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BOC Nº 233. Viernes 25 de noviembre de 2022 - 3561

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

3561 Instituto Canario de Administración Pública (ICAP).- Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Directora, por la que se convocan las actividades formativas de autoformación certificable denominadas “Introducción a la Protección de Datos de Carácter Personal” y “Conceptos Básicos de Prevención de Riesgos Laborales”, incluidas en el Programa de Autoformación de este Instituto.

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BOC-A-2022-233-3561. Firma electrónica - Descargar

El Plan de Formación para 2022 del Instituto Canario de Administración Pública (en adelante, ICAP), aprobado por su Consejo de Administración y posteriormente por la Comisión de Formación para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesiones celebradas el 28 de marzo de 2022, y publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 70, de 8 de abril de 2022, pretende ordenar los recursos en función de los objetivos perseguidos y gestionarlos de una forma eficaz y eficiente, ofreciendo un menú formativo que se configura como un servicio público que nace con la vocación de contribuir a la resolución de los problemas cotidianos del personal que presta servicios en las Administraciones Públicas, así como con el fin último de responder a los retos actuales y futuros de tales Administraciones.

El ICAP tiene entre sus fines la formación, el perfeccionamiento y, en su caso, la colaboración en el proceso de selección de los funcionarios de la Administración autonómica y, en los términos que se convengan dentro del marco de la legislación básica, de las Entidades Locales de Canarias.

En este sentido y en el marco normativo establecido por la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, las Administraciones Públicas han puesto en marcha las ofertas de empleo relativas a estos procesos de estabilización de su personal temporal, tanto laboral como con relación funcionarial o estatutaria, debiendo tener publicadas dichas convocatorias con anterioridad al 31 de diciembre de 2022, y debiendo haber finalizado tales procesos de estabilización antes del 31 de diciembre de 2024.

Estas convocatorias excepcionales que regulan el acceso a la Función Pública traen causa de los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución Española referentes a la igualdad, mérito y capacidad, y fijan como sistemas de acceso el de concurso y concurso-oposición, valorándose los méritos que se acrediten referidos, entre otros, a la formación que se haya cursado en relación con las funciones de la categoría profesional de las plazas convocadas.

Habida cuenta de la premura de los tiempos señalados anteriormente, y en el marco del Plan de Formación del ICAP 2022, con el objeto de incentivar la participación del personal empleado público de las Administraciones Públicas en los procesos selectivos de estabilización de empleo temporal, resulta conveniente y justificado convocar, dentro del Programa de Autoformación, dos actividades formativas y posibilitar su certificación.

El Programa de Autoformación constituye una alternativa formativa que permite a un número muy amplio de personas la adquisición de conocimientos de modo autónomo, sin estar sujeto a horarios y desplazamientos. Con carácter general, las actividades que se ofertan en esta modalidad de autoformación no se certifican, pero es objetivo de este Instituto tanto ampliar la oferta de contenidos, como posibilitar la certificación en determinados cursos de materias específicas, como es el objeto de esta convocatoria, destinada a personal empleado público al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomas, perteneciente a cualquiera de los Cuerpos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y grupos profesionales equivalentes del personal laboral, destinatario de los procesos para la estabilización de sus plazas.

Por lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 130/2014, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de Administración Pública (BOC nº 3, de 7.1.2015),

RESUELVO:

Único.- Convocar las actividades formativas de autoformación certificable denominadas “Introducción a la Protección de Datos de Carácter Personal” y “Conceptos Básicos de Prevención de Riesgos Laborales” del Programa de Autoformación, con la identificación y características que se señalan a continuación:

“Introducción a la Protección de Datos de Carácter Personal”

- Código: R.AUT.227.IN.22

- Horas lectivas: 15.

- Destinatarios: personal empleado público al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos, perteneciente a cualquiera de los Cuerpos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y grupos profesionales equivalentes del personal laboral destinatario de los procesos para la estabilización de sus plazas. Tendrán preferencia quienes no alcancen en la fase de concurso la puntuación máxima prevista en el apartado relativo a la valoración de los cursos de formación.

- Plazas: 1.000.

- Periodo de autoformación certificable: el comprendido entre el día 16 y 30 de diciembre, ambos inclusive.

- Prueba de evaluación: la prueba de evaluación consistirá en un cuestionario tipo test con 10 preguntas. Las preguntas formuladas tendrán 3 respuestas alternativas, siendo solo una la correcta. Las preguntas no contestadas y las respuestas erróneas no penalizan.

