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BOC Nº 121. Lunes 20 de junio de 2022 - 2050

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V. Anuncios - Otros anuncios - Sociedad para el Desarrollo Económico de Canarias, S.A. (SODECAN)

2050 ANUNCIO de 10 de junio de 2022, por el que se hace público el Acuerdo de 31 de mayo de 2022, relativo a la Oferta de Empleo Público para la estabilización del empleo temporal del personal laboral para el año 2022.

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BOC-A-2022-121-2050. Firma electrónica - Descargar

D. Matías Ayala Padrón, actuando en nombre y representación de la Sociedad para el Desarrollo Económico de Canarias, S.A., en calidad de Consejero Delegado, nombramiento y poderes que constan en la escritura de elevación a públicos de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración el día 5 de noviembre de 2019, escritura otorgada con fecha de 22 de noviembre de 2019 ante el Notario de Santa Cruz de Tenerife D. Isidoro González Barrios y que figura al nº 2777 de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de
Las Palmas de Gran Canaria, al tomo 2119, folio 171, hoja GC-22432, inscripción 69º.

EXPONE

Primero.- Que el artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, dispone:

“Adicionalmente a lo establecido en los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018, se autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estén o no dentro de las relaciones de puestos de trabajo, plantillas u otra forma de organización de recursos humanos que estén contempladas en las distintas Administraciones Públicas y estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.”

Segundo.- Que el artículo 2.2 de la citada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, establece que:

“Las ofertas de empleo que articulen procesos de estabilización del apartado 1, así como el nuevo proceso de estabilización deberán aprobarse y publicarse en los diarios oficiales respectivos antes del 1 de junio de 2022 y serán coordinadas por las Administraciones públicas competentes…”

Tercera.- Que en la disposición adicional séptima de la citada Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se dispone:

“Los preceptos contenidos en esta norma relativos a los procesos de estabilización serán de aplicación a las sociedades mercantiles públicas, entidades públicas empresariales, fundaciones del sector público y consorcios del sector público, sin perjuicio de la adecuación, en su caso, a su normativa específica.”

Cuarto.- Que la Sociedad para el Desarrollo Económico de Canarias, S.A. (SODECAN) es una sociedad mercantil pública adscrita a la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, y forma parte del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, en relación con el artículo 117 de la Ley 6/2006, de 17 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Quinto.- Que con fecha 25 de marzo de 2022 se remitió a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, y a la Dirección General de Planificación y Presupuestos, la identificación de los puestos de esta sociedad mercantil pública objeto de estabilización de empleo temporal que establece el artículo 2.1 de la
Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Posteriormente con fecha 20 de mayo de 2022 se remite nueva comunicación en sustitución de la realizada el 25 de marzo de 2022.

Sexto.- Que el 20 de mayo de 2022 se remite a la Dirección General de Planificación y Presupuesto solicitud de informe favorable para la realización de la contratación indefinida objeto de estabilización de empleo temporal, recibiéndose el 25 de mayo de 2022 el preceptivo informe favorable.

Séptimo.- Que el Consejero Delegado de la entidad , en virtud de los poderes otorgados por el Consejo de Administración, está facultado para realizar todos los trámites necesarios para el proceso de estabilización del empleo temporal de SODECAN.

En virtud de lo anteriormente expuesto, es por lo que se adoptan los siguientes

ACUERDOS

Primero.- En cumplimiento del artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público, aprobar la inclusión de la siguiente plaza de la plantilla de personal de esta sociedad mercantil que se detalla seguidamente en los procesos de estabilización de empleo previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

1 TITULADO MEDIO

Segundo.- Se proceda a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la empresa.

Y para que así conste se expide el presente Acuerdo.- Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de mayo de 2022.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de junio de 2022.- El Consejero Delegado, José Matías Ayala Padrón.

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