Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 215. Lunes 31 de octubre de 2022 - 3264

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

3264 ORDEN de 20 de octubre de 2022, por la que se declara desierta la convocatoria efectuada mediante Resolución de 29 de marzo de 2022, de la Secretaría General Técnica, para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo nº 15288, denominado Secretario/a Territorial de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife.

2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 167 Kb.
BOC-A-2022-215-3264. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente para la provisión de un puesto de trabajo en este Departamento, y teniendo en cuenta la propuesta del Secretario General Técnico y los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución de la Secretaría General Técnica de 29 de marzo de 2022 (BOC nº 68, de 6 de abril) se convocó para la provisión, por el procedimiento de libre designación, el puesto de trabajo nº 15288, denominado Secretario/a Territorial de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife, adscrito a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Segundo.- Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, de conformidad con la base quinta de la citada convocatoria, la Dirección General de la Función Pública emite informe, de fecha 9 de junio de 2022, relativo al cumplimiento de los requisitos legal y reglamentariamente establecidos para la adjudicación del puesto convocado por parte de las personas aspirantes al mismo, en el que se indica que solo uno de los dos cumple los requisitos exigidos para el desempeño del puesto a proveer en la convocatoria.

Tercero.- Con fecha 7 de octubre de 2022, el aspirante que podría ser designado para ocupar el puesto presenta su renuncia a la participación en el procedimiento de provisión por libre designación, por lo que procede declarar desierta la convocatoria.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Observado debidamente el procedimiento legalmente establecido, regulado en los artículos 18, 19, 20 y 21 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- La base séptima de la mencionada Resolución de la Secretaría General Técnica señala que se declarará desierta la convocatoria cuando no concurra personal funcionario o, de concurrir, no reúna los requisitos establecidos en la misma.

De acuerdo con todo lo anterior, y en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 29.1.c) de la Ley territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, así como la base sexta de la convocatoria,

RESUELVO:

Primero.- Declarar desierta la convocatoria efectuada por Resolución de 29 de marzo de 2022, de la Secretaría General Técnica, para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo nº 15288, denominado Secretario/a Territorial de la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife, adscrito a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, al no haberse cumplido los requisitos de participación.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo competentes, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándose que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de octubre de 2022.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Manuela de Armas Rodríguez.

© Gobierno de Canarias