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BOC Nº 236. Miércoles 30 de noviembre de 2022 - 3611

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial

3611 Secretaría General Técnica.- Resolución de 16 de noviembre de 2022, por la que se hace público el Acuerdo de encomienda de gestión de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial a la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental, S.A. (GESPLAN) para realizar el servicio consistente en “Apoyo técnico a la conservación de la biodiversidad en materias de proyectos supra-regionales, especies exóticas, normativas y políticas sectoriales”.

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BOC-A-2022-236-3611. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por el que se regulan las encomiendas de gestión, se indica que “La formalización de las encomiendas de gestión se ajustará a las siguientes reglas: a) Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos administrativos o Entidades de Derecho Público pertenecientes
a la misma Administración deberá formalizarse en los términos que establezca su normativa propia y, en su defecto, por acuerdo expreso de los órganos o Entidades de Derecho Público intervinientes. En todo caso, el instrumento de formalización de la encomienda de gestión y su resolución deberá ser publicada, para su eficacia, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano encomendante. Cada Administración podrá regular los requisitos necesarios para la validez de tales acuerdos que incluirán, al menos, expresa mención de la actividad o actividades a las que afecten, el plazo de vigencia y la naturaleza y alcance de la gestión encomendada.” por lo que, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar las encomiendas de gestión en el Boletín Oficial de Canarias.

En cumplimiento de lo anterior,

RESUELVO:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo de encomienda de gestión de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial a la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental, S.A. (GESPLAN), para realizar el servicio consistente en “Apoyo técnico a la conservación de la biodiversidad en materias de proyectos supra-regionales, especies exóticas, normativas y políticas sectoriales”.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de noviembre de 2022.- La Secretaria General Técnica, Marta Bonnet Parejo.

ANEXO

ACUERDO DE ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA, LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO Y PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, A LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN Y PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTAL, S.A. (GESPLAN), PARA REALIZAR EL SERVICIO CONSISTENTE EN “APOYO TÉCNICO A LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD EN MATERIAS DE PROYECTOS SUPRA-REGIONALES, ESPECIES EXÓTICAS, NORMATIVAS Y POLÍTICAS SECTORIALES”.

En Santa Cruz de Tenerife, a 10 de noviembre de 2022.

REUNIDOS

De una parte, el D. José Antonio Valbuena Alonso, Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, nombrado por Decreto 121/2019, de 17 de julio, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros y a las Consejeras del Gobierno de Canarias (BOC nº 137), ostenta capacidad y competencia para la suscripción del presente Acuerdo de Encomienda de Gestión de conformidad con lo dispuesto artículo 5.11 Decreto 54/2021, de 27 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, actuando asimismo en nombre del órgano al que representa, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra, D. Manuel Agoney Piñero Ortiz, con DNI ***2941**, en representación de la empresa pública denominada Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN), con CIF A-38279972, en virtud del nombramiento realizado en la sesión del Consejo de Administración, celebrada el 8 de noviembre de 2019, el cual ha sido elevado a público e inscrito en el Registro Mercantil correspondiente.

EXPONEN

Primero.- Conforme al artículo 12 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, que establece que: “La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial asume las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, salvo las relativas a seguridad y emergencias. Asimismo, asume las competencias en materia de energía que tenía asignadas la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, así como las de aguas que tenía asignadas la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas”.

De conformidad con la disposición adicional segunda del Decreto 54/2021, de 27 de mayo, por el que se modifica el Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en su apartado i) se suprime la Viceconsejería de Medio Ambiente cuyas competencias se atribuyen a la Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático, salvo las relativas a seguridad y emergencias, que se atribuyen a la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.

La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial es el Departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias encargado de la propuesta y ejecución de las directrices y la política del Gobierno de Canarias en las materias de medio ambiente, energía, planificación territorial y aguas terrestres superficiales y subterráneas, así como de la gestión de los respectivos servicios y competencias sobre dichas materias, de conformidad con el artículo 1.1 de su Reglamento Orgánico, aprobado por Decreto 54/2021, de 27 de mayo.

En los artículos 32, 33, 35 y 37 como competencia de la Dirección General de Protección de la Naturaleza, actual Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente, las siguientes funciones:

- La elaboración de proyectos de iniciativas normativas de rango legal y reglamentario en las materias propias de la Dirección General.

- Emitir informes y responder a las consultas que sean dirigidas a la Comunidad Autónoma por otros órganos o Administraciones públicas en materia ambiental, salvo en los casos en que se atribuya esta función a otro órgano.

- Realizar el análisis técnico y jurídico de los expedientes de evaluación ambiental de planes y programas, cuando el órgano ambiental competente sea el autonómico.

- Autorizar los métodos de captura más adecuados para el control, gestión y posible erradicación de especies animales incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras que procedan.

- Establecer y mantener actualizada una relación indicativa autonómica de especies exóticas con potencial invasor.

- Elaborar, conjuntamente con el Ministerio competente en materia de medio ambiente, las estrategias de gestión, control y posible erradicación de las especies exóticas invasoras catalogadas.

- Gestionar, garantizando la actualización de la información contenida en los mismos: El registro de parques zoológicos, el Catálogo Canario de Especies Protegidas, el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras, la Relación Indicativa de Especies Exóticas con Potencial Invasor, el Registro de los bancos de material biológicos y genético de especies silvestres sitos en Canarias, el Banco de Datos de Biodiversidad de Canarias y el registro de comederos o muladares para alimentación de animales silvestres con subproductos animales no destinados a consumo humano.

- Autorizar el acceso a los recursos genéticos procedentes de Canarias y para aquellas instituciones de conservación ex situ presentes en su territorio.

- Desarrollar iniciativas y actuaciones de fomento y cooperación en materia de custodia del territorio.

- Remitir periódicamente al ministerio competente en materia de medio ambiente información sobre las medidas de conservación, la evaluación de sus resultados y las propuestas de nuevas medidas de conservación, así como la comunicación anual relativa a su estado de conservación.

El objeto de la encomienda es prestar apoyo técnico a la conservación de la biodiversidad en materias de proyectos supra-regionales, especies exóticas, normativas y políticas sectoriales.

Segundo.- La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC nº 5, de 9.1.2015), regula en su artículo 29.3 la información que se debe hacer pública en relación con las encomiendas de gestión efectuadas por la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, en la que se incluyen los motivos que justifican que no se presten los servicios con los medios personales con que cuenta el órgano o entidad encargada.

Los motivos que justifican que no se presten los servicios con los medios con los que cuenta la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente, son:

• Insuficiencia de medios personales y materiales propios para realizar los servicios objeto de la encomienda, tales como la inexistencia en plantilla de la Unidad de personal con la cualificación necesaria y perfil requerido para llevar a cabo las actuaciones recogidas en la encomienda de gestión, como, entre otros, personal con perfil de licenciado/a o graduado/a en derecho ambiental, ingeniero/a de montes, licenciado/a o graduado/a en administración de empresas, geógrafo/a, oficial administrativo.

• Por otra parte, el cúmulo de trámites administrativos que recaen en esta unidad administrativa en el marco de sus competencias, obliga a que el personal adscrito al Servicio de Biodiversidad dedique íntegramente sus jornadas laborales para atender el amplio abanico de actuaciones, siendo imposible abordar directamente aquellos trabajos objeto de la encomienda de gestión.

Tercero.- La sociedad mercantil pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN, S.A.), tiene la condición de medio instrumental y servicio técnico propio, según se establece en el Decreto 188/2001, de 15 de octubre, por el que se reconoce a diversas empresas públicas la condición de medio instrumental y servicio técnico propio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y de las entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma.

Por acuerdo de Gobierno de 14 de agosto de 2019 dicha sociedad mercantil pública ha quedado adscrita a la Consejería e Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial.

Cuarto.- Mediante las correspondientes escrituras públicas de los años 2020 y 2021, debidamente inscritas en el Registro Mercantil correspondiente, GESPLAN acuerda la modificación del artículo 1 de sus Estatutos, con el objeto de adaptarlo a lo establecido en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. El objeto social de GESPLAN se establece en la escritura pública de 7 de marzo de 2008, nº 600, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas.

El artículo 2 de los Estatutos de GESPLAN contempla, entre otros, la realización de estudios medioambientales y de fomento de la defensa de la naturaleza, así como gestiones y actuaciones, inclusive de inversión en el área ecológica y medioambiental, dentro de las que cabe incluir a título meramente enunciativo las relacionadas con la flora, fauna, ecología, hábitats naturales, biodiversidad, ecosistemas, montes, protección del paisaje, espacios naturales protegidos, contaminación ambiental, impacto ambiental, divulgación y difusión de materias medioambientales, tratamiento de los residuos, protección civil, tareas complementarias de salvamento y rescate terrestre o marítimo y actuaciones de carácter forestal, así como la gestión y/o ejecución de obras medioambientales, redacción de proyectos y direcciones de estas obras; b) La elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de asistencia técnica y formativa, en materia agraria, forestal, de desarrollo rural, de acuicultura y pesca, así como por el mejor uso y gestión de los recursos naturales.

Consta en el expediente de Declaración Responsable relativa al cumplimiento del artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, firmada por Manuel Agoney Piñero Ortiz como Consejero Delegado de GESPLAN de fecha 7 de abril de 2022.

Quinto.- En el Boletín Oficial de Canarias nº 258, de 20 de diciembre de 2021, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de modificación cuarta del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, que autoriza las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión.

En el punto 2.1 de su anexo se establece:

“2.- Tratándose de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos a medios propios o encomiendas de gestión destinadas a inversiones, su abono se realizará en la forma y condiciones que se establezcan en su resolución de concesión o instrumento jurídico en que se articulen. Motivada y excepcionalmente, se podrá contemplar su abono anticipado hasta el 100% de su cuantía cuando concurran las siguientes circunstancias:

1º.- Los plazos de ejecución y justificación deberán finalizar el 31 de diciembre del ejercicio presupuestario en que concluya el objeto y alcance por el que se articule la subvención, aportación, encargo o encomienda, incluidas las prórrogas de dichos plazos que se tramiten.

En el caso de inversiones que tengan naturaleza de obras, su plazo de justificación podrá extenderse hasta cuatro meses después de la finalización de su ejecución. En este caso, dicho plazo podrá superar el ejercicio presupuestario de finalización de dicha obra, con el límite de los meses señalados.”

Sexto.- Por todo lo expuesto, dada la especialidad de los trabajos requeridos y la insuficiencia de medios humanos y materiales para poder desarrollarlos, resulta necesario encomendar la realización de estas actuaciones a una entidad que cuente con personal experto en la realización de este tipo de trabajos, y disponga de los medios personales y materiales adecuados para cumplir con los objetivos.

La entidad Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (en adelante, GESPLAN S.A.) cuenta con unos servicios técnicos que reúnen los requisitos de aptitud e idoneidad necesarios para la ejecución de los trabajos, por contar con personal experimentado y capacitado para el desarrollo de las labores. En este sentido, su experiencia en la realización de servicios similares en otros años y concretamente los encargos ejecutados al Gobierno de Canarias garantiza la experiencia de la empresa en esta materia. Por ello puede aportar personal de acreditada cualificación y conocimiento del territorio, lo que repercutirá positivamente en la calidad de los resultados. Respecto a la calidad de los trabajos, GESPLAN, S.A. tiene implantado en sus procedimientos, desde hace varios años los siguientes sellos de calidad, en orden a establecer la sistemática para determinar los requisitos legales y reglamentarios aplicables al diseño y desarrollo de los productos proporcionados, sujetos al sistema de gestión de la calidad conforme a la Normas ISO 9001(implantación abril 2006), Medioambiental ISO 14001 (implantación abril 2006) y de Seguridad y Salud en el trabajo OSHAS 18001 (implantación septiembre 2011).

Por todo ello, se considera que la encomienda es más eficiente en sentido amplio que la licitación del contrato.

Séptimo.- Esta encomienda se referirá exclusivamente a la realización de actividades de carácter material y técnico, sin que suponga en ningún caso cesión de la titularidad de las competencias asignadas a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.

La encomienda de este servicio no implica, en ningún caso, la atribución a la entidad encargada de potestades, funciones o facultades sujetas a Derecho Administrativo propias de la Administración.

Octavo.- Los precios se han obtenido de las tarifas de trabajo de GESPLAN, S.A., aprobadas mediante Orden de esta Consejería nº 181/2022, de fecha 7 de junio de 2022, se aprueban las tarifas aplicables a las actuaciones a realizar por la sociedad mercantil de capital público Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental, S.A. (GESPLAN, S.A.)
como medio propio personificado dependiente de esta Consejería.

Noveno.- La realización de las actuaciones que se encarguen no está sujeta al Impuesto General Indirecto Canario, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final tercera de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, por la que se modifica la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, la cual dispone: “Se modifica el apartado 9º del artículo 9, que queda redactado del modo siguiente: D) Asimismo, no estarán sujetos al Impuesto los servicios prestados por cualesquiera entes, organismos o entidades del sector público, en los términos a que se refiere el artículo 3.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, a favor de las Administraciones Públicas de la que dependan o de otra íntegramente dependiente de estas, cuando dichas Administraciones Públicas ostenten la titularidad íntegra de los mismos”.

Décimo.- El presente expediente no está sujeto a función interventora, tal y como dispone el Acuerdo de Gobierno de 9 de junio de 2022, por el que se aprueba la modificación segunda del Acuerdo de Gobierno del 20 de enero de 2022, por el que se suspende durante el ejercicio 2022, para determinadas actuaciones, los acuerdos de Gobierno por los que se sustituyó la función interventora por el control financiero permanente y se adoptan para el ejercicio 2022 medidas de seguimiento sobre la ejecución del presupuesto de gastos del sector público con presupuesto limitativo para contribuir a su racionalización y al cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, en base a lo establecido en el apartado primero, punto 5:

«5.- En lo que respecta a los gastos correspondientes a expedientes gestionados por la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, quedarán excluidos del régimen general de control previsto en los apartados anteriores y, únicamente, estarán sujetos a función interventora aquellos cuya autorización corresponda al Gobierno por aplicación de lo dispuesto en los artículos 27 y 30 de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, con las mismas excepciones contempladas a lo largo del presente Acuerdo.

