidades del servicio y sea fijado por la Dirección del Servicio Canario de la Salud.

9. Tendrá dedicación exclusiva en su función que será incompatible con el ejercicio de cualquier profesión retribuida, salvo que así sea expresamente autorizado en el marco de la normativa de incompatibilidades. A estos efectos será de aplicación el régimen de incompatibilidades establecido para los altos cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

10. Las vacaciones, permisos y licencias, faltas y sanciones son las previstas para el personal estatutario del Servicio Canario de la Salud.

11. Al personal que preste servicios en la administración pública que pase a desempeñar el puesto de Subdirector o Subdirectora le corresponderá quedar en la situación de servicios especiales, si su vínculo fuese de naturaleza funcionarial o estatutaria, y en excedencia forzosa si tuviese un vínculo laboral.

5.- Requisitos de las personas aspirantes.

a) Generales.

- Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en el que sea de aplicación el principio de libre circulación de trabajadores, así como las personas extranjeras con residencia legal en España.

- Ser mayor de edad.

- No haber sido separada, mediante expediente disciplinario del servicio, de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionariado, o para ejercer funciones similares a las que desempeñan en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

b) Específicos.

- Hallarse en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones oficiales universitarias:

• Ingeniería de Telecomunicaciones o Grado correspondiente.

• Ingeniería Informática o Grado correspondiente.

• Ingeniería Industrial o Grado correspondiente.

• Ingeniería Automática y Electrónica o Grado correspondiente.

• Ingeniería Electrónica o Grado correspondiente.

• Ingeniería de Organización Industrial o Grado correspondiente.

- Contar con formación y experiencia en el ámbito material de las funciones correspondientes a la Unidad Administrativa Provisional descritas en la base 2.2.

6.- Documentación a aportar por las personas interesadas.

a) Solicitud-declaración responsable cuyo modelo se anexa a estas bases.

b) Currículum en el que se indicarán específicamente:

b).1.- Los requisitos para el acceso al puesto convocado establecidos en la base 5.b).

b). 2.- Los méritos a valorar en el concurso que figuran en la base 9.2.

A fin de garantizar la debida agilidad del proceso, la acreditación de los requisitos y méritos alegados en el currículum podrá solicitarse con anterioridad a la resolución del procedimiento de selección, si el órgano de selección lo considera necesario para la comprobación de ciertos extremos, y se presentará, en todo caso, por la persona que resulte seleccionada, para su constancia en el expediente.

7.- Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes para participar en el proceso selectivo, ajustadas al modelo que se inserta como anexo y acompañadas del correspondiente currículum, deberán presentarse dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

8.- Admisión de las personas solicitantes y plazo para resolver.

En el plazo de cuarenta y ocho (48) horas de haber expirado el plazo de presentación de solicitudes, cada candidato recibirá una notificación, por correo electrónico, en relación con la admisión o exclusión de su solicitud de participar en el proceso selectivo. En caso de no presentar reclamación en el plazo de otras cuarenta y ocho (48) horas, se entenderá conforme a la admisión o exclusión de la solicitud.

Examinada la documentación presentada por cada aspirante, se procederá a la valoración de la misma, pudiendo otorgarse, de estimarse necesario por el órgano de selección, un plazo de cinco (5) días hábiles para subsanar.

El órgano convocante podrá acordar la celebración de una entrevista pública con cada persona aspirante, en los términos que se señalan en la base siguiente.

El proceso selectivo se debe resolver en el plazo máximo de un (1) mes desde la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, plazo que podrá ser ampliado en caso de ser necesario requerir alguna subsanación o aclaración de la documentación, o en caso de que se presente algún recurso.

9.- Órgano de selección y proceso de valoración.

1. La presente convocatoria se valorará y resolverá, atendiendo a la documentación presentada por las personas participantes, por Resolución de la Dirección del Servicio Canario de la Salud a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos, y se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

2. La selección se realizará por concurso para la evaluación de la competencia, aptitud e idoneidad de los aspirantes para el desempeño de las funciones correspondientes al puesto de trabajo, a través de la valoración de los aspectos más significativos de los correspondientes currículos formativo y profesional de los aspirantes.

Se valorará fundamentalmente:

a. La formación y experiencia en el ámbito material de las funciones correspondientes a la Unidad Administrativa Provisional descritas en la base 2.2.

b. La formación y experiencia en las Administraciones Públicas y en el ámbito sanitario público y privado, en materias relacionadas con el ámbito material de las funciones correspondientes a la Unidad Administrativa Provisional descritas en la base 2.2.

c. La formación y experiencia en dirección y coordinación de equipos de trabajo.

d. La capacidad de liderazgo.

El órgano convocante podrá acordar la celebración de una entrevista pública con cada persona aspirante. La entrevista, en caso de que se acuerde su realización, se realizará a todos los aspirantes, será pública y se podrá realizar de forma presencial o a través de medios telemáticos. Su valoración se realizará por una comisión presidia por el órgano convocante e integrada por la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y tres (3) miembros, con formación y experiencia en el ámbito material de las funciones correspondientes a la Unidad Administrativa Provisional. Serán designados en el propio acuerdo de celebración de la entrevista.

3. Se declarará desierta la convocatoria cuando no concurra ningún aspirante o cuando quienes concurran no reúnan los requisitos o no se consideren idóneos para el desempeño del puesto.

10.- Extinción del contrato.

El contrato se extinguirá por la finalización de su periodo de duración, así como por cualquiera de las causas previstas en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.

11.- Notificaciones en el procedimiento.

Las notificaciones que se deban practicar en el desarrollo del procedimiento se realizarán a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, o ante aquel en que tenga su domicilio el recurrente, a elección de este. El plazo para interponer el recurso será de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Asimismo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Dirección del Servicio Canario de la Salud, en el plazo de un (1) mes a contar a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer, contra la desestimación presunta, recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis (6) meses ante el órgano jurisdiccional competente en los términos contemplados anteriormente.

No se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.

Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice otro recurso que estime pertinente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de febrero de 2023.- La Directora, Elizabeth Hernández González.

ANEXO

MODELO DE SOLICITUD DE ADMISIÓN Y DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DIRECTIVO DE CARÁCTER COYUNTURAL DENOMINADO SUBDIRECTOR O SUBDIRECTORA DE GESTIÓN DE INNOVACIÓN Y SALUD DIGITAL, DE LA PLANTILLA ORGÁNICA ESPECÍFICA ADSCRITA A LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD PARA LA GESTIÓN DE LOS FONDOS «NEXT GENERATION EU» CONFORME AL INSTRUMENTO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA DEL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD.

Ver anexo en la página 10384 del documento Descargar

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