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BOC-A-2023-009-167.
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En cumplimiento de lo dispuesto por la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 9 de diciembre de 2022, conforme lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
RESUELVO:
Primero.- Ordenar la remisión a la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, del expediente administrativo relativo a la desestimación presunta de la solicitud por la que se interesa la ejecución de la Resolución de la Dirección General de Promoción Económica nº 335/2021, de 3 de mayo, por la que se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la entidad Óptica Robayna, S.L.U., contra la Resolución de 3 de abril de 2020, por la que se que se declara no exigibilidad del abono de la subvención concedida mediante Resolución nº 584/2018, de 29 de mayo (rectificada por Resolución nº 604/2018, de 15 de junio), al amparo de la convocatoria para el año 2017 de concesión de subvenciones a proyectos de inversión de pequeñas y medianas empresas en Canarias cofinanciadas por el programa operativo FEDER Canarias 2014-2020.
Segundo.- De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, emplazando a cuantos aparezcan como interesados en el recurso nº 299/2022 para que puedan comparecer ante la Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Segunda, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, y personarse en autos en el plazo de nueve días a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de diciembre de 2022.- La Secretaria General Técnica, Fayna Álamo Santana.
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