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BOC-A-2022-094-1613.
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BDNS (Identif.): 622001.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/622001).
Se modifica el contenido del apartado cuatro de la base primera de la convocatoria, quedando su contenido como sigue:
“1.4. No podrán concurrir a la convocatoria:
a ) Las personas contratadas ULL “Agustín de Betancourt”.
b) Las personas con contrato laboral temporal con cargo a proyectos de investigación.
c) Los/as profesores asociados/as.
d) Las personas con contrato laboral de interinidad.
e) Las personas con contrato predoctoral.
f) Las personas contratadas en el marco del programa posdoctoral de formación de personal investigador “Catalina Ruiz”.
g) Las personas contratadas en el marco de la convocatoria de personal investigador posdoctoral junior 2021, financiada por la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, Campus de excelencia internacional, CEI-Canarias.
h) Las personas contratadas en el marco de la convocatoria de personal investigador posdoctoral junior 2021 financiada por el Ministerio de Ciencia e Innovación (M-ULL).”
Se modifica el contenido del apartado segundo de la base segunda de la convocatoria quedando su redacción como sigue:
“2.2. La concesión de dotación económica a los proyectos que no se enmarquen en las áreas CEI de Biomedicina y Ciencias y Tecnologías Marinas y Marítimas, se asignará siguiendo las siguientes normas:
En primer lugar, se concederá dotación económica al proyecto que obtengan mayor puntuación en cada una de las cinco ramas de conocimiento: Arquitectura e Ingeniería, Ciencias, Ciencias de la Salud, Artes y Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas.
En el caso de que en una rama de conocimiento no pueda asignarse un proyecto de acuerdo a lo señalado en el párrafo anterior, se asignará dotación económica al proyecto que obtenga mayor puntuación independientemente de la rama de conocimiento.
En segundo lugar, se concederá dotación económica a los proyectos que obtengan mayor puntuación independientemente de la rama de conocimiento.”
Dado que esta modificación no amplía el número de solicitantes que pueden presentar solicitud sino por el contrario, amplía la relación de personas contratadas por la ULL que quedan excluidas de la convocatoria, y que la modificación del punto 2.2 no afecta al número de potenciales interesados, la presente modificación de la convocatoria no conlleva la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de que alguna persona contratada en el marco de las convocatorias incluidas en la base 1.4 por la presente modificación haya presentado solicitud, la misma quedará excluida del procedimiento.
San Cristóbal de La Laguna, a 4 de mayo de 2022.- El Vicerrector de Investigación, Transferencia y Campus Santa Cruz y Sur (p.d. Resolución de 27.6.2019, BOC nº 131, de 10.7.2019), Ernesto Pereda de Pablo.
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