Los expedientes que implementen la aplicación de los Fondos de los Planes “Next Generation UE”, correspondientes al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia afecto al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia gestionados por la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, sí estarán sometidos a función interventora, cualquiera que sea su importe. Los de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACTEU) de esta Consejería, solo se someterán a fiscalización cuando se den los supuestos comprendidos en el régimen general del ejercicio de la función interventora dispuesto en el presente Acuerdo.»

Por todo lo anterior,

ACUERDAN

Primero.- El Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerda que por la sociedad mercantil pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN) se lleven a cabo la ejecución del servicio “Apoyo técnico a la conservación de la biodiversidad en materias de proyectos supra-regionales, especies exóticas, normativas y políticas sectoriales”, conforme a los siguientes objetivos y actuaciones:

Objetivo 1. Analizar la adecuación de los procedimientos, indicadores y resultados de proyectos supra-regionales y realizar propuestas de contenidos técnicos y presupuestarios para actuaciones en conservación de la biodiversidad.

Actuación 1.1. En relación a proyectos del programa operativo FEDER Canarias 2014-2020 y el 2021-2027.

Actuación 1.2. Otros proyectos supra-regionales.

Actuación 1.3. Propuestas de contenidos técnicos y presupuestarios para actuaciones en conservación de la biodiversidad.

Objetivo 2. Realizar actuaciones relacionadas con la llegada, expansión y mitigación de las especies exóticas en el archipiélago canario.

Actuación 2.1. Actuaciones en flora exótica.

Actuación 2.2. Actuaciones en fauna exótica.

Objetivo 3. Elaborar propuestas de iniciativas normativas que permitan integrar las iniciativas estratégicas de conservación de la biodiversidad que se pretenden abordar en la presente encomienda.

Actuación 3.1. Recopilación y análisis de la normativa ambiental existente relacionada con la conservación de la biodiversidad y elaboración de propuestas normativas que permitan integrar la conservación de la biodiversidad en la normativa sectorial existente.

Actuación 3.2. Contratación externa. Reconocimiento de los derechos de la naturaleza.

Objetivo 4. Elaborar propuestas que permitan integrar la conservación de la biodiversidad canaria en diferentes políticas sectoriales como turismo, deportes, patrimonio cultural, actividades económicas y educación, entre otras.

Actuación 4.1. Realización de un seguimiento de las actividades (turísticas, recreativas, deportivas, culturales y las relacionadas con la actividad económica, entre otras) que se desarrollan en el archipiélago canario y que tienen incidencia en el medio natural; así como la elaboración de propuestas de buenas prácticas dirigidas a evitar o minimizar las afecciones que producen las actividades objeto de análisis.

Actuación 4.2. Recopilación, análisis y evaluación de los contenidos curriculares en educación no universitaria relacionados con medio ambiente y biodiversidad, así como de la documentación e instrumentos para el fomento de la custodia del territorio y otras figuras para la conservación y el buen uso de los valores y los recursos naturales, culturales y paisajísticos; con el fin de elaborar propuestas de contenidos educativos adaptados a la realidad medioambiental del archipiélago canario y de fomentar la custodia del territorio y otras estrategias y herramientas para la protección y conservación del medio natural de Canarias.

Asimismo, se acuerda aprobar el gasto para la realización del servicio de “Apoyo técnico a la conservación de la biodiversidad en materias de proyectos supra-regionales, especies exóticas, normativas y políticas sectoriales”, y encomendar dicha actuación a Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN), al quedar acreditado que la Consejería de Transición Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Planificación Territorial carece de medios propios para realizar la actuación, según las condiciones para la realización de las actuaciones recogidas en el Anexo I de este acuerdo.

Segundo.- El importe total de la presente encomienda asciende a la cantidad de un millón novecientos noventa y ocho mil ciento diecisiete euros y cuarenta y siete céntimos (1.998.117,47 euros), desglosado en las siguientes anualidades:

Anualidad 2022: 493.187,42 euros

Anualidad 2023: 101.410,48 euros

Anualidad 2024: 554.916,50 euros

Anualidad 2025: 554.916,50 euros

Anualidad 2026: 293.686,57 euros

En el Anexo III se incorpora el presupuesto detallado.

Las cantidades expresadas incluyen los costes correspondientes a los medios propios de GESPLAN, S.A. así como los costes de las contrataciones externas o con medios ajenos a la citada empresa, que se han valorado a precio medio de mercado y su abono se realizará previa conformidad de las respectivas facturas. Las actividades objeto de la encomienda que se subcontraten se abonarán atendiendo al coste efectivo soportado por GESPLAN, S.A.

Tercero.- La presente encomienda se financia con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial. En la siguiente tabla se detallan las cuantías con cargo a la aplicación presupuestaria 12.07, Programa 456E, Proyecto de Inversión “156G0123 Planificación y Actuaciones”, clasificación económica 640.22.00 “Estudios y trabajos técnicos”.

Cuarto.- El plazo de ejecución de los trabajos de la presente encomienda será desde la notificación de la presente Orden a la empresa pública GESPLAN y hasta el 30 de junio de 2026.

Dicho plazo puede ser ampliado, en virtud de prórroga acordada por la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, previa audiencia a la empresa encargada y antes de la finalización de la encomienda.

Quinto.- El importe de la encomienda será librado directamente a GESPLAN, S.A., previa presentación de facturas electrónicas (código DIR3 A05017180) de los trabajos realizados acordes con las actuaciones encargadas.

La forma de pago se realizará mediante facturación previa presentación de la relación valorada de gastos, a las que acompañarán el contrato de alquiler y las facturas de los vehículos necesarios para la prestación del servicio, así como, en su caso, las facturas de los terceros contratados para realizar los trabajos encargados.

Para cada anualidad, se deben presentar tres facturas que incluyan gastos hasta el 31 de mayo, hasta el 31 de octubre y hasta el 31 de diciembre. Exceptuando, la primera anualidad de 2022 que tendrá factura anticipada y la última anualidad, que deberá presentarse dos facturas que incluyan gastos hasta el 31 de mayo y hasta el 30 de junio de 2026. Las facturas junto a las relaciones valoradas de gastos, deben entregarse en los 10 días posteriores a la fechas indicadas, excepto cuando se trate de las facturas que incluyan gastos hasta el 31 de diciembre, que deberán entregarse en los 6 días posteriores.

Para el abono de las facturas será necesaria la correspondiente propuesta de pago de la Jefa de Servicio de Biodiversidad y la aprobación del pago por parte de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente. Así mismo, se deberá emitir un informe de conformidad por cada uno de los directores técnicos de los trabajos, en el que se verifique que el servicio ha sido ejecutado con arreglo a las condiciones y requisitos establecidos en el contenido de la encomienda y a satisfacción de la Administración Pública.