Para obtener el certificado de esta actividad es necesario haber superado la prueba con un mínimo de 5 respuestas correctas, pudiendo realizar un máximo de tres intentos del test.

- Tipo de certificado: aprovechamiento.

- Objetivos: conocer los aspectos más relevantes del Reglamento General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

“Conceptos Básicos sobre Prevención de Riesgos Laborales”

- Código: R.AUT.228.IN.22

- Horas lectivas: 15.

- Destinatarios: personal empleado público al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos, perteneciente a cualquiera de los Cuerpos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y grupos profesionales equivalentes del personal laboral, destinatario de los procesos para la estabilización de sus plazas. Tendrán preferencia quienes no alcancen en la fase de concurso la puntuación máxima prevista en el apartado relativo a la valoración de los cursos de formación.

- Plazas: 1.000.

- Periodo de autoformación certificable: el comprendido entre el día 16 y 30 de diciembre, ambos inclusive.

- Prueba de evaluación: la prueba de evaluación consistirá en un cuestionario tipo test con 10 preguntas. Las preguntas formuladas tendrán 3 respuestas alternativas, siendo solo una la correcta. Las preguntas no contestadas y las respuestas erróneas no penalizan.

Para obtener el certificado de esta actividad es necesario haber superado la prueba con un mínimo de 5 respuestas correctas, pudiendo realizar un máximo de tres intentos del test.

- Tipo de certificado: aprovechamiento.

- Objetivos: conocer los conceptos básicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo; establecer el marco conceptual y legislativo en que se desarrolla la prevención de riesgos laborales.

BASES

Primera.- Destinatarios.

Es destinatario de las actividades de autoformación objeto de la presente convocatoria es el personal empleado público al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos, perteneciente a cualquiera de los Cuerpos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y grupos profesionales equivalentes del personal laboral, destinatario de los procesos para la estabilización de sus plazas. Tendrán preferencia quienes no alcancen en la fase de concurso, la puntuación máxima prevista en el apartado relativo a la valoración de los cursos de formación.

No podrán solicitar ninguna actividad de autoformación de las previstas el personal docente y el personal sanitario.

Segunda.- Solicitudes, requisitos y acceso a la Secretaría Virtual.

1. El personal empleado público que reúna los requisitos especificados podrá solicitar las dos actividades de autoformación convocadas en la presente Resolución.

2. Quienes deseen participar en las actividades programadas, deberán solicitarlo a través de la Secretaría Virtual del ICAP, en el siguiente enlace https://www3.gobiernodecanarias.org/aplicaciones/gesforsvcor/

El acceso por parte del personal empleado público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus Organismos Autónomos podrá llevarse a cabo mediante usuario y contraseña corporativos, certificado digital y/o Sistema Cl@ve.

3. La presentación de solicitudes implica la aceptación de las bases de esta convocatoria.

Tercera.- Alta o modificación de datos personales y administrativos de las personas solicitantes.

1. El personal empleado público que no pueda acceder a la Secretaría Virtual y que no haya solicitado anteriormente actividades formativas al ICAP deberá previamente cumplimentar el formulario de alta o modificación de datos que podrá descargar en el apartado “Temas-Alumnado” del portal web del ICAP, www.gobiernodecanarias.org/administracionespublicas/formacion/icap y enviarlo junto con la documentación preceptiva, a la dirección de correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org o a través del Registro general electrónico de la sede electrónica del Gobierno de Canarias (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/rge).

2. Para las acciones formativas incluidas en esta convocatoria, el formulario de alta o modificación de datos podrá remitirse hasta el día 2 de diciembre de 2022, inclusive.

No se tramitarán los formularios de alta o modificación de datos que lleguen con posterioridad al día señalado anteriormente para las actividades formativas convocadas en la presente Resolución.

Cuarta.- Plazo de presentación de solicitudes.

1. El plazo de presentación de solicitudes será a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias hasta el día 9 de diciembre de 2022, inclusive, o dentro de dicho plazo, hasta la fecha en que se hayan recibido al menos tantas solicitudes de personal destinatario como plazas ofertadas.

Si se diera por finalizado el plazo en función del número de solicitudes recibidas de personal destinatario, el ICAP publicará en su portal web Certificado en que se hará constar esta circunstancia.

