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BOC Nº 001. Lunes 2 de enero de 2023 - 11

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial

11 Dirección General de Ordenación del Territorio y Aguas.- Resolución de 20 de diciembre de 2022, por la que se conceden las subvenciones destinadas a la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, previstas en la Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

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BOC-A-2023-001-11. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente relativo al procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, previstas en la Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de 21 de diciembre de 2021 (en adelante; Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente de 21 de diciembre de 2021), cuyas bases reguladoras han sido aprobadas mediante Orden nº 348, del Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, de 26 de septiembre de 2022 (BOC nº 216, de 2.11.2022) y, teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

I.- Mediante Orden nº 348, del Consejero de Transición Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Planificación Territorial de 26 de septiembre de 2022, se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, previstas en la Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente de 21 de diciembre de 2021, y se efectúa la convocatoria para el presente ejercicio económico (BOC nº 216, de 2.11.2022).

II.- Se aprueba la realización de un gasto para el ejercicio 2022 por importe de ocho millones quinientos mil (8.500.000,00) euros con cargo a la aplicación presupuestaria 12.06.452A.4700200, Línea de actuación 124G1123 “Plantas Potabilizadoras de Agua”.

III.- Las actuaciones a subvencionar por esta convocatoria deben haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, ambos inclusive.

IV.- De conformidad con lo dispuesto en la base 5.3 de la citada Orden departamental de 26 de septiembre de 2022, el plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, que comenzarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Habiendo expirado el plazo concedido el 17 de noviembre de 2022.

V.- En el plazo concedido para la presentación se recibieron veinte (20) solicitudes.

VI.- Una vez revisadas las solicitudes presentadas, se comprueba que todas, excepto dos de ellas, cumplen con los requisitos exigidos en la base quinta de la orden reguladora.

Siendo necesario proceder a requerimiento para subsanación de las solicitudes presentadas por Canal Gestión Lanzarote, S.A.U. y por Suministros de Agua La Oliva, S.A., de acuerdo con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

VII.- A la vista del acta resultante de la reunión de la Comisión Técnica, en sesión celebrada el 1 de diciembre de 2022, se dictó la Resolución nº 111/2022, del Director General de Ordenación del Territorio y Aguas, por la que se resuelve provisionalmente la convocatoria para las citadas subvenciones.

VIII.- La resolución a que se ha hecho referencia en el antecedente anterior, se notificó a las personas beneficiarias el 2 de diciembre de 2022.

Entre los días 2 y 19 de diciembre de 2022, se recibió la aceptación expresa de todas las personas beneficiarias, tal y como se recoge en las bases reguladoras.

A los anteriores antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- De conformidad con lo establecido en el resuelvo cuarto de la Orden departamental de 26 de septiembre de 2022, la competencia para dictar la resolución de concesión corresponde a la persona titular de la Dirección General competente en materia de aguas por delegación del Consejero de Transición Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Planificación Territorial.

Segundo.- La presente resolución se dicta de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003, Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el Régimen General de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como por lo establecido en las bases reguladora que rigen la convocatoria, aprobadas por Orden nº 348, de 26 de septiembre 2022 (BOC nº 216, de 2.11.2022).

Tercero.- El procedimiento de concesión se realizará mediante concurrencia competitiva y se ajustará a lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Capítulo II del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el Régimen General de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como en lo establecido en las bases reguladoras de la convocatoria (BOC nº 216, de 2.11.2022).

Cuarto.- Conforme a lo dispuesto en la base 6.2 de la orden reguladora, la resolución provisional deberá notificarse a las personas interesadas, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para que presenten la aceptación expresa de la subvención. En caso de que no se otorgue la aceptación dentro del referido plazo se entenderá que la persona interesada no acepta la subvención. Transcurrido dicho plazo, se elevará la propuesta de resolución definitiva al órgano competente para su aprobación.

Quinto.- Sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, la presente Resolución se notificará a las personas interesadas y será objeto de publicación en sede electrónica.

Por todo ello, y de acuerdo con los preceptos legales citados y demás normas de general aplicación;

RESUELVO:

Primero.- Conceder las subvenciones destinadas a la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de aguas situadas en la Comunidad Autónoma de Canarias, previstas en la Resolución de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente de 21 de diciembre de 2021, a las personas beneficiarias relacionadas en el anexo de la presente Resolución, por las cuantías detalladas en el mismo.

Segundo.- Notificar la presente Resolución a las personas beneficiarias relacionadas en el anexo de la misma.

Tercero.- El pago de las subvenciones se ordenará inmediatamente después de la firma de la resolución de concesión definitiva, sin perjuicio de la notificación posterior de la misma.

Cuarto.- La justificación, por las personas beneficiarias, de los costes incurridos y aceptados en el periodo de referencia que se establece en la convocatoria se realizará mediante lo dispuesto en la base 5.4 de las bases reguladoras.

Las personas beneficiarias de la subvención estarán obligadas a facilitar las comprobaciones encaminadas a garantizar la correcta realización de la actuación subvencionada, mediante la documentación que se exige en las bases y que deberán acompañar a la solicitud de subvención. Asimismo, quedarán sometidas a las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Audiencia de Cuentas de Canarias.

Quinto.- La percepción de las subvenciones reguladas en la orden de referencia, será compatible con la percepción de otras para la misma finalidad, procedentes de cualquier otra administración, entes públicos o privados.

Esta compatibilidad estará condicionada a que el importe de las subvenciones concedidas en ningún caso supere el coste de la actividad a desarrollar por la persona beneficiaria.

Sexto.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, así como en el tablón de anuncios electrónico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, tal y como se establece en la base 6.3 de la Orden nº 348, de 26 de septiembre de 2022.

Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un (1) mes, a contar a partir del día siguiente a su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de diciembre de 2022.- El Director General de Ordenación del Territorio y Aguas, Víctor Navarro Delgado.

ANEXO

Ver anexo en la página 125 del documento Descargar

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