En cuanto a la forma de pago se realizará mediante transferencia bancaria y las cantidades correspondientes se abonarán a GESPLAN, respetando en todo caso las exigencias establecidas en la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, de aplicación al sector público autonómico.

Se habilita a GESPLAN la posibilidad de solicitar el abono anticipado de las anualidades de la presente encomienda, siempre que se cumplan los requisitos y determinaciones que le sean de aplicación establecidas en la Resolución de 16 de diciembre de 2021, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de modificación cuarta del Acuerdo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 258 de 20 de diciembre de 2021, se realizará mediante la presentación de relaciones valoradas de los trabajos realizados.

Se establece un primer pago anticipado por importe de 493.187,42 euros, correspondiente
a la anualidad 2022, a la firma de la presente encomienda. No podrá abonarse la anualidad 2023 hasta que esté totalmente justificada la anualidad 2022.

Para la justificación del anticipo de las actuaciones encargadas, y las entregas de la documentación a las que se refiere el Resuelvo Sexto, será necesaria la correspondiente propuesta de pago de la Jefa de Servicio de Biodiversidad, la aprobación del pago por parte de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente. Así mismo, se deberá emitir un informe de conformidad por parte de cada uno de los directores técnicos de los trabajos, en el que se verifique que el servicio ha sido ejecutado con arreglo a las condiciones y requisitos establecidos en el contenido de la encomienda y a satisfacción de la Administración Pública.

Sexto.- Toda la documentación resultante con las actuaciones previstas en los apartados anteriores serán entregados conforme a los siguientes plazos:

- Una primera entrega antes del 31 de mayo de 2023.

- Una segunda entrega antes del 31 de octubre de 2023.

- Una tercera entrega antes del 31 de mayo de 2024.

- Una cuarta entrega antes del 31 de octubre de 2024.

- Una quinta entrega antes del 31 de mayo de 2025

- Una sexta entrega antes del 31 de octubre de 2025.

- Una séptima entrega antes del 31 de mayo de 2026.

- Una última entrega antes del 30 de junio de 2026.

Del mismo modo, en cada anualidad se deberá presentar un informe de seguimiento desde el 31 de octubre hasta el 31 de diciembre, por parte del director técnico de Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A..

Los plazos de entrega de los informes de seguimiento y las entregas, así como, de las facturas, relaciones valoradas y documentación justificativa serán los siguientes:

Ver anexo en las páginas 47426-47427 del documento Descargar

Con cada una de las entregas se adjuntará copia del registro de entrada de la documentación correspondiente y de la relación valorada de gastos.

El contenido y formato de la documentación digital e impresa de cada una de las actuaciones se ajustará a lo establecido en el Anexo II.

El resultado de los trabajos será entregado a través del Registro, en las dependencias del Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente con sede en el Edificio de Usos Múltiples I, planta 11ª en la isla de Tenerife.

Séptimo.- Se llevará a cabo el nombramiento de los Directores Técnicos, al menos uno por cada uno de las actuaciones de la encomienda por parte del Servicio del Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente y otro por parte de la empresa pública GESPLAN, S.A.

Por parte del Servicio de Biodiversidad se designan los siguientes:

• Actuación 1.1; Actuación 1.3: Érika Urquiola Pascual, titular. Olga Ayza Mascarell, primer suplente. Víctor Manuel Reverón Barroso, segundo suplente.

• Actuación 1.2. Olga Ayza Mascarell, titular. Érika Urquiola Pascual, primer suplente. Víctor Manuel Reverón Barroso, segundo suplente.

• Actuación 2.1. Elizabeth Ojeda Land, titular. Juan Luis Rodríguez Luengo, primer suplente. Nieves Zurita Pérez, segundo suplente.

• Actuación 2.2. Juan Luis Rodríguez Luengo, titular. Elizabeth Ojeda Land, primer suplente. Nieves Zurita Pérez, segundo suplente.

• Actuación 3.1. Juan Luis Rodríguez Luengo, titular. Miguel Ángel Cabrera Pérez, primer suplente. Margarita Oramas González-Moro, segundo suplente.

• Actuación 3.2. Juan Luis Rodríguez Luengo, titular. María Asunción Delgado Luzardo. Miguel Ángel Cabrera Pérez, segundo suplente.

• Actuación 4.1; Actuación 4.2: Juan Luis Rodríguez Luengo, titular. Margarita Oramas González-Moro, primer suplente. Érika Urquiola Pascual, segundo suplente.

En el ejercicio de sus funciones, los directores técnicos se sujetarán a las instrucciones que, para la correcta ejecución de los servicios externos que se contraten en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, fueron aprobadas por Acuerdo de Gobierno de 12 de septiembre de 2013 (publicado en el BOC nº 183, de 23.9.2013).

Se nombra Coordinador General de la presente encomienda a la jefatura de Sección de Biodiversidad Occidental para facilitar la comunicación entre la empresa pública GESPLAN, S.A., y el Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente. Como suplente a la jefatura de Sección de Biodiversidad Oriental. Como segunda suplente Érika Urquiola Pascual, Técnico del Servicio de Biodiversidad.

Los Directores Técnicos de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente tendrán las siguientes funciones:

1. Dirigir y supervisar la correcta ejecución de las actuaciones encomendadas.

2. Cursar a la empresa pública GESPLAN, S.A. las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.

3. Dar conformidad a los diseños, formatos, etc., a utilizar en los documentos que se elaboren en virtud de la presente encomienda.

4. Autorizar modificaciones de contenido, formato o requisitos de los documentos, cuando existan causas de orden técnico justificadas.

5. Resolver y definir cuestiones de contenido técnico que precisen interpretación, con el objeto de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la encomienda.

6. Analizar las incidencias o problemas planteados que puedan impedir el normal cumplimiento de la encomienda.

7. Redactar los informes de revisión y los informes de conformidad de los documentos realizados y entregados por GESPLAN, S.A.

8. Convocar las reuniones que considere necesarias para alcanzar los logros de la encomienda.

9. Autorizar el reajuste de las partidas entre las actividades del presupuesto, siempre que no suponga un incremento del total del presupuesto.

Octavo.- La empresa GESPLAN comunicará por escrito, antes del inicio de la ejecución de las actuaciones, el nombramiento de un Coordinador Técnico con respecto a esta encomienda, integrado en su plantilla con la cualificación y jerarquía suficiente dentro de la empresa, que tendrá entre sus obligaciones:

A) Actuar como interlocutor de la empresa frente al Servicio de Biodiversidad, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato.

B) Garantizar la ejecución de las actuaciones encargadas y establecer el control de calidad de las mismas.

C) Distribuir y organizar el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del servicio encargado, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio.

D) Plantear y comunicar a la Dirección Técnica del Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente las dudas o problemas relacionados con la forma de ejecución de las actuaciones encargadas.

E) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de las funciones que tiene encargadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.

F) Informar a los directores técnicos sobre el desarrollo de los trabajos y acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo.

G) Resolver a las personas integrantes del equipo de trabajo aquellas dudas o problemas que puedan ser planteadas a lo largo de la encomienda.

H) Acudir a las convocatorias establecidas por los directores técnicos de la Dirección General Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente.

