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BOC Nº 076. Miércoles 20 de abril de 2022 - 1301

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Turismo, Industria y Comercio

1301 ORDEN de 7 de abril de 2022, por la que se convoca el procedimiento selectivo para la provisión del puesto de “Director/a de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos” de los proyectos con cargo al Instrumento Europeo “Next Generation EU”, de esta Consejería.

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BOC-A-2022-076-1301. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente para la provisión del puesto nº 12925910, denominado “Director/a de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos”, adscrito a la Unidad Administrativa Provisional de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, y teniendo en cuenta los siguientes antecedentes:

ANTECEDENTES

Primero.- En aplicación del artículo 17 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de acuerdo con lo previsto en el Instrumento de Planificación de esta Consejería aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza, en sesión de 29 de diciembre de 2021, y la Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, de 22 de marzo de 2022, por la que se aprueba la constitución y estructura organizativa de la Unidad Administrativa de carácter provisional de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, se procede a la aprobación de la convocatoria para la provisión del puesto de Director de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos, con la finalidad de seleccionar a la persona con el perfil más adecuado a las funciones a desempeñar en dicho puesto.

Segundo.- Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias, de fecha 5 de agosto de 2021 (modificado por Acuerdo de Gobierno de fecha 9.12.2021), se han aprobado los criterios comunes de selección del personal directivo vinculado a programas y proyectos para la gestión de fondos europeos en aplicación del artículo 17 de la
Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y con control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 164, de 10.8.2021).

Tercero.- Se acredita en el expediente que el puesto se encuentra aprobado en el Instrumento de Planificación Estratégica para la gestión y control de los fondos «Next Generation EU», de fecha 29 de diciembre, e incluido en la Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, de 22 de marzo de 2022, por la que se aprueba la constitución y estructura organizativa de la Unidad Administrativa de carácter provisional de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio.

Cuarto.- La Unidad Administrativa Provisional de Proyectos del Instrumento Europeo NGEU, recogida en el Instrumento de Planificación Estratégica para la gestión y control de los fondos «Next Generation EU», y aprobada en cumplimiento del artículo 13.2 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, mediante Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, de 22 de marzo de 2022, asume las siguientes funciones:

- Asistencia y asesoramiento.- Las tareas se podrán desempeñar en cualquiera de las fases del proyecto a ejecutar, desde la captación de fondos a través de la elaboración de documentación y proceso para su solicitud, pasando por todos los trámites de los procedimientos necesarios para su ejecución material (contratación, subvenciones, convenios de colaboración, etc.), hasta la liquidación o justificación y, por ende, la recopilación de los datos y documentación necesaria para la justificación de los fondos invertidos.

- Seguimiento y control.- Se requerirá información periódica sobre el estado de ejecución de cada proyecto a los centros directivos o entidades destinatarias de los fondos, con el fin de realizar un seguimiento continuo y, en su caso, detectar y solucionar posibles incidencias que afecten a su realización. Dicha labor se realizará igualmente, para dar cumplida información sobre la evolución del proceso a la Consejería y al departamento responsable designado por la administración autonómica para la centralización de los datos de ejecución de los fondos.

Quinto.- El citado puesto directivo cuenta con dotación presupuestaria, quedando oportunamente acreditado en el expediente administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022 (partida presupuestaria: 16.1670.432A.6402010.226G0146).

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

De acuerdo con el artículo 9.5 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, una vez aprobado el instrumento de planificación estratégica de gestión, las personas titulares de las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos afectados impulsarán las acciones necesarias en materia de estructuras, recursos, medios, personal y gestión presupuestaria para poner en marcha los proyectos en el ámbito de su competencia.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Secretaría General Técnica del Departamento, y en el ejercicio de las competencias atribuidas,

RESUELVO:

Anunciar la convocatoria pública para la cobertura del puesto 12925910 “Director/a de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos”, adscrito a la Unidad Administrativa Provisional de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, que se efectuará de acuerdo con las bases que se insertan a continuación.

BASES

1.- Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es la selección de una persona para la cobertura del puesto denominado Director/a de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos de los Proyectos Instrumento Europeo NGEU de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio.

La jornada, horario de trabajo, dedicación, vacaciones, permisos y licencias, faltas y sanciones son las previstas para el personal funcionario al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Características del puesto:

• Denominación: Director/a de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos.

• Complemento de destino: 29.

• Complemento específico: 85.

Vigencia: el puesto y la Unidad Administrativa Provisional a la que se adscribe el mismo tienen un plazo de duración limitado a la ejecución de los proyectos financiados con fondos procedentes del instrumento de recuperación denominado «Next Generation EU» que se le adscriben, que se estima que finalizará el 31 de diciembre de 2026, salvo que las tareas correspondientes a dicha ejecución y/o su justificación se amplíen por los organismos competentes.

Localización: Las Palmas de Gran Canaria.

2.- Dependencia y funciones.

El puesto Directivo Coordinador de la UAP dependerá de la persona titular de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio.

Sus funciones serán las siguientes:

• Estudio y análisis de los proyectos y programas susceptibles de financiación para su ajuste a los criterios establecidos por los Fondos Next Generation EU (MRR y REACT-EU) y los proyectos PERTEs.

• Definición preliminar del alcance de los proyectos que se vayan a poner en marcha.

• Asesoramiento en la interrelación entre Administraciones y sector público institucional, personas físicas o jurídicas y particulares de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU».

• Seguimiento de los trámites administrativos de los procedimientos de captación de fondos en relación a la presentación de sus propuestas de proyectos.

• Diagnóstico sobre el estado de ejecución, fases del procedimiento, trámites pendientes, cumplimiento de requisitos exigidos por la normativa aplicable, etc., ajustándose a la forma y periodicidad que se determine.

• Coordinación interna de las diferentes Subdirecciones.

• Formación de los equipos de Gestión y Control de los fondos Next Generation EU (MRR y REACT-EU), sobre el marco normativo en vigor.

Así como las que a continuación se relacionan, derivadas de la naturaleza del puesto de trabajo:

• Alta dirección y coordinación de todas las Unidades Administrativas integradas en la Dirección de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos Europeos Next Generation EU.

• Impulso, seguimiento y evaluación y supervisión para la mejora de todas las actuaciones y los procedimientos administrativos necesarios para la obtención de objetivos de la Dirección de Asistencia Técnica, Gestión y Control de Fondos Europeos Next Generation EU.

• Estudio, informe y asesoramiento de las propuestas técnicas de nivel superior en materias funcionales de los Proyectos y de las Unidades dependientes del mismo.

• Coordinación de las relaciones con los Centros Directivos asociados a los proyectos a tramitar y ejecutar, tanto de la Consejería como de otros Departamentos.

• Control, seguimiento, valoración e informe del desarrollo de los proyectos, eficacia y cumplimiento de objetivos de los responsables y directivos vinculados a los mismos.

• Formulación de las propuestas a los órganos superiores del Departamento y de una Memoria de gestión y resultados en la periodicidad que se establezca.

3.- Evaluación, desarrollo de las funciones y retribuciones.

a) El puesto directivo estará sujeto a evaluación semestral en relación con los objetivos marcados por quien ostente la titularidad de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio.

b) La jornada laboral será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Por razón de sus funciones, estará obligado a prestar servicios en otra jornada cuando la celebración de reuniones y otras actividades relacionadas con las responsabilidades inherentes al puesto así lo demanden o, en definitiva, cuando la dinámica propia del puesto directivo requiera transitoriamente una jornada diferente o superior a la ordinaria. Por los servicios prestados que excedan del horario normal de oficina no percibirá retribución alguna por ningún concepto.

Tendrá dedicación exclusiva en su función, que será incompatible con el ejercicio de cualquier profesión retribuida, salvo que así sea expresamente autorizado en el marco de la normativa de incompatibilidades. Tendrá derecho a disfrutar de un periodo vacacional de veintidós días hábiles retribuidos con carácter anual o, en su caso, a la correspondiente parte proporcional por el tiempo de prestación de servicios.

c) Las retribuciones máximas a percibir por la persona contratada serán las previstas en los presupuestos de la Consejería y en la Orden conjunta por la que quedaron constituidas las correspondientes Unidades Administrativas Provisionales, y con los límites recogidos en la normativa en vigor en cada momento. Adicionalmente, tendrá un componente variable vinculado a la evaluación de resultados establecidos en la Orden de nombramiento, que no podrá ser superior, en cómputo anual, al cinco (5) por ciento de las retribuciones íntegras.

4.- Requisitos de las personas aspirantes.

a) Generales:

• Tener nacionalidad española, de un Estado miembro de la Unión Europea o de cualquiera de los Estados, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en el que sea de aplicación el principio de libre circulación de trabajadores, así como las personas extranjeras con residencia legal en España.

• Ser mayor de edad.

• No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario del servicio, de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñan en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

b) Específicos:

1. Hallarse en posesión de alguna de las siguientes titulaciones oficiales Universitarias:

a) Grado/Licenciatura en Derecho.

b) Grado/Licenciatura en Económicas o A.D.E.

c) Grado/Licenciatura en Contabilidad y Finanzas.

2.- Hallarse en posesión del Nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) en uno o varios de los siguientes ámbitos: económico, jurídico o de gestión pública.

3.- Contar con méritos a valorar para la selección, en la que, principalmente, se tendrán en cuenta los siguientes:

* Formación y experiencia en dirección y gestión, preferentemente en el sector público administrativo.

* Formación y experiencia en procedimientos y funcionamiento de las Administraciones Públicas, especialmente en la tramitación de expedientes de contratación, tramitación de convenios y expedientes de concesión de subvenciones, valorándose la variedad de tipos de procedimiento, volumen de expedientes, presupuesto gestionado, cantidad de personal implicado, o grado de ejecución, entre otros extremos. Además, se valorará la formación y experiencia específica en una o varias de las siguientes materias: dirección y planificación estratégica y de proyectos, dirección por objetivos, simplificación administrativa, colaboración público-privada y nuevas tecnologías de la información y comunicación.

1) Conocimiento especializado en gestión de proyectos europeos.

2) Experiencia profesional en funciones de dirección y coordinación de equipos de trabajo, incluyendo relaciones interadministrativas.

3) Capacitación técnica vinculada al ámbito material del proyecto, tomándose en consideración tanto las aptitudes para las relaciones con otras instituciones como la impartición de formación en las materias señaladas previamente.

5.- Documentación a aportar por las personas interesadas.

a) Solicitud-declaración responsable cuyo modelo está disponible en el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/tramites/7374

b) Currículum en el que se indicarán específicamente aquellos aspectos a valorar para el acceso al puesto convocado, de los solicitados en el apartado 4.b). A fin de garantizar la debida agilidad del proceso, la acreditación de los méritos alegados en el currículum podrá solicitarse con posterioridad a la entrevista, si el órgano de selección lo considera necesario para la comprobación de ciertos extremos, y se presentará, en todo caso, por la persona que resulte seleccionada, para su constancia en el expediente.

6.- Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes para participar en el proceso selectivo, acompañadas del correspondiente currículum, deberán presentarse dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

7.- Admisión de las personas solicitantes y plazo para resolver.

En el plazo de cuarenta y ocho (48) horas de haber expirado el plazo de presentación de solicitudes, cada candidato recibirá una notificación, a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, en relación con la admisión o exclusión de su solicitud de participar en el proceso selectivo. En caso de no presentar reclamación en el plazo de otras cuarenta y ocho (48) horas, se entenderá conforme a la admisión o exclusión de la solicitud.

Examinada la documentación presentada por cada aspirante, se procederá a la valoración de la misma, pudiendo otorgarse, de estimarse necesario por el órgano de selección, un plazo de cinco (5) días hábiles para subsanar.

El proceso selectivo se debe resolver en el plazo máximo de un (1) mes desde la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, plazo que podrá ser ampliado en caso de ser necesario requerir alguna subsanación o aclaración de la documentación, o en caso de que se presente algún recurso.

8.- Órgano de selección y proceso de valoración.

La presente convocatoria se valorará y resolverá, atendiendo a la documentación presentada por las personas participantes, por Orden de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, a propuesta del titular de la Secretaría General Técnica, que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, pudiendo acordar la celebración de una entrevista con los aspirantes, que podrá realizarse a través de medios telemáticos, según estime el órgano de selección.

Las titulaciones académicas, la experiencia profesional y los méritos formativos se puntuarán con un máximo de diez (10) puntos.

La valoración de la entrevista, si la hubiere, se realizará a los 10 diez aspirantes que el órgano de selección considere que tienen el perfil profesional más idóneo para el desarrollo de las funciones encomendadas en atención al cumplimiento de los requisitos específicos que se regulan en la presente convocatoria, ante una comisión de tres (3) miembros, los cuales deberán ser designados en el propio acuerdo de celebración de la misma, y uno de los cuales será la persona titular de la Secretaría General Técnica del departamento y se puntuará con un máximo de tres (3) puntos.

Se declarará desierta la convocatoria cuando no concurra ningún aspirante o cuando quienes concurran no reúnan los requisitos o no se consideren idóneos para el desempeño del puesto.

Se creará una lista de reserva con los cinco (5) aspirantes que, no habiendo resultado
el/la seleccionado/a para el nombramiento, hayan obtenido mejor puntuación conforme a las bases, a los efectos de cubrir una eventual vacante.

9.- Extinción del nombramiento/contratación.

El nombramiento se extingue por las siguientes causas:

a) Transcurso del tiempo para el que fue nombrada la persona seleccionada.

b) Por mutuo acuerdo de las partes.

c) Por desistimiento acordado por el órgano de selección, con el preaviso de quince (15) días, fundado en alguno de los siguientes motivos:

• Evaluación negativa de desempeño asociada al incumplimiento de los objetivos o resultados asignados a los proyectos.

• Pérdida de confianza que, entre otros motivos, podrá deberse a las dificultades en la integración con el resto del personal directivo, y su alineación con los objetivos estratégicos del departamento.

d) Por renuncia de la persona nombrada o contratada.

e) Por causas de incompatibilidad sobrevenida.

10.- Notificaciones en el procedimiento.

Las notificaciones que se deban practicar en el desarrollo del procedimiento se realizarán a través de la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

11.- Funcionalidad del puesto.

La persona nombrada estará obligada a guardar secreto respecto a los hechos y documentos a los que tenga acceso por razón de su puesto, tanto durante la vigencia del nombramiento o contrato, así como después de su finalización o extinción, sin más excepciones que las que derivan del deber de auxilio a los Tribunales de Justicia.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Turismo, Industria y Comercio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo competentes, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de abril de 2022.

LA CONSEJERA DE TURISMO,
INDUSTRIA Y COMERCIO,
Yaiza Castilla Herrera.

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