Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 146. Lunes 25 de julio de 2022 - 2467

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. Otras Resoluciones - Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos

2467 ORDEN conjunta de 21 de julio de 2022, por la que se aprueba la constitución y estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, previstas en el Instrumento de Planificación Estratégico de dicha Consejería, aprobado el 21 de abril de 2022 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU».

136 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 1129.34 Kb.
BOC-A-2022-146-2467. Firma electrónica - Descargar

El Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19, ha establecido disposiciones generales en relación con las actuaciones financiables con los fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation), en particular, de los dos instrumentos de mayor volumen de este: el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).

El citado Decreto Ley, no obstante, queda derogado en virtud de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC nº 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Esta Ley, en vigor desde el pasado día 5 de agosto, mantiene la vigencia de las disposiciones finales segunda a sexta, ambas inclusive, del mencionado Decreto ley.

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es el elemento central de Next Generation EU, y está dotado con 672.500 millones de euros de los que 360.00 millones se destinarán a préstamos y 312.500 millones se constituirán como transferencias no reembolsables. Tiene por objetivo mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus y hacer que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y estén mejor preparadas para los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.

REACT-EU es una nueva iniciativa, dotada de 47.500 millones de euros, que continúa y amplía las medidas de respuesta y reparación de crisis que se han aplicado mediante la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus y la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus Plus. En concreto, tiene por objeto contribuir a una recuperación ecológica, digital y resiliente de la economía, y sus fondos se pondrán a disposición del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del Fondo Social Europeo (FSE) y del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD).

Para garantizar la adecuada gestión y ejecución de los proyectos que se financien con cargo a fondos europeos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que el Consejo de Ministros ha aprobado el 27 de abril de 2021, la Ley 4/2021, de 2 de agosto (como anteriormente hacía el Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo), en su artículo 13, posibilita la creación de unidades administrativas de carácter provisional (UAP).

El apartado 1, párrafo primero, del artículo 9 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC nº 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, como ya hiciera el mismo artículo del Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, preceptúa que los departamentos y sus organismos dependientes o, en su caso, los centros directivos encargados de la gestión de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU», elaborarán un instrumento de planificación estratégica (IPE) para la gestión de los mismos en el plazo de dos meses a contar desde su entrada en vigor. Dicho IPE quedará vinculado a la aprobación de aquellos fondos.

De acuerdo con el apartado 2, párrafo segundo, del citado artículo 9, en lo que se refiere a la organización administrativa y las estructuras de personal, el IPE requiere el informe favorable previo de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública. Dichos informes fueron emitidos con fecha 25 de febrero y 14 de marzo de 2022 (la primera de las Direcciones Generales citadas) y 23 de marzo de 2022, por la Dirección General de la Función Pública.

En sesión celebrada el 21 de abril de 2022, la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 3.3.b) de la Ley 4/2021, previa su negociación en Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria, aprobó el Instrumento de Planificación Estratégico (IPE) de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.

El artículo 13.2 de la tantas veces citada Ley 4/2021, prevé que, una vez aprobado el Instrumento de Planificación Estratégica, a propuesta conjunta de las Direcciones Generales de Función pública y de Planificación y Presupuesto, previa iniciativa de la persona titular de la Secretaría General Técnica correspondiente, mediante Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos se aprobará la constitución de las correspondientes Unidades administrativas de carácter provisional (UAPs), en la que deberán quedar definidos (artículo 14 de la Ley), los puestos de trabajo y perfiles profesionales de dichas Unidades, en unos casos mediante la creación de puestos coyunturales que resulten necesarios, y en otros mediante modificación de puestos de trabajo cuyas funciones queden vinculadas directamente a las funciones encomendadas a dichas Unidades.

Conforme a las previsiones del citado precepto, mediante escrito de fecha 9 de junio de 2022, la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad formula iniciativa en orden a la constitución de las Unidades administrativas de carácter provisional previstas en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, así como a la dotación de las mismas, mediante la creación de los puestos de trabajo de carácter coyuntural previstos en el IPE aprobado el 21 de abril de 2022, así como mediante la modificación de algunos puestos de carácter estructural, igualmente de conformidad con lo previsto en el citado Instrumento.

En su virtud, visto el contenido del Instrumento de Planificación Estratégico aprobado el 21 de abril de 2022 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU»; vista la propuesta conjunta formulada por las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, en su sesión del día 6 de julio de 2022, y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC nº 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, los Consejeros de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos,

RESUELVEN:

Primero.- Aprobar la constitución de las siguientes Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAPs) en la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad previstas en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicha Consejería, aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU» en su sesión del 21 de abril de 2022:

1.- VICECONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y TRANSPARENCIA.

• UAP Subdirección de Contratación.

• UAP Subdirección Tecnológica.

2.- SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA.

• UAP Subdirección de Gestión, Seguimiento y Control de los Fondos.

Segundo.- Las citadas Unidades Administrativas de carácter Provisional quedan constituidas por el plazo que exija la ejecución de los proyectos financiados con fondos del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU), previéndose inicialmente una vigencia de las mismas hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de su posible ampliación por las mismas causas que justificaron su creación, o de su posible extinción antes de dicho plazo, como consecuencia de la finalización de las acciones relacionadas con la ejecución y seguimiento de los Proyectos gestionados. Transcurrido el plazo señalado, y de conformidad con lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC nº 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, los puestos de trabajo provenientes de la relación de puestos de trabajo adscritos a las unidades administrativas provisionales, serán reasignados a sus respectivas unidades de origen.

Tercero.- La estructura organizativa de las citadas Unidades Administrativas de carácter Provisional será la que para cada una de ellas se refleja en el Anexo I a esta Orden.

Cuarto.- Para el adecuado ejercicio de las funciones atribuidas a las mismas, las Unidades Administrativas de carácter Provisional que por esta Orden se constituyen contarán inicialmente con los puestos de trabajo de carácter coyuntural que se contienen en el Anexo II de esta Orden.

Quinto.- A fin de garantizar el adecuado desarrollo de los proyectos del Departamento financiados con los Fondos Next Generation EU, se refuerzan determinados Servicios horizontales de la Secretaría General Técnica, así como los Centros Directivos responsables de su gestión y ejecución, mediante la creación de los puestos coyunturales que se reflejan en el Anexo III de esta Orden.

Sexto.- Modificar, exclusivamente en cuanto a las retribuciones complementarias correspondientes, determinados puestos de trabajo de carácter estructural de la Secretaría General Técnica del Departamento, en los términos del Anexo IV.

Séptimo.- A resultas de las creaciones y modificaciones detalladas en los anexos a que se refieren los apartados precedentes, y de la adecuación de la estructura organizativa interna resultante de las mismas, una vez consolidadas todas ellas, la estructura organizativa de los Centros Directivos de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad afectados por las mismas queda en los términos que reflejan los siguientes anexos de esta Orden:

Anexo V (Viceconsejería de Administraciones Públicas y Transparencia).

Anexo VI (Dirección General de Transparencia y Participación Ciudadana).

Anexo VII (Dirección General de la Función Pública).

Anexo VIII (Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías).

Anexo IX (Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios).

Anexo X (Secretaría General Técnica).

Anexo XI (Dirección General de Seguridad y Emergencias).

Octavo.- Disponer la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de julio de 2022.

EL CONSEJERO DE ADMINISTRACIONES
PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Julio Manuel Pérez Hernández.

EL CONSEJERO DE HACIENDA,
PRESUPUESTOS Y ASUNTOS EUROPEOS,
Román Rodríguez Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 27409-27540 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias