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BOC Nº 102. Miércoles 25 de mayo de 2022 - 1740

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos

1740 Secretaría General Técnica.- Resolución de 13 de mayo de 2022, por la que se establecen los procedimientos administrativos competencia de esta Secretaría General Técnica sujetos al sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sede electrónica y se deja sin efecto la Resolución anterior.

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BOC-A-2022-102-1740. Firma electrónica - Descargar

El artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula el derecho y la obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, pudiendo las personas físicas elegir en todo momento si se comunican a través de medios electrónicos o no para el ejercicio de sus derechos y obligaciones, salvo cuando estén obligadas a ello; y siendo obligatorio, en todo caso, para los sujetos que enumera el apartado 2 del citado artículo.

La citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece en su artículo 41 las condiciones generales para la práctica de las notificaciones, dándole preferencia a la práctica de la notificación por medios electrónicos, que será obligatoria en los casos en que exista la obligación de relacionarse de esta forma con la Administración. Además y aunque la notificación se practique en papel, de conformidad con el artículo 42 de dicha Ley, las notificaciones deberán ser puestas a disposición del interesado en la sede electrónica de la Administración actuante para que pueda acceder al contenido de las mismas de forma voluntaria.

El artículo 43.1 de la mencionada Ley regula las notificaciones por medios electrónicos y establece que las mismas se practicarán mediante comparecencia en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante, a través de la dirección electrónica habilitada única o mediante ambos sistemas, según disponga cada Administración u Organismo. Asimismo define la notificación por comparecencia en sede como el acceso por el interesado o su representante debidamente identificado al contenido de la notificación.

En el ámbito de nuestra administración autonómica, el Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, regula en su Capítulo sexto las comunicaciones y las notificaciones electrónicas, cuyo artículo 34 dispone que se podrán utilizar otros medios de notificación electrónica distintos a los previstos en el artículo 33, siempre que se cumplan determinadas exigencias técnicas.

Por la Orden de 9 de mayo de 2016 se regula el sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sedes electrónicas en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes, que establece en su artículo 3.5 que “Mediante Resolución de los centros directivos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus organismos públicos dependientes, competentes en el ámbito material de que se trate, se establecerán las actuaciones administrativas que pueden ser objeto de notificación a través de este sistema. La citada resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias y en la sede electrónica correspondiente”.

Al amparo de la citada normativa, mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda nº 680, de 13 de noviembre de 2018, se establecieron los procedimientos administrativos de la Secretaría sujetos al sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sede electrónica.

Dado el tiempo transcurrido desde la citada Resolución se hace preciso actualizar la relación de procedimientos competencia de la Secretaría que están sujetos a la notificación por comparecencia en sede.

La Secretaría General Técnica ostenta las competencias que le confieren el artículo 22 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Hacienda, aprobado por Decreto 86/2016, de 11 de julio, el artículo 15 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, sin perjuicio de las demás que tenga atribuidas en normas sectoriales o transversales, así como tiene delegada diversas competencias en la Orden de 7 de julio de 2020, de delegación de competencias de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 147, de 22 de julio de 2020, y modificada por Orden de 25 de junio de 2021.

A la vista del citado régimen competencial de esta Secretaría y de la generalización del uso del sistema de notificación electrónica mediante la comparecencia en sede electrónica en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuya aplicación exige la previa Resolución del órgano competente, se hace necesario actualizar la relación de procedimientos y actuaciones administrativas que se pueden notificar por este sistema, dejando sin efecto la anterior Resolución, para refundir en una única Resolución el conjunto de las actuaciones administrativas que se notificarán por este sistema.

Considerando, por tanto, que el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, permite la notificación por medios electrónicos mediante la comparecencia en la sede electrónica de la Administración actuante y que la Orden de 9 de mayo de 2016, por la que se regula el sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sedes electrónicas en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus organismos públicos dependientes, exige en su artículo 3.5 que las actuaciones administrativas que se vayan a notificar por este sistema deberán establecerse en una Resolución que deberá publicarse en la sede electrónica y en el Boletín Oficial de Canarias.

En su virtud, en uso de las competencias que tengo conferidas,

RESUELVO:

Primero.- Establecer, en el anexo de esta Resolución, los procedimientos y las actuaciones administrativas de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos sujetas al sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sede electrónica.

Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda nº 680, de 13 de noviembre de 2018, por la que se establece un procedimiento administrativo sujeto al sistema de notificación electrónica mediante comparecencia en sede electrónica.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta Resolución en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, que surtirá efectos desde dicha publicación. Además, se publicará en el Boletín Oficial de Canarias para general conocimiento.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, concluyendo el mismo día en que se produjo la publicación, en el mes de vencimiento, conforme a lo previsto en los artículos 30, 121 y 122 
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de mayo de 2022.- La Secretaria General Técnica, María del Carmen Gonzálvez Casanova.

Ver anexo en las páginas 19960-19961 del documento Descargar

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