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BOC Nº 086. Martes 3 de mayo de 2022 - 1460

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda

1460 Instituto Canario de la Vivienda.- Resolución de 21 de abril de 2022, del Presidente, de corrección de errores de las Resoluciones de 18 de septiembre de 2020 (BOC nº 196, de 24.9.2020); de 3 de noviembre de 2020 (BOC nº 229, de 9.11.2020); de 21 de diciembre de 2020 (BOC nº 269, de 30.12.2020); de 22 de diciembre de 2020 (BOC nº 270, de 31.12.2020); de 28 de junio de 2021 (BOC nº 137, de 6.7.2021); de 13 de agosto de 2021 (BOC nº 182, de 6.9.2021); de 21 de septiembre de 2021 (BOC nº 204, de 5.10.2021); de 6 de octubre de 2021 (BOC nº 217, de 20.10.2021); de 10 de noviembre de 2021 (BOC nº 241, de 24.11.2021); de 10 de noviembre de 2021 (BOC nº 244, de 29.11.2021); de 20 de diciembre de 2021 (BOC nº 8, de 12.1.2022); y de 22 de diciembre de 2021 (BOC nº 11, de 17.1.2022), de concesión directa condicionada de ayuda para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual a solicitudes presentadas los días 11, 14, 15, 18, 19, 22, 25, 26, 28 y 29 de mayo de 2020 y los días 3 y 10 de junio de 2020.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resoluciones de 18 de septiembre de 2020 (BOC nº 196, de 24.9.2020); 3 de noviembre de 2020 (BOC nº 229, de 9.11.2020); 21 de diciembre de 2020 (BOC nº 269, de 30.12.2020); 22 de diciembre de 2020 (BOC nº 270, de 31.12.2020); 28 de junio de 2021 (BOC nº 137, de 6.7.2021); 13 de agosto de 2021 (BOC nº 182, de 6.9.2021); 21 de septiembre de 2021 (BOC nº 204, de 5.10.2021); 6 de octubre de 2021 (BOC nº 217, de 20.10.2021); 10 de noviembre de 2021 (BOC nº 241, de 24.11.2021); 10 de noviembre de 2021 (BOC nº 244, de 29.11.2021); 20 de diciembre de 2021 (BOC nº 8, de 12.1.2022); 22 de diciembre de 2021 (BOC nº 11, de 17.1.2022), del Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, se resolvió conceder de manera directa condicionada ayuda para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual a solicitudes presentadas los días 11, 14, 15, 18, 19, 22, 25, 26, 28 y 29 de mayo de 2020 y los días 3 y 10 de junio de 2020, que se relacionaban en el Anexo I de las citadas Resoluciones, por los importes y los plazos que se indicaban.

Segundo.- Una vez publicadas las anteriores Resoluciones, por los servicios tramitadores se detectan errores materiales en determinados expedientes de solicitantes a la hora de establecer la fecha de presentación de la solicitud con la documentación debidamente cumplimentada, en los términos indicados en el artículo noveno de la Resolución de 3 de mayo de 2020 (BOC nº 89, de 7.5.2020), del Presidente, por la que se resuelve iniciar la tramitación del procedimiento de concesión directa de las ayudas, en tanto que dichos solicitantes no habían sido incluidos en los anexos de las Resoluciones del Presidente de concesión directa condicionada de acuerdo con el día en que su solicitud debía ser resuelta, ni en ninguna otra de las Resoluciones dictadas hasta la fecha, por aplicación de lo establecido en el artículo duodécimo de la citada Resolución de 3 de mayo de 2020, a saber:

Solicitante del día 11 de mayo de 2020.

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Solicitante del día 14 de mayo de 2020.

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Solicitantes del día 15 de mayo de 2020.

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Solicitantes del día 18 de mayo de 2020.

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Solicitantes del día 19 de mayo de 2020.

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Solicitantes del día 22 de mayo de 2020.

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Solicitantes del día 25 de mayo de 2020.

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Solicitante del día 26 de mayo de 2020.

Ver anexo en la página 16965 del documento Descargar

Solicitante del día 28 de mayo de 2020.

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Solicitante del día 29 de mayo de 2020.

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Solicitantes del día 3 de junio de 2020.

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Solicitante del día 10 de junio de 2020.

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FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Es competente para resolver el Presidente del Instituto Canario de la Vivienda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2.i) de los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda, aprobados por Decreto 152/2008, de 7 de julio. Asimismo, es competente para proponer la Directora del Instituto que tiene atribuida la función de proponer al Presidente la concesión de ayudas y subvenciones [artículo 10.1.n)] de los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda.

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Tercero.- Según jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo en relación con la corrección de errores materiales, se consideran tales los que reúnan las siguientes características:

1º) Que no requieran para apreciarlos acudir a una operación de valoración jurídica o de interpretación de preceptos del ordenamiento jurídico.

2º) Debe bastar para su apreciación los datos del expediente administrativo en el que se advierte.

3º) La apreciación del error no puede llevar a la anulación del acto, dictándose otro sobre bases diferentes y sin las debidas garantías para el afectado.

En el presente caso concurren las circunstancias referidas.

De conformidad con los hechos y fundamentos de derecho expuestos y en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 7.2.i) del Decreto 152/2008, de 7 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda,

RESUELVO:

Primero.- Corregir el error material en la Resolución de 18 de septiembre de 2020, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 196, de 24 de septiembre de 2020, en el siguiente sentido:

- Añadir el procedimiento 158/2020-0529201337 al Anexo I de la Resolución de 18 de septiembre de 2020, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16967 del documento Descargar

Segundo.- Corregir el error material en la Resolución de 3 de noviembre de 2020, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 229, de 9 de noviembre de 2020, en el siguiente sentido:

- Añadir el procedimiento 17017/2020-0612104353 al Anexo I de la Resolución de 3 de noviembre de 2020, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

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Tercero.- Corregir el error material en la Resolución de 21 de diciembre de 2020, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 269, de 30 de diciembre de 2020, en el siguiente sentido:

1.- Añadir el procedimiento 304/2020-0602183325 al Anexo I de la Resolución de 21 de diciembre de 2020, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16967 del documento Descargar

2.- Añadir el procedimiento 17529/2020-0617103418 al Anexo I de la Resolución de 21 de diciembre de 2020, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16968 del documento Descargar

3.- Añadir el procedimiento 17919/2020-0619135736 al Anexo I de la Resolución de 21 de diciembre de 2020, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16968 del documento Descargar

4.- Añadir el procedimiento 17924/2020-0619135738 al Anexo I de la Resolución de 21 de diciembre de 2020, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16968 del documento Descargar

Cuarto.- Corregir el error material en la Resolución de 22 de diciembre de 2020, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 270, de 31 de diciembre de 2020, en el siguiente sentido:

1.- Añadir el procedimiento 17019/2020-0612104354 al Anexo I de la Resolución de 22 de diciembre de 2020, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16968 del documento Descargar

2.- Añadir el procedimiento 17898/2020-0619100244 al Anexo I de la Resolución de 22 de diciembre de 2020, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16968 del documento Descargar

3.- Añadir el procedimiento 18943/2020-0626183624 al Anexo I de la Resolución de 22 de diciembre de 2020, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16969 del documento Descargar

4.- Añadir el procedimiento 17889/2020-0619100238 al Anexo I de la Resolución de 22 de diciembre de 2020, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16969 del documento Descargar

Quinto.- Corregir el error material en la Resolución de 28 de junio de 2021, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 137, de 6 de julio de 2021, en el siguiente sentido:

1.- Añadir el procedimiento 21052/2020-0717082222 al Anexo I de la Resolución de 28 de junio de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16969 del documento Descargar

2.- Añadir el procedimiento 17956/2020-0619135801 al Anexo I de la Resolución de 28 de junio de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16969 del documento Descargar

3.- Añadir el procedimiento 11153/2020-0609210855 al Anexo I de la Resolución de 28 de junio de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16969 del documento Descargar

Sexto.- Corregir el error material en la Resolución de 13 de agosto de 2021, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 182, de 6 de septiembre de 2021, en el siguiente sentido:

1.- Añadir el procedimiento 17028/2020-0612104401 al Anexo I de la Resolución de 13 de agosto de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16970 del documento Descargar

2.- Añadir el procedimiento 22248/2020-0729105603 al Anexo I de la Resolución de 13 de agosto de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16970 del documento Descargar

Séptimo.- Corregir el error material en la Resolución de 21 de septiembre de 2021, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 204, de 5 de octubre de 2021, en el siguiente sentido:

1.- Añadir el procedimiento 58/2021-0820103242 al Anexo I de la Resolución de 21 de septiembre de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16970 del documento Descargar

2.- Añadir el procedimiento 20507/2020-0710193319 al Anexo I de la Resolución de 21 de septiembre de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16970 del documento Descargar

Octavo.- Corregir el error material en la Resolución de 6 de octubre de 2021, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 217, de 20 de octubre de 2021, en el siguiente sentido:

- Añadir el procedimiento 10311/2020-0609200442 al Anexo I de la Resolución de 6 de octubre de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16971 del documento Descargar

Noveno.- Corregir el error material en la Resolución de 10 de noviembre de 2021, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 241, de 24 de noviembre de 2021, en el siguiente sentido:

- Añadir el procedimiento 22281/2020-0729132019 al Anexo I de la Resolución de 10 de noviembre de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

Ver anexo en la página 16971 del documento Descargar

Décimo.- Corregir el error material en la Resolución de 10 de noviembre de 2021, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 244, de 29 de noviembre de 2021, en el siguiente sentido:

- Añadir el procedimiento 20489/2020-0710193310 al Anexo I de la Resolución de 10 de noviembre de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

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Decimoprimero.- Corregir el error material en la Resolución de 20 de diciembre de 2021, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 8, de 12 de enero de 2022, en el siguiente sentido:

1.- Añadir el procedimiento 22538/2020-0731141108 al Anexo I de la Resolución de 20 de diciembre de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

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2.- Añadir el procedimiento 22507/2020-0731073923 al Anexo I de la Resolución de 20 de diciembre de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

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Decimosegundo.- Corregir el error material en la Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Presidente, por la que se resolvió conceder las solicitudes de ayuda directa para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 11, de 17 de enero de 2022, en el siguiente sentido:

- Añadir el procedimiento 21546/2020-0722095302 al Anexo I de la Resolución de 22 de diciembre de 2021, del Presidente, de concesión directa condicionada de ayuda con los siguientes datos:

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Decimotercero.- Que se proceda a la notificación de la presente Resolución, mediante la publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Instituto Canario de la Vivienda y en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Presidente del Instituto Canario de la Vivienda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

En lugar del recurso potestativo de reposición, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria (sede de la Presidencia del Instituto Canario de la Vivienda), en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

En el supuesto de que se hubiera optado por interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, como así dispone el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

De acuerdo con lo expuesto propongo.- La Directora del Instituto Canario de la Vivienda, María Isabel Santana Marrero. De conformidad con lo propuesto resuelvo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de abril de 2022.- El Presidente, Sebastián Franquis Vera.

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