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BOC Nº 222. Jueves 10 de noviembre de 2022 - 3382

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

3382 ORDEN de 27 de octubre de 2022, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024.

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BOC-A-2022-222-3382. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente de modificación de la Orden de 21 de diciembre de 2020, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024 tramitado por la Secretaría General Técnica del Departamento.

Vista la propuesta de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones formulada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 14 de octubre de 2022, y teniendo en cuenta los siguientes:

I. ANTECEDENTES

1. Por Decreto 127/2014, de 23 de diciembre, se aprobó e implementó el Sistema de información económico-financiera y logística de la Comunidad Autónoma de Canarias, con la denominación SEFlogiC (BOC de 31.12.2014), en el cual se registran todas las operaciones de naturaleza presupuestaria, económica, financiera, patrimonial y de tesorería de los órganos y unidades de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como organismos autónomos y entes con presupuesto limitativo o estimativo que conforman el sector público autonómico, de acuerdo con las especificaciones técnicas del sistema.

2. Por Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 21 de diciembre de 2020, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024 (BOC nº 269, de 30.12.2020), posteriormente modificado por las Órdenes de 24 de febrero de 2021 (BOC nº 45, de 5.3.2021), de 25 de mayo de 2021 (BOC nº 112, de 2.6.2021), de 26 de julio de 2021 (BOC nº 161, de 5.8.2021), de 24 de septiembre de 2021 (BOC nº 205, de 6.10.2021) y 30 de marzo de 2022 (BOC nº 72, de 12.4.2022) de la mencionada Consejería.

3. Posteriormente a las citadas Órdenes, se ha incluido dentro del módulo de subvenciones del SEFlogiC un nuevo apartado dedicado a los planes estratégicos de subvenciones, con el fin de realizar un seguimiento más eficaz de las diferentes actuaciones.

4. La estructuración del Plan Estratégico de Subvenciones de SEFlogiC se basa en los siguientes elementos:

• Línea de actuación.

• Tipo de financiación.

• Objetivos y efectos.

• Posición presupuestaria.

• Coste estimado.

• Forma de concesión.

• Régimen de seguimiento y evaluación.

Sin embargo, el presente Plan Estratégico de Subvenciones se estructura en función de la financiación en torno a líneas de crédito (elemento PEP), dentro de las cuales se incluyen las diferentes actuaciones a realizar.

Como consecuencia de ello, surge la necesidad de adaptar el presente Plan a la estructura determinada en SEFlogiC, agrupando las diferentes actuaciones en líneas de actuación, e incluyendo para cada una de ellas los diferentes elementos (tipo de financiación, objetivos, posición presupuestaria, coste para la anualidad 2022, etc.).

Se trata, por tanto, de un cambio en cuanto a la forma o estructuración, no de adición de nuevas actuaciones, que siguen siendo sustancialmente las mismas.

Asimismo, debido a que se han producido diversas transferencias y generaciones de crédito, se ha actualizado el coste de las actuaciones afectadas.

5. Se actualiza con la mencionada medida el anexo denominado “Descripción de las actuaciones, objetivos, coste estimado e indicadores”.

6. En la Secretaría General Técnica de este Departamento se ha recibido propuesta de la Dirección del Servicio Canario de Empleo en la que se solicita actualizar el Plan Estratégico 2021-2024, en su anualidad 2022, en los términos anteriormente citados, siendo el desglose del mismo el que se incluye en el anexo.

7. Resulta preceptiva la emisión de informe previo de la Dirección General competente en materia de presupuesto en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.5 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, informe que se ha emitido, con fecha 26 de octubre de 2022 en sentido favorable.

A los que son de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberían concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.

Tercera.- El artículo 6.1 del mencionado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que “se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de su órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados”.

Cuarta.- En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 6.1 del mencionado Decreto, y con el objeto de dar continuidad a las actuaciones que viene desarrollando el Servicio Canario de Empleo, procede la modificación de dicho Plan.

Quinta.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y con el contenido que marca el artículo 7 del citado Decreto.

Sexta.- La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, dispone en el artículo 31.1.a), en relación con el artículo 16.1, que los planes estratégicos de subvenciones deben ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.

Séptima.- De acuerdo con el artículo 7.5 del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en relación con el artículo 8 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, este Departamento asume las competencias en materia de empleo que tenía atribuidas la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda.

Vistas las normas anteriormente citadas, la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, y las demás de aplicación.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

RESUELVO:

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024, en cuanto a la anualidad 2022, en los términos propuestos y cuyo detalle se incluye en el anexo denominado “Descripción de las Actuaciones, Objetivos, Coste Estimado e Indicadores”.

Segundo.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024 aprobado por Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 21 de diciembre de 2020 (BOC nº 269, de 30.12.2020), posteriormente modificado por las Órdenes de 24 de febrero de 2021 (BOC nº 45, de 5.3.2021), de 25 de mayo de 2021 (BOC nº 112, de 2.6.2021), de 26 de julio de 2021 (BOC nº 161, de 5.8.2021), de 24 de septiembre de 2021 (BOC nº 205, de 6.10.2021) y 30 de marzo de 2022 (BOC nº 72, de 12.4.2022) de la mencionada Consejería.

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de octubre de 2022.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
CONOCIMIENTO Y EMPLEO,
Elena Máñez Rodríguez.

ANEXO: DESCRIPCIÓN DE LAS ACTUACIONES, OBJETIVOS, COSTE ESTIMADO E INDICADORES

Ver anexo en las páginas 43231-43241 del documento Descargar

OBSERVACIONES:

En el detalle de actuaciones previstas se ha tenido en cuenta lo siguiente:

En las actuaciones de financiación estatal, es necesario tener en cuenta:

Bloque A: vincula las líneas 50400037, 50400039, 50400040, 50400041 y 50400042.

Bloque B: vincula las líneas 50400001, 50400010, 504G368 y 500G0022; además tiene Cap. 2 de Gtos de formación de personas trabajadoras desempleadas y ocupadas.

El Capítulo 4 del Organismo se completa con otras transferencias que no se incluyen por no ser subvenciones. Se trata del P.I./L.A. 23460702 “Recursos, sentencias judiciales y discrepancias”, por 121.353,00 euros; el PI./L.A. 15401101 “Transferencias a la Fundación Canaria para el Fomento del Trabajo”, por importe de 480.000 euros; el P.I./L.A 504G0473 “Transferencia a FUNCATRA OBECAN” importe 357.000 euros, el P.I./ L.A. 500G0025 “Reintegro Subvención PIEC” por importe 220.037,59 euros, el P.I./L.A 500G0027 “Reintegro subvención sectorial” y el 504G1055 “Transferencias a la CAC” por importe 44.768.058,96 euros.

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