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BOC Nº 008. Jueves 12 de enero de 2023 - 148

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III. Otras Resoluciones - Presidencia del Gobierno

148 Viceconsejería de Acción Exterior.- Resolución de 29 de diciembre de 2022, por la que se adjudican definitivamente las subvenciones destinadas a financiar proyectos de educación para la ciudadanía y transformación social hacia la cooperación correspondientes a la convocatoria pública del año 2022.

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BOC-A-2023-008-148. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta del Director General de Relaciones Exteriores para la adjudicación definitiva de las subvenciones destinadas a financiar proyectos y actividades de cooperación al desarrollo internacional realizados por los agentes de la cooperación canaria correspondientes a la convocatoria pública del año 2022.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Resolución del Viceconsejero de Acción Exterior nº 332, de fecha 21 de noviembre de 2022, cuyo extracto fue publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 239, de 5 de diciembre de 2022, se aprobaron las bases reguladoras y se efectuó la convocatoria de subvenciones para financiar proyectos de educación para la ciudadanía y transformación social hacia la cooperación, por un importe total de ciento cincuenta mil (150.000) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 06.34.143A.480.02 Línea de actuación 064G1191 “Educación para la ciudadanía y transformación social hacia la cooperación”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2022.

Segundo.- Siguiendo la tramitación según lo previsto en las bases reguladoras, una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Valoración ha emitido informe de valoración y propuesta de concesión que coincide en todos sus términos con el contenido de las solicitudes.

Tercero.- De acuerdo con lo establecido en la base reguladora decimocuarta, si la resolución de concesión propuesta por la Comisión de Valoración coincide en todos sus términos con el contenido de las solicitudes de las entidades, el órgano concedente podrá aprobar la resolución de concesión sin realizar los trámites de resolución provisional y aceptación.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La tramitación de estas subvenciones se realiza de acuerdo con los requisitos y el procedimiento previsto en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias. Asimismo, resulta de aplicación directa lo dispuesto con carácter de legislación básica en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley.

Segunda.- El artículo 18.2, apartado c), del Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, aprobado mediante Decreto 356/2019, de 19 de diciembre, atribuye a la Dirección General de Relaciones Exteriores la gestión de ayudas y subvenciones que se concedan con cargo a los créditos consignados en sus programas presupuestarios, bajo la dependencia directa de la Viceconsejería de Acción Exterior.

Tercera.- Mediante Decreto nº 159/2019, del Presidente del Gobierno, de fecha 30 de agosto, se delega en el Viceconsejero de Acción Exterior, en su ámbito funcional y en el de sus órganos dependientes, las competencias que correspondan al Presidente del Gobierno en materia de subvenciones.

En base a lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras de la convocatoria,

RESUELVO:

Primero.- Aprobar definitivamente las subvenciones a los solicitantes beneficiarios que se relacionan en el siguiente listado:

Ver anexo en la página 1544 del documento Descargar

Segundo.- Excluir las siguientes solicitudes por los motivos que se relacionan:

Ver anexo en la página 1544 del documento Descargar

Tercero.- Proceder a la publicación de la presente Resolución definitiva de concesión de subvenciones en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en la base decimoséptima de las bases reguladoras.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Potestativamente podrá interponerse recurso de reposición ante esta Viceconsejería de Acción Exterior, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo y, todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de diciembre de 2022.- El Viceconsejero de Acción Exterior (p.d. Decreto 159/2019, de 30 de agosto, del Presidente), Juan Rafael Zamora Padrón.

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