Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 135. Viernes 8 de julio de 2022 - 2291

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

V. Anuncios - Otros anuncios - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

2291 Servicio Canario de Empleo.- Extracto de la Resolución de 29 de junio de 2022, de la Presidenta, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación del programa de prácticas no laborales en empresas “Practícate”, en régimen de concurrencia competitiva mediante procedimiento simplificado, correspondiente al ejercicio 2022.

3 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 213.56 Kb.
BOC-A-2022-135-2291. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 636800.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/636800)

Primero.- Beneficiarios.

Cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, así como también comunidad de bienes con capital íntegramente privado, que desarrolle una actividad empresarial acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, con centro de trabajo en Canarias, que previa firma de un Convenio de prácticas no laborales con el SCE en el marco del Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre (conforme al modelo que consta en el Anexo II a la presente Resolución), suscriban acuerdos con personas jóvenes para la realización de prácticas no laborales.

Segundo.- Objeto.

Convocar subvenciones destinadas a la financiación del programa de prácticas no laborales en empresas “Practícate” correspondiente al ejercicio 2022, en régimen de concurrencia competitiva, mediante procedimiento simplificado, destinadas a compensar a las empresas por el coste de la beca que se abone a las personas jóvenes participantes en el programa, con la finalidad de promover y potenciar la realización de prácticas no laborales en Canarias de personas jóvenes para mejorar su empleabilidad. La beca que reciba la persona joven no podrá ser inferior al ciento veinte por cien (120%) del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) mensual vigente en cada momento siendo subvencionable el ochenta por cien (80%) del IPREM mensual vigente en cada momento, por cada mes de prácticas no laborales.

Tercero.- Bases reguladoras.

• Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, de fecha 17 de enero de 2020, mediante la que se aprueban las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de subvenciones destinadas a la financiación del programa de prácticas no laborales en empresas “Practícate”, en régimen de concurrencia competitiva, mediante procedimiento simplificado (BOC nº 19, de 29.1.2020).

• Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, de fecha 14 de diciembre de 2020, mediante la que se modifican las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de subvenciones destinadas a la financiación del programa de prácticas no laborales en empresas “Practícate”, en régimen de concurrencia competitiva, mediante procedimiento simplificado (BOC nº 268, de 29.12.2020).

• Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las prácticas no laborales en empresas.

• Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

• Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

• Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarto.- Cuantía.

Para hacer frente a las subvenciones que son objeto de la presente convocatoria existen cien mil (100.000,00) euros en la partida presupuestaria 2022.241H.470.02.00 PILA 50400001.

- Formación para desempleados. Las solicitudes se podrán presentar en dos (2) periodos de selección y hasta el importe máximo señalado de acuerdo a la siguiente distribución:

• Primer periodo: 50.000 euros.

• Segundo periodo: 50.000 euros.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes constará de 2 procedimientos:

a) Primer procedimiento: plazo de presentación de solicitudes: desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Canarias, con independencia de su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index, al 31 de agosto de 2022.

b) Segundo procedimiento: plazo de presentación de solicitudes: del 1 de septiembre al 30 de noviembre de 2022.

Sexto.- Otros datos.

1. Las solicitudes de subvención “Practícate” deberán ajustarse al modelo normalizado adjunto a la presente Resolución (Anexo I), y venir acompañadas de la documentación indicada en el punto quinto de la base novena de la Orden nº 22/2020, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, de fecha 17 de enero de 2020 (BOC nº 19, de 29.1.2020), modificada por la Orden nº 559/2020, de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, de fecha 14 de diciembre de 2020 (BOC nº 268, de 29.12.2020).

2. Además de la documentación mencionada en el punto anterior, las solicitudes deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Convenio firmado electrónicamente (Anexo II).

b) Programa Formativo / Declaración de Idoneidad (Anexo III).

c) Oferta (Anexo IV).

d) Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos, incorporado en la solicitud (Anexo I). La documentación indicada estará a disposición de los interesados en la sede electrónica del Gobierno de Canarias: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/6751, en el apartado “Enlaces de interés”.

3. La presentación de solicitudes deberá realizarse exclusivamente de forma electrónica a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/6751. En el caso de que no se presente la solicitud electrónicamente, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica, considerándose como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación, de acuerdo con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. La presentación de la solicitud de la subvención implicará la aceptación, por parte de la entidad solicitante, de las condiciones, requisitos y obligaciones contenidos en las bases reguladoras y en la presente convocatoria.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de junio de 2022.- La Presidenta, Elena Máñez Rodríguez.

© Gobierno de Canarias