Para el buen desarrollo de los trabajos, a instancias de los directores técnicos, periódicamente se realizarán reuniones técnicas de coordinación en las que intervendrán:

- Los directores técnicos de los trabajos.

- El Coordinador Técnico nombrado por GESPLAN.

Cualquier otro personal técnico asesor y/o especialista en la materia designado por las Administraciones Públicas intervinientes o por la empresa GESPLAN siempre que la dirección técnica lo estime conveniente.

Noveno.- La empresa pública GESPLAN, S.A. no podrá hacer uso de los datos, ni de la información entregada por parte de la Dirección General de Protección de la Naturaleza, para beneficio propio o de terceros. Deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto de la encomienda y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.

Décimo.- El desarrollo y puesta a disposición de los productos objeto de la presente encomienda de gestión lleva aparejada la cesión a la Administración del derecho de propiedad intelectual o industrial de dichos productos, pudiendo esta, además, autorizar su uso a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a que se refiere el artículo 3.1 de la LCSP. Cualquier copia, utilización, divulgación, distribución, alteración, archivo, reproducción y comunicación a terceros de la documentación generada en el marco de la presente encomienda por parte de Gesplan, requerirá de un consentimiento expreso del Director Técnico de cada actuación. En caso de realizarlo, podría constituir una violación de confidencialidad/privacidad, e incurrir en las responsabilidades legales pertinentes, conforme a la normativa vigente comunitaria y nacional en materia de protección de datos personales.

Undécimo.- La presente encomienda se entenderá cumplida cuando la empresa pública haya realizado la totalidad de su objeto, de conformidad con las actuaciones descritas en el Anexo I, durante su plazo de ejecución, y la conformidad se hará constar por escrito mediante informes de los directores técnicos.

Para la comprobación material de la inversión, se atenderá a lo dispuesto en el Decreto 76/2015, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 93, de 18.5.2015) y a la Resolución de la Intervención General de 29 de marzo de 2016, sobre el desarrollo de la función de comprobación material del gasto (BOC nº 68, de 11.4.2016).

Décimo segundo.- Las actuaciones las podrá realizar GESPLAN, S.A. con sus propios medios humanos y materiales o, si lo estima conveniente, mediante contratación con terceros.

Si fuera preciso la contratación de personal por GESPLAN, S.A. deberá estarse a lo dispuesto en el artículo 58 de la vigente Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

La empresa GESPLAN, S.A. queda obligada a aportar los medios humanos, materiales y técnicos y la logística necesaria para el desempeño de las actividades y servicios que se encargan.

Corresponde en exclusiva a GESPLAN, S.A. la selección de personal que, reuniendo los requisitos de conocimientos y experiencia exigidos en las condiciones técnicas, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución de la encomienda, sin perjuicio de la verificación por parte del Servicio de Biodiversidad del cumplimiento de dichos requisitos.

La empresa GESPLAN, S.A. procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento al Servicio de Biodiversidad.

La empresa pública asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución de la encomienda, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y Empleador.

La empresa GESPLAN, S.A. velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del servicio desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el Anexo I de esta Orden, como objeto de la encomienda.

Al objeto de que no exista relación jurídica entre dicho personal y la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, se fijan las siguientes condiciones:

Dada la naturaleza del servicio objeto de la encomienda de gestión, el mismo se desarrollará esencialmente fuera de las instalaciones del Gobierno de Canarias.

- Durante la excepcional presencia en las dependencias de la Consejería, el personal de GESPLAN, S.A. utilizará obligatoriamente el uniforme que le facilite la empresa y/o lucirán las correspondientes placas identificativas y acreditaciones de sus empleadores, no pudiendo utilizar emblemas oficiales que puedan llevar a confusión con los empleados públicos.

- La actividad será ejercida por GESPLAN, S.A. de forma autónoma en todo momento.

Por lo que la presente encomienda de gestión no implica la existencia de nexo jurídico alguno entre el personal al servicio de GESPLAN, S.A. y la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial. Tampoco se podrá producir al finalizar la actuación una subrogación empresarial de la Consejería.

Décimo tercero.- En las posibles contrataciones que GESPLAN realice con terceros, de conformidad con el artículo 32.7 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, se le aplicarán las siguientes reglas:

a) El contrato quedará sometido a esa Ley, en los términos que sean procedentes, de acuerdo con la naturaleza de la entidad que los celebre y el tipo y valor estimado de los mismos y, en todo caso, cuando el medio propio no sea un poder adjudicador se le aplicarán las normas contenidas en el Título I del Libro Tercero de la presente Ley.

b) El importe de las prestaciones parciales que el medio propio pueda contratar con terceros no excederá del 50 por ciento de la cuantía de la encomienda.

c) Gesplan se compromete a poner en conocimiento de la Consejería, siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 215.2.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero, los contratos que suscriba con terceros para la ejecución de los trabajos objeto de la encomienda.

Décimo cuarto.- En cumplimiento con lo dispuesto en el apartado cuarto del Acuerdo de Gobierno de 24 de abril de 2014, de medidas preventivas de detección temprana y procedimientos previstas en el Acuerdo de Gobierno de 20 de febrero de 2014, “todas las sociedades mercantiles públicas y fundaciones del sector público autonómico, así como sus órganos de administración velarán para facturar las encomiendas o no aceptar subvenciones o aportaciones para el fomento de actividades, sin que se acredite que no se pone en riesgo su sostenibilidad financiera. A estos efectos, las entidades deberán previamente realizar un análisis de su repercusión en relación con el resultado del ejercicio y posteriores, así como en relación con su incidencia en la corriente de cobros y pagos, en la posición de la tesorería de la entidad y en los plazos de pagos a los proveedores comerciales”,

Obra en el expediente Declaración de D. Manuel Agoney Piñero Ortiz, Consejero Delegado de la Sociedad Mercantil Pública “Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN), de 7 de abril de 2022, donde hace constar las circunstancias descritas en el citado apartado cuarto del Acuerdo de Gobierno de 24 de abril de 2014, en relación a su sostenibilidad financiera.

Décimo quinto.- Consta en el expediente Declaración de adecuación a la Ley 4/2007, de 3 de abril, de transparencia de las relaciones financieras entre las Administraciones públicas y las empresas públicas, y de transparencia financiera de determinadas empresas, firmada por Manuel Agoney Piñero Ortiz como Consejero Delegado de GESPLAN de fecha 10 de marzo de 2022.

Décimo sexto.- Cuando en el ejercicio del control financiero o de auditoría pública, la Intervención General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias detectase el abono al medio propio personificado que realizó una encomienda de cantidades que excedan de los gastos directos e indirectos, de la encomienda realizada, o no se hubiera cumplido con el objeto de la encomienda, deberá reintegrarse dichas cantidades, junto a los intereses de demora al Tesoro de Comunidad Autónoma de Canarias.

El procedimiento de reintegro se regirá por las disposiciones generales sobre procedimientos administrativos contenidas en el Título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las cantidades a reintegrar tendrán carácter de derechos económicos de naturaleza pública a los efectos del artículo 11 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

Décimo séptimo.- Las cuestiones litigiosas que surjan en la interpretación o aplicación del presente acuerdo se sustanciarán ante el orden jurisdiccional contencioso- administrativo y conforme a sus normas de competencia y procedimiento.

Décimo octavo.- Notificar la presente Orden a GESPLAN, S.A.

Décimo noveno.- El presente acuerdo de encomienda deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias de conformidad con el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Así mismo, en base a lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, la presente encomienda, una vez firmada, deberá publicitarse por parte de la entidad encomendante.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, se firma el presente acuerdo en el lugar y fecha indicados en el inicio.- El Consejero de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, José Antonio Valbuena Alonso.- Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A., Manuel Agoney Piñero Ortiz.

ANEXO I

CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO “APOYO TÉCNICO A LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD EN MATERIAS DE PROYECTOS SUPRA-REGIONALES, ESPECIES EXÓTICAS, NORMATIVAS Y POLÍTICAS SECTORIALES”.

OBJETIVO 1. ANALIZAR LA ADECUACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS, INDICADORES Y RESULTADOS DE PROYECTOS SUPRA-REGIONALES Y REALIZAR PROPUESTAS DE CONTENIDOS TÉCNICOS Y PRESUPUESTARIOS PARA ACTUACIONES EN CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD.

Actuación 1.1. En relación a proyectos del programa operativo FEDER Canarias 2014-2020 y el 2021-2027.

• Elaboración y seguimiento de indicadores de difusión, productividad, realización y resultados del programa operativo FEDER Canarias 2014-2020 y el 2021-2027, e informes asociados.

• Análisis, apoyo y seguimiento de la adecuación de todos los procedimientos y resultados relativos a las actuaciones cofinanciadas en el programa operativo FEDER Canarias 2014-2020 y el 2021 - 2027, e informes asociados.

• Apoyo al seguimiento de las certificaciones de los contratos vinculados al programa operativo FEDER.

• Apoyo a la elaboración de documentos de respuesta a los requerimientos de cumplimiento FEDER.

Actuación 1.2. Otros proyectos supra-regionales.

• Elaboración y seguimiento de indicadores de difusión, productividad, realización y resultados de proyectos europeos supra-regionales (INTERREG, ATLÁNTICO, BEST u otros), e informes asociados.

• Análisis, apoyo y seguimiento de la adecuación de todos los procedimientos y resultados relativos a las actuaciones financiadas mediante proyectos europeos supra-regionales, e informes asociados.

• Apoyo al seguimiento de las certificaciones de los contratos vinculados a proyectos europeos supra-regionales.

• Apoyo a la elaboración de documentos de respuesta a los requerimientos de cumplimiento de proyectos europeos supra-regionales.

• Análisis de oportunidades en el marco de programas financieros suprarregionales.

Actuación 1.3. Propuestas de contenidos técnicos y presupuestarios para actuaciones
en conservación de la biodiversidad.

• Elaboración de propuestas de financiación, así como el diseño y valoración de unidades presupuestarias para las actuaciones de conservación de la biodiversidad.

• Diseño de proyectos o documentos presupuestarios en el marco de planes o documentos estratégicos relativos a la conservación de la biodiversidad sean anuales o plurianuales.

• Elaboración de propuestas técnicas destinadas a realizar actuaciones de conservación de la biodiversidad.

• Apoyo al seguimiento de la adecuación de la información financiera de los diferentes contratos.

PERFILES

Para llevar a cabo el objetivo 1, se necesitan tres titulados superiores y un oficial administrativo.

En relación a los perfiles de los titulados superiores se requiere:

Perfil 1. Persona con perfil técnico (en Tenerife) y titulación de Licenciado/a o graduado/a en Ingeniería de Montes, Ciencias Biológicas, Ciencias del Mar o Ciencias Ambientales, con experiencia en:

• Elaboración y seguimiento de indicadores (difusión, productividad, realización y resultados) y en evaluación y adecuación de los procedimientos y resultados de las actuaciones financiadas por el programa operativo FEDER Canarias 2014-2020.

• Conocimientos sobre la documentación y metodología del FEDER Canarias 2021-2027.

• Manejo de GIS y del Banco del Inventario Natural de Canarias (BIOCAN) con el conocimiento suficiente para la aplicación en los indicadores mencionados.

Perfil 2. Persona con perfil técnico (en Gran Canaria) y titulación de Licenciado/a o graduado/a Administración de Empresas, Empresariales o Economía, con experiencia en:

• Gestión de presupuestos del sector público además de la preparación y gestión de contratos con el sector público en conservación de biodiversidad.

• Conocimiento en creación y análisis de bases de datos utilizando una tecnología de modelado que permitan crear modelos, establecer relaciones y crear cálculos denominada POWER PIVOT y POWER QUERY.

• Consultoría de proyectos y preparación, elaboración y gestión de proyectos de colaboración supra-regionales en conservación de biodiversidad.

Perfil 3. Persona con perfil técnico (en Tenerife) y titulación de Licenciado/a o graduado/a Administración y Dirección de Empresas, Empresariales o Economía, con experiencia en:

• Diseño de proyectos o documentos presupuestarios en el marco de planes o documentos estratégicos relativos a la conservación de la biodiversidad sean anuales o plurianuales.

• Evaluación de la adecuación a los condicionantes de contratación pública relacionados con conservación de la biodiversidad.

• Experiencia en manejo de bases de datos, así como con las herramientas de modelado de datos como POWER PIVOT y POWER QUERY.

• Experiencia en elaboración de informes justificativos de carácter general.

Perfil 4. Persona con perfil oficial administrativo y titulación de Formación Profesional Superior en Administración y Finanzas, se requiere experiencia en:

• Seguimiento y tramitación de contratos del sector público.

• Manejo de hojas de cálculo, documentos de texto y presentaciones de Microsoft Office y herramientas compatibles con el Libre Office.

• Gestión contable.

• Gestión documental.

OBJETIVO 2. REALIZAR ACTUACIONES RELACIONADAS CON LA LLEGADA, EXPANSIÓN Y MITIGACIÓN DE LAS ESPECIES EXÓTICAS EN EL ARCHIPIÉLAGO CANARIO.

Actuación 2.1. Actuaciones en flora exótica.

• Análisis de potencialidad invasora de la flora exótica presente en el archipiélago canario

• Ampliación de la información incluida en la base de datos de especies introducidas en Canarias (EXOS).

• Elaboración de propuestas técnicas sobre las especies de flora exóticas que afectan a Canarias, tanto al Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, como al Catálogo Canario de Especies Exóticas Invasoras, y a la Lista de especies exóticas preocupantes para la Unión Europea.

• Recopilación y análisis de las instalaciones que venden y distribuyen material vegetal así como del contenido específico presente en cada una de las instalaciones, con el fin de detectar de forma precoz la entrada de especies exóticas con potencial invasor en el archipiélago y promover las medidas necesarias para evitar su expansión.

• Realización de búsquedas en la web relacionadas con el comercio on line de especies exóticas que afectan al archipiélago canario.

