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BOC Nº 008. Jueves 12 de enero de 2023 - 155

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial

155 Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático y Transición Ecológica.- Resolución de 28 de diciembre de 2022, por la que se dispone la publicación de la Adenda segunda al Convenio de Cooperación entre la Universidad de La Laguna y la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial para el estudio de los recursos edáficos de Canarias.

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BOC-A-2023-008-155. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias.

Asimismo, teniendo en cuenta la Resolución de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad de 22 de abril de 2019, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 86, de 7 de mayo de 2019, por la que se delegan en los órganos superiores del Departamento las funciones de publicación e inscripción de convenios previstas en el artículo 20 del Decreto 11/2019.

En cumplimiento de lo anterior,

RESUELVO:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la segunda Adenda al Convenio de Cooperación entre la Universidad de La Laguna y la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, para el estudio de los recursos edáficos de Canarias (BOC nº 141, de 24.7.2019).

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de diciembre de 2022.- El Viceconsejero de Lucha contra el Cambio Climático y Transición Ecológica, Miguel Ángel Pérez Hernández.

ANEXO

SEGUNDA ADENDA AL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA Y LA CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA, LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO Y PLANIFICACIÓN TERRITORIAL DEL GOBIERNO DE CANARIAS PARA EL ESTUDIO DE LOS RECURSOS EDÁFICOS DE CANARIAS (BOC Nº 141, DE 24.7.2019).

En Santa Cruz de Tenerife, a 15 de diciembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. Dña. Rosa María Aguiar Chinea, Rectora de la Universidad de La Laguna, con CIF Q 3818001D y domicilio en la calle Molinos de Agua s/n, código postal 38270, de San Cristóbal de La Laguna, nombrada por Decreto de la Presidencia del Gobierno de Canarias 85/2019, de 4 de junio (BOC nº 107, de 6.6.2019), en virtud de las competencias dispuestas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica de 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y en uso de la facultad atribuida por los artículos 22 y 23 de los Estatutos de la Universidad de La Laguna, aprobados por Decreto 66/2022, de 24 de marzo, del Gobierno de Canarias (BOC nº 67, de 5.4.2022).

De otra parte, el Sr. D. José Antonio Valbuena Alonso, Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que interviene en virtud de su nombramiento por el Decreto 121/2019, de 17 de julio del Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 137, de 18.7.2019), y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 16.1 y 29.k) de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y actuando en virtud de lo previsto en el artículo 5.6 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, aprobado por Decreto 54/2021, de 27 de mayo.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad jurídica suficiente para obligarse y convenir, y a tal efecto

EXPONEN

I.- Que el 5 de julio de 2019, la Universidad de La Laguna y la entonces denominada Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad (actualmente Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial) suscribieron el Convenio indicado en el encabezado de esta modificación. El mismo fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 141, de 24 de julio de 2019.

II.- Que con fecha 6 de mayo de 2020, se suscribió una primera modificación del Convenio, que fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 99 de fecha 21 de mayo de 2020.

III.- Que el 29 de junio de 2022 (registro de Entrada TELP: 58989), la Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna (FGULL) presentó una “... justificación de la ampliación del estudio sobre recursos de suelos de Canarias” y solicitó la conformidad de esta Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático y Transición Ecológica.

IV.- Que consta informe técnico previo a la modificación suscrito por el Técnico (D. Pedro L. Rodríguez Leal) y el Jefe del Servicio de Cambio Climático e Información Ambiental (D. Gustavo Pestana Pérez) de fecha 12 de julio de 2022.

V.- Que consta acuerdo de modificación del Convenio suscrita por consenso por la Comisión de Seguimiento del mismo, a fecha de 18 de octubre de 2022.

VI.- Que sobre la base de estos antecedentes, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente modificación del Convenio entre la Universidad de La Laguna y la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias para el estudio de los recursos edáficos en Canarias, en virtud de la siguientes

ESTIPULACIONES:

Primera.- Modificar la cláusula segunda de las estipulaciones, con respecto a:

- Las actuaciones a realizar por cada una de las partes:

• Por parte de la ULL:

Añadir un punto e) con la redacción siguiente:

“Dirección y ejecución de la actualización del Estudio de los recursos de suelos de las Islas Canarias. Isla de La Palma”.

• Por parte de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial:

Modificar el texto en los siguientes términos:

“a) Apoyar económicamente la realización del proyecto con un importe de doscientos sesenta y cinco mil euros (265.000,00 euros).

Para ello existe crédito en la partida presupuestaria de la Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático y Transición Ecológica denominada: 1204 456D 124G0535 Convenio cambio climático Universidades Canarias.

El abono se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente nº 3076-0620-12-2254019629, oficina nº 620 de Caja Siete, previo visto bueno de los trabajos presentados por parte de la Comisión de Seguimiento.

La entrega de la documentación y el abono de los trabajos se realizará de la siguiente manera:

- En la anualidad 2019:

Tras la firma del Convenio, y previa presentación de una memoria con el cronograma y la planificación de los trabajos, la cuantía de treinta y seis mil (36.000,00) euros.

- En la anualidad 2020:

1.- A la entrega de los informes relativos al primer semestre del 2020, y antes del 30 de septiembre de 2020, la cuantía de cincuenta y cuatro mil (54.000,00) euros.

2.- A la entrega de los informes relativos al segundo semestre del 2020, y antes del 10 de diciembre de 2020, la cuantía de treinta mil (30.000,00) euros.

- En la anualidad 2021:

1.- A la entrega de los informes relativos al primer semestre del 2021, y antes del 30 de junio de 2021, la cuantía de treinta mil (30.000,00) euros.

2.- A la entrega de los informes relativos al segundo semestre del 2021, y antes del 10 de diciembre de 2021, la cuantía de treinta mil (30.000,00) euros.

- En la anualidad 2022:

1.- A la entrega de los informes relativos al primer semestre del 2022, y antes del 30 de junio de 2022, la cuantía de treinta mil (30.000,00) euros.

2.- A la entrega de los informes relativos al segundo semestre del 2022, y antes del 10 de diciembre de 2022, la cuantía de treinta mil (30.000,00) euros.

- En la anualidad 2023:

A la entrega de los informes relativos al primer semestre del 2023, y antes del 30 de junio de 2023, la cuantía de diez mil (10.000,00) euros.

- En la anualidad 2024.

A la entrega de los restantes informes para cumplir la totalidad del convenio, y antes del 5 de octubre de 2024, la cuantía de quince mil (15.000,00) euros.

b) Recibir los trabajos y, en base a los resultados obtenidos, tomar decisiones a aplicar de manera inmediata, a medio y a largo plazo, con el objetivo de paliar los efectos del cambio climático en Canarias.”

Segunda.- Modificar la redacción de la cláusula cuarta de las estipulaciones, para prorrogar por un año y tres meses (hasta el 5 de octubre de 2024), el Convenio, que quedaría como sigue:

“Cuarta.- De la duración del Convenio.

Este Convenio entrará en vigor una vez que haya sido firmado por ambas partes. Se entiende que la fecha de firma del Convenio es la fecha en la que ha sido firmado por la última de las partes.

La duración del presente Convenio será desde su entrada en vigor hasta el 5 de octubre de 2024.”

Tercera.- Modificar la redacción de la cláusula séptima de las estipulaciones, que quedaría como sigue:

“Séptima.- De la financiación.

La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial aportará la cantidad de doscientos sesenta y cinco mil euros (265.000,00 euros), de acuerdo con la financiación existente en la partida presupuestaria Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático y Transición Ecológica 1204 456D 124G0535 Convenio cambio climático Universidades Canarias.”

El reparto de las anualidades es el siguiente:

Ver anexo en la página 1637 del documento Descargar

Cuarta.- Publicación e inscripción.

El presente Convenio se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y se inscribirá en el Registro General de Convenios del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, en lugar y fecha indicados.

Quinta.- Otras consideraciones.

En todo lo no previsto en esta segunda adenda, serán de aplicación las cláusulas establecidas en el Convenio inicial suscrito el 5 de julio de 2019, teniendo en cuenta las modificaciones ya realizadas por la primera adenda suscrita el 6 de mayo de 2022.- Por la Universidad de La Laguna, la Rectora, Rosa María Aguiar Chinea.- Por la Comunidad Autónoma de Canarias, el Consejero, José Antonio Valbuena Alonso.

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