2. No podrán presentarse solicitudes fuera del plazo establecido en el apartado anterior.

Quinta.- Selección de las personas participantes, ordenación y listado de admitidos.

1. La selección de las personas participantes la realizará el ICAP atendiendo a los requisitos previstos en la base primera, garantizando la preferencia de quienes no alcancen en la fase de concurso la puntuación máxima prevista en el apartado relativo a la valoración de los cursos de formación.

2. Cuando el número de personas solicitantes que cumpla los requisitos supere el número de plazas ofertadas de cada actividad se atenderá al orden de entrada de la solicitud en el registro.

3. Las personas seleccionadas conforme al criterio anterior tendrán la condición de admitidas en la actividad de autoformación solicitada y serán comunicadas de su admisión a través de su correo electrónico corporativo.

4. Las personas solicitantes podrán visualizar el estado de su solicitud en la pestaña “Mis solicitudes” en la Secretaría Virtual del ICAP.

Sexta.- Acceso a los contenidos de las actividades de autoformación certificables en la plataforma del ICAP.

1. El día de comienzo de la actividad las personas admitidas deberán acceder a la plataforma moodle https://www3.gobiernodecanarias.org/icap/campus/ donde se identificarán mediante usuario y contraseña corporativos o certificado digital.

2. Una vez el alumnado admitido haya accedido a dicha plataforma dentro del espacio denominado “Mis cursos” podrá visualizar las actividades de autoformación aquí convocadas el día de su inicio.

3. Si accediera por primera vez a la plataforma moodle del ICAP deberá validarse con al menos tres días de antelación (realizada esta operación, aparecerá en la parte superior derecha su nombre).

4. Podrá remitir sus consultas o incidencias al respecto a la cuenta de correo electrónico aulavirtual.formacion@gobiernodecanarias.org

Séptima.- Certificado.

1. El ICAP podrá otorgar certificado de aprovechamiento al alumnado que acredite un conocimiento adecuado en la actividad autoformativa a través de la realización de las pruebas establecidas en las materias objeto de esta convocatoria.

2. Una vez esté disponible el certificado correspondiente en la Secretaría Virtual del portal web del ICAP, el alumnado será informado por correo electrónico de este extremo y del procedimiento establecido para su descarga.

3. Al tiempo de emisión de los certificados que correspondan, será remitida dicha información a la Dirección General de la Función Pública para su constancia en la vida administrativa.

Octava.- Prueba de evaluación.

La prueba de evaluación consistirá en un cuestionario tipo test con 10 preguntas. Las preguntas formuladas tendrán 3 respuestas alternativas, siendo solo una la correcta. Las preguntas no contestadas y las respuestas erróneas no penalizan.

Para obtener el certificado de esta actividad es necesario haber superado la prueba con un mínimo de 5 respuestas correctas, pudiendo realizar un máximo de tres intentos del test.

Novena.- Cláusula de modificación.

Las actividades formativas se desarrollarán con la duración y en las fechas señaladas.

La persona titular del ICAP podrá ampliar y suspender las actividades formativas, modificar las bases de la convocatoria, fechas, duración, modalidad, lugar de impartición, cuando circunstancias suficientemente justificadas así lo aconsejen y condicionado a la disponibilidad de crédito suficiente, notificándose previamente a las personas admitidas.

Décima.- Derechos de inscripción y financiación.

Las actividades formativas que se convocan por la presente Resolución son de carácter gratuito al estar financiadas íntegramente por los Fondos del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018. Los gastos que generen estos cursos se harán con cargo a la partida 43.01.921G.229.99.00 Otros gastos corrientes no tipificados. Esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para hacer frente a los gastos que de ella se derive

Undécima.- Protección de datos.

La inscripción en la presente convocatoria implica el consentimiento de las personas participantes a ceder los datos estrictamente necesarios a los responsables de formación para que gestionen las acciones formativas, con la única finalidad de establecer la comunicación necesaria para la correcta realización de las actividades formativas convocadas. La supresión de la cesión de datos implicará la imposibilidad de realizar las actividades formativas y, por tanto, de continuar con la formación y de certificar la participación.

Decimosegunda.- Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción de lo Contencioso-administrativo a interponer en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición ante el Instituto Canario de Administración Pública en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de noviembre de 2022.- La Directora, Eva de Anta de Benito.

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