• Análisis de vías de entrada de especies de flora exótica en Canarias.

• Elaboración de propuestas técnicas para evitar la expansión de especies de flora exótica con potencial invasor en Canarias.

• Actualización de contenidos del “manual de buenas prácticas en el uso de la flora exótica 2015”.

Actuación 2.2. Actuaciones en fauna exótica.

• Actualización y ampliación de la información incluida en la base de datos de especies introducidas en Canarias (EXOS).

• Realización de análisis de riesgos de las especies de fauna exótica.

• Elaboración de propuestas técnicas sobre las especies de fauna exótica que afectan a Canarias, tanto al Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, como al Catálogo Canario de Especies Exóticas Invasoras, y a la lista de especies exóticas preocupantes para la Unión Europea.

• Recopilación y análisis de las instalaciones que venden y distribuyen animales así como del contenido específico presente en cada una de las instalaciones, con el fin de detectar de forma precoz la entrada de especies exóticas con potencial invasor en el archipiélago y promover las medidas necesarias para evitar su expansión.

• Realización de búsquedas en la web relacionadas con el comercio on line de especies de fauna exótica que afecte al archipiélago canario.

• Análisis de vías de entrada de especies de fauna exótica en Canarias.

• Elaboración de propuestas técnicas para evitar la expansión de especies de fauna exótica con potencial invasor en Canarias.

• Colaboración en la identificación y control de fauna exótica en el territorio canario para evitar su asentamiento y expansión, con especial atención a aquellas especies listadas y catalogadas como invasoras.

• Elaboración de contenido para impartir charlas divulgativas y promover la problemática asociada a la fauna exótica presente en Canarias. Y apoyo en la producción de contenidos técnicos destinados a prensa.

PERFILES

Para la ejecución del objetivo 2, se necesitan dos titulados superiores.

Perfil 1. Persona con perfil técnico (en Tenerife) y con titulación superior de Licenciado/a
o graduado/a en Biología (botánica o especializada en flora) y conocimientos de inglés, con experiencia en:

• Análisis de potencialidad invasora de lo flora exótica presente en el archipiélago canario.

• Análisis de vías de entrada de especies de flora exótica en Canarias. Elaboración de propuestas técnicas para evitar la expansión de especies de flora.

• Uso de bases de datos de especies introducidas en Canarias (EXOS).

• Elaboración de propuestas técnicas sobre las especies de flora exóticas que afectan a Canarias.

• Manejo del “backoffice” del Programa Atlantis 4.0 y modificaciones para carga de datos en la nueva Base de especies introducidas en Canarias (Exos).

• Manejo de los criterios técnicos para la asignación de status de introducción para Exos.

• Manejo de la legislación de aplicación en Canarias sobre especies exóticas invasoras.

Perfil 2. Persona con perfil técnico (en Tenerife) y con titulación superior de Licenciado/a
o Graduado/a en Biología o Ciencias Ambientales, con experiencia en:

• Uso de Sistemas de información Geográfica.

• Análisis de vías de entrada de especies de fauna exótica en Canarias.

• Realización de análisis de riesgos de las especies de fauna exótica.

• Elaboración de contenido para impartir charlas divulgativas sobre la problemática asociada a la fauna exótica presente en Canarias.

• Identificación y conocimiento de fauna exótica.

• Metodología de análisis de riesgos.

• Manejo de bases de datos.

• Conocimiento de la normativa sectorial.

• Manejo del “backoffice” del Programa Atlantis 4.0 y modificaciones para carga de datos en la nueva Base de especies introducidas en Canarias (Exos).

OBJETIVO 3. ELABORAR PROPUESTAS DE INICIATIVAS NORMATIVAS QUE PERMITAN INTEGRAR LAS INICIATIVAS ESTRATÉGICAS DE CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD QUE SE PRETENDEN ABORDAR EN LA PRESENTE ENCOMIENDA.

Actuación 3.1. Recopilación y análisis de la normativa ambiental existente relacionada con la conservación de la biodiversidad y elaboración de propuestas normativas que permitan integrar la conservación de la biodiversidad en la normativa sectorial existente.

• Recopilación y análisis de la normativa ambiental vigente tanto en materia de conservación de hábitats y especies, como aquella referente a otros sectores socioeconómicos que puedan afectar a la conservación de la biodiversidad, como ganadería, caza, pesca, agricultura, turismo, etc.

• Identificación de posibles puntos débiles, incongruencias o vacíos legales que requieran la elaboración de nuevas propuestas normativas a nivel regional, que permitan integrar la conservación de la biodiversidad en los diferentes sectores socioeconómicos que concurren en la Comunidad Autónoma de Canarias.

• Elaboración de propuestas normativas regionales que pongan de manifiesto las necesidades detectadas y aporten nuevas soluciones jurídicas a valorar por la administración.

Actuación 3.2. Contratación externa. Reconocimiento de los derechos de la naturaleza.

Realizar un estudio jurídico riguroso de la coherencia y viabilidad de que la Comunidad Autónoma de Canarias pueda reconocer la personalidad jurídica de la Naturaleza y de algunos de sus elementos.

PERFIL

Para el desarrollo de este objetivo se requiere un técnico (en Tenerife), con titulación de Licenciado/a o graduado/a en Derecho con experiencia en:

• Derecho ambiental.

• Conocimiento de la normativa sectorial.

• Elaboración de iniciativas normativas.

OBJETIVO 4. ELABORAR PROPUESTAS QUE PERMITAN INTEGRAR LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD CANARIA EN DIFERENTES POLÍTICAS SECTORIALES COMO TURISMO, DEPORTES, PATRIMONIO CULTURAL, ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y EDUCACIÓN, ENTRE OTRAS.

Actuación 4.1.- Realización de un seguimiento de las actividades (turísticas, recreativas, deportivas, culturales y las relacionadas con la actividad económica, entre otras) que se desarrollan en el archipiélago canario y que tienen incidencia en el medio natural; así como la elaboración de propuestas de buenas prácticas dirigidas a evitar o minimizar las afecciones que producen las actividades objeto de análisis.

• Recopilación y análisis de la información disponible sobre la diversidad de actividades, y los efectos que producen, que se desarrollan en el medio natural de Canarias, especificadas en el presente objetivo.

• Elaboración de documentación que siente las bases para las buenas prácticas referentes a actividades específicas con incidencia en el medio natural, bien por su alta demanda social o por el nivel de afección que pueda producir.

• Análisis de los instrumentos de ordenación y gestión de los espacios naturales protegidos, así como de los instrumentos de ordenación turística de las Islas, y la elaboración de documentos con directrices y propuestas para su utilización en los procedimientos de aprobación de planes, proyectos o normas.

• Diseño y organización de actividades para concienciar y fomentar la conservación de la naturaleza, visibilizando los impactos en el medio ambiente de las actividades analizadas y buenas prácticas para evitarlos o minimizarlos. Estas actividades podrán ser, por ejemplo: jornadas, salidas de campo, talleres, formación, etc., siendo posibles destinatarias de ellas profesionales de diversos sectores, tales como: equipos técnicos y resto de personal al servicio de la administración, empresas de turismo activo, federaciones deportivas, personas aficionadas a determinadas actividades, etc., siendo posible la colaboración con las actividades formativas de la Academia Canaria de Seguridad.

