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BOC Nº 072. Martes 12 de abril de 2022 - 1227

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

1227 ORDEN de 30 de marzo de 2022, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024.

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BOC-A-2022-072-1227. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente de modificación de la Orden de 21 de diciembre de 2020, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024 tramitado por la Secretaría General Técnica del Departamento.

Vista la propuesta de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones formulada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 23 de marzo de 2022, y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1. Por Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 21 de diciembre de 2020, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024 (BOC nº 269, de 30.12.2020) modificado por Órdenes de 24 de febrero (BOC nº 45, de 5.3.2021), de 25 de mayo (BOC nº 112, de 2.6.2021), de 26 de julio (BOC nº 161, de 5.8.2021) y de 24 de septiembre (BOC nº 205, de 6.10.2021).

2. Posteriormente a las citadas Órdenes, se han producido los siguientes hechos:

a) Se aprobó el Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.

Entre las medidas recogidas en el Real Decreto-ley mencionado se encuentra la creación de un Plan Extraordinario de Empleo y Formación, el cual se financia con fondos estatales, cuenta con un crédito de 63 millones de euros y se ha formalizado mediante Convenio suscrito por la Comunidad Autónoma de Canarias y el Servicio Público de Empleo Estatal.

Como consecuencia, se ha creado una nueva línea de actuación denominada 500G0026 “Plan Extraordinario de Empleo y Formación. La Palma”, cuyas medidas van dirigidas a la recuperación de la actividad económica y el empleo en la isla de La Palma, principalmente en las zonas más afectadas por la erupción volcánica, así como a favorecer la creación de empleo y el crecimiento económico, en pro del cambio de modelo productivo de calidad, la reducción de las desigualdades y el fortalecimiento de la cohesión social.

b) En la Conferencia Sectorial del Sistema de Cualificaciones y Formación Profesional para el Empleo, de 1 de diciembre de 2021, se acordaron los criterios de reparto y la distribución territorial de los créditos gestionados por comunidades autónomas para el desarrollo de acciones de Reskilling y Upskilling de la población activa, dentro del marco del Componente 20 “Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional” del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), correspondiendo a la Comunidad Autónoma de Canarias un total de 6.930.261,56 euros.

En base a ello se ha creado una nueva línea de actuación denominada 500G0029 “Formación Modular Reskilling y Upskilling- MRR”.

c) Se incluye la línea con financiación autonómica denominada 504G1304 “Formación y Emprendimiento”, para la realización de actuaciones relacionadas con el autoempleo, el emprendimiento y la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas.

d) Se hace necesario adaptar el Plan Estratégico a los créditos aprobados por la
Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, lo cual supone:

En primer lugar, ajustar los costes estimados de las actuaciones a los créditos actualmente en vigor.

En segundo lugar, eliminar las siguientes líneas que no cuentan con créditos presupuestarios, por no seguir realizándose dichas actuaciones:

- 500G0024 “Ayuda Mant. Actividad Personas Trabajadoras Autónomas”.

- 504G1138 “Medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia COVID-19 (autónomos)”.

Por último, como consecuencia de la finalización de los Programas Operativos
2014-2020 y la aprobación del nuevo Fondo Social Europeo+ 2021-2027, añadir las líneas 504G1236 “Programa Operativo FSE+ 21-27 Canarias”, 504G1238 “Fundación Canaria Universidad Las Palmas FSE+ 21-27” y 504G1239 “Fundación Canaria Universidad
La Laguna FSE+ 21-27; y eliminar las siguientes:

- 504G0834 “Fundación ULPGC- Garantía Juvenil”.

- 504G0835 “Fundación ULL- Garantía Juvenil”.

- 50400048 “Promoción empleabilidad, inclusión activa e igualdad de oportunidades”.

- 500G0013 “PIEC. FSE”.

- 504G0927 “Apoyo economía canaria frente a COVID-19”.

3. Se actualiza con la mencionada medida el anexo a esta propuesta denominado “Descripción de las actuaciones, objetivos, coste estimado e indicadores”.

4. En la Secretaría General Técnica de este Departamento se ha recibido propuesta de la Dirección del Servicio Canario de Empleo en la que se solicita modificar el actual Plan Estratégico 2021-2024, en su anualidad 2022, en los términos y líneas de actuación anteriormente citados, siendo el desglose del mismo el que se incluye en el anexo mencionado.

5. Resulta preceptiva la emisión de informe previo de la Dirección General competente en materia de presupuesto en aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.5 del
Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, informe que se ha emitido con fecha de 30 de marzo de 2022 en sentido favorable.

A los que son de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación básica en algunos de sus preceptos, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberían concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.

Tercera.- El artículo 6.1 del mencionado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que “se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados”.

Cuarta.- En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 6.1 del mencionado Decreto, y con el objeto de dar continuidad a las actuaciones que viene desarrollando el Servicio Canario de Empleo, procede la modificación de dicho Plan.

Quinta.- El artículo 6.5 del referido Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que la aprobación de los planes estratégicos y su posterior modificación, en su caso, requerirá informe previo de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y con el contenido que marca el artículo 7 del citado Decreto.

Sexta.- La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, dispone en el artículo 31.1.a), en relación con el artículo 16.1, que los planes estratégicos de subvenciones deben ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.

Séptima.- De acuerdo con el artículo 7.5 del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en relación con el artículo 8 del Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, este Departamento asume las competencias en materia de empleo que tenía atribuidas la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda.

Vistas las normas anteriormente citadas, la Ley 6/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022, y las demás de aplicación.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

RESUELVO:

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024, en cuanto a la anualidad 2022, en los términos propuestos y cuyo detalle se incluye en el anexo denominado “Descripción de las actuaciones, objetivos, coste estimado e indicadores”.

Segundo.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Servicio Canario de Empleo para el periodo 2021-2024, aprobado por Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 21 de diciembre de 2020 (BOC nº 269, de 30.12.2020) modificado por la Orden de 24 de febrero (BOC nº 45, de 5.3.2021) y por la Orden de 25 de mayo de dicha Consejería (BOC nº 112, de 2.6.2021), por la Orden de 26 de julio (BOC nº 161, de 5.8.2021) y por la Orden de 24 de septiembre (BOC nº 205, de 6.10.2021).

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de marzo de 2022.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
CONOCIMIENTO Y EMPLEO,
Elena Máñez Rodríguez.