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BOC Nº 238. Viernes 2 de diciembre de 2022 - 3653

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3653 EXTRACTO de la Orden de 23 de noviembre de 2022, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, al amparo de la subvención concedida por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el marco del C.1-I.1 del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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BOC-A-2022-238-3653. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 660875.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/660875).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, siempre que tengan su residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias, y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y en el Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, las personas físicas o jurídicas que sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas:

a) Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDPE.

b) Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.

c) Una autorización de transporte privado complementario de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MPCE.

d) Una autorización de transporte privado complementario de viajeros en autobús con la clave VPCE.

e) Una autorización autonómica de transporte público de mercancías con clave MDLE, siempre que tengan adscritos a dicha autorización vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima a fecha de aprobación del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre. Podrán igualmente ser beneficiarios de estas ayudas, siempre que tengan su residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias las personas jurídicas privadas que a la fecha de solicitud de la ayuda presten el servicio público de transporte urbano en autobús, y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones mencionadas.

Segundo.- Finalidad.

- Incentivar la penetración en España de las mejores tecnologías en cuanto a la propulsión de vehículos industriales en España, especialmente de tecnologías que proporcionen cero emisiones en el transporte (Tank to Wheel), que redundará además en una mayor eficiencia en el uso de recursos, disminución de la dependencia a combustibles fósiles importados y mayor competitividad de las empresas en una situación actual especialmente comprometida.

- La renovación del parque de vehículos, especialmente necesaria en el caso de vehículos pesados de transporte de mercancías.

- Un impulso a la reactivación del tejido industrial y del sector de la automoción en España. Es un sector que tiene una importancia vital para el PIB del país, especialmente en un momento en que otros sectores, particularmente el turismo, se encuentran sin posibilidad de aportar músculo a la recuperación económica española.

- El desarrollo del transporte intermodal como medio alternativo y complementario al transporte por carretera.

Tercero.- Bases reguladoras.

Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado (nº 275, de 17.11.2022), por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Cuarto.- Importe.

El importe que se destina a las subvenciones asciende a un total de 7.250.232,00 euros, distribuidos de la siguiente manera:

a) Actividad 1: Achatarramiento: 3.262.604,00 euros.

b) Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono: 2.900.092,80 euros.

c) Actividad 3: “Retrofit” o modificación de la forma de propulsión de vehículos: 362.511,60 euros.

d) Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos: 725.023,60 euros.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes para el presente programa de ayudas comenzará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá el 30 de abril de 2024, a excepción de la Actividad 4: “Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos”, cuya vigencia finalizará el 31 de diciembre de 2023.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de noviembre de 2022.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,
TRANSPORTES Y VIVIENDA,
Sebastián Franquis Vera.

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