• Apoyo técnico en la elaboración y desarrollo de propuestas normativas que permitan integrar la conservación de la biodiversidad en la normativa sectorial existente.

• Redacción de contenidos para su difusión en diversos medios y plataformas, como por ejemplo en notas de prensa escrita y medios digitales destinados a la concienciación y buenas prácticas en el medio natural del archipiélago canario.

Actuación 4.2.- Recopilación, análisis y evaluación de los contenidos curriculares en educación no universitaria relacionados con medio ambiente y biodiversidad, así como de la documentación e instrumentos para el fomento de la custodia del territorio y otras figuras para la conservación y el buen uso de los valores y los recursos naturales, culturales y paisajísticos; con el fin de elaborar propuestas de contenidos educativos adaptados a la realidad medioambiental del archipiélago canario y de fomentar la custodia del territorio y otras estrategias y herramientas para la protección y conservación del medio natural de Canarias.

• Revisión y análisis de los contenidos de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Ciclos Formativos de Formación Profesional Básica, Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior de Formación Profesional y Bachillerato, con el fin de analizar el contenido ambiental referente al archipiélago canario, su biodiversidad y la problemática asociada.

• Elaboración de un documento estratégico dirigido a abordar la actualización de los contenidos curriculares de forma consensuada con la Consejería de Educación, así como a la difusión de las herramientas disponibles en la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente para la comunidad educativa en materia de conservación de vida silvestre.

• Recopilación y análisis de la información disponible sobre custodia del territorio en la Unión Europea, el Estado Español y en el marco de la Comunidad Autónoma de Canarias, tanto a nivel normativo como técnico.

• Apoyo técnico en la elaboración y desarrollo del Reglamento de Custodia del Territorio en Canarias.

• Elaboración de propuestas de actuaciones y criterios para el fomento de la custodia del territorio en el archipiélago canario para elaborar un Plan estratégico de custodia de Canarias.

• Elaboración de documentación que siente las bases para las buenas prácticas referentes a actuaciones sobre custodia del territorio en Canarias, pudiendo incluir un inventario de las iniciativas que hay en las Islas; las potencialidades de dicha figura (incluyendo, por ejemplo, terrenos con características favorables para la implantación de la custodia y los titulares públicos de los mismos), los beneficios para la persona o entidad titular de los terrenos y las entidades de custodia (subvenciones, ayudas, bonificaciones, exenciones fiscales, etc.).

• Diseño y organización de actividades para el fomento de la custodia del territorio tales como: encuentros, jornadas, talleres, formación, creación de la Red de custodia del territorio de Canarias, asesoramiento, etc., siendo posibles destinatarias de las mismas los equipos técnicos de las administraciones, las entidades de custodia, ciudadanía, etc.

• Redacción de contenidos para su difusión en diversos medios y plataformas, como por ejemplo en notas de prensa escrita y medios digitales, destinados a la difusión y el fomento de la figura de la custodia del territorio y otros instrumentos para la conservación y el buen uso de los valores y los recursos naturales, culturales y paisajísticos.

PERFIL

Para el desarrollo de este objetivo se requiere una persona con perfil técnico (en Tenerife), con titulación de Licenciado/a o graduado/a en Economía, Geografía, Turismo, u otra titulación asimilable, con experiencia en:

• Análisis de los efectos que producen las actividades económicas, turísticas, deportivas, de ocio y recreo sobre el medio natural.

• Manejo de normativa ambiental y sectorial con incidencia en el medioambiente.

• Diseño de procesos participativos, de carácter medioambiental.

• Custodia del territorio.

ANEXO II

CONTENIDO Y FORMATO DE LA DOCUMENTACIÓN

II.1. Contenido

Las entregas de documentación previstas en la presente encomienda con fecha máxima de presentación por registro 31 de mayo y 31 de octubre de cada anualidad, exceptuando la última anualidad que se realizará una entrega antes del 30 de junio de 2026. Las entregas tendrán el siguiente contenido mínimo:

Portada: en la que deberá figurar el título de la encomienda con la referencia a la correspondiente

Orden departamental, la fecha de la entrega y la referencia sobre el nº de la entrega parcial.

Índice: en el que se detallen cada uno de los contenidos aportados.

Resumen: en el que se expondrán brevemente los contenidos aportados por cada uno de los objetivos, el número de documentos generados por actuación.

Anexos: un anexo por cada actuación de la presente encomienda, en el que se incorporaran por orden cronológico cada uno de los documentos generados.

Las memorias contarán con todos los apartados en formato digital y solo los apartados: portada, índice y resumen, en formato papel.

Se entregará un informe de seguimiento que comprenda un resumen de los trabajos realizados desde el 31 de octubre hasta el 31 de diciembre de cada anualidad. Este informe debe incluir los avances y los problemas que puedan surgir en los periodos indicados.

Las entregas de documentación serán proporcionadas a través del Registro, en las dependencias del Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente con sede en el Edificio de Usos Múltiples I, planta 11ª en la isla de Tenerife.

El informe de seguimiento se enviará a través de correo electrónico por parte del director técnico de GESPLAN S.A., debiendo recibir el acuse de recibo por parte del responsable del Servicio de Biodiversidad.

II.2. Requisitos para los documentos en formato digital.

Se entregarán dos (2) copias en soportes independientes tipo memoria estado sólido tipo USBflash o tarjeta de memoria SD (tamaño estándar). Contendrán los archivos digitales debida y lógicamente ordenados en carpetas.

La información correspondiente a los documentos se aportará en formato digital de acuerdo a los siguientes requisitos:

(a) Los documentos de texto deberán de elaborarse sin el uso de plantillas o diseños de formato de párrafo preestablecidos.

(b) El formato de carácter debe ser el siguiente:

• Tipo de letra: Arial.

• Estilo: Normal.

• Tamaño: 11.

• Idioma: Español.

• Sin efectos tipográficos.

• Posición: Normal.

• Rotación y escalado 0º.

• Espaciado: 0,0 pt con interletraje de pares.

(c) Los documentos de texto serán aportados en formato digital en archivos .odt (de OpenOffice® Writer o de LibreOffice® Writer) y en archivo .pdf (portable digital file), correspondiente a los lectores de archivo de Adobe® Reader© o similares. Dichos archivos deben contener todos los elementos incluidos (cubiertas, portadas, índices, imágenes, gráficos, etc.) en el documento impreso (en papel) con el objeto de que permitan la reproducción de copias adicionales del documento con la mayor exactitud posible. El uso de formatos diferentes a los establecidos en los presentes requisitos requerirá de la autorización expresa del técnico responsable del seguimiento del presente contrato.

(d) Los documentos en formato de base de datos serán aportados en formato digital en archivos .dbf (de Microsoft Office® Access®), con una estructura previamente definida por la Dirección técnica de la encomienda.

ANEXO III

PRESUPUESTO

Ver anexo en las páginas 47443-47444 del documento Descargar

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