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BOC-A-2022-073-1243.
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Advertido error en la Resolución nº 342/22, de 10 de marzo, de la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre el proceso de admisión del alumnado en centros docentes con enseñanzas no universitarias sostenidas con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de Canarias, se procede, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a efectuar la oportuna rectificación:
En la página 10426, dentro de la instrucción vigesimocuarta, apartado 4, párrafo quinto,
Donde dice:
“- Para asignar la puntuación correspondiente al criterio de baremación de la renta de la unidad familiar, se aplicará el último Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) publicado.”
Debe decir:
“- Para asignar la puntuación correspondiente al criterio de baremación de la renta de la unidad familiar, se aplicará el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) publicado en el ejercicio fiscal anterior en dos años al año natural en el que se solicita plaza.”
Santa Cruz de Tenerife, a 31 de marzo de 2022.- La Directora General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, María Candelaria González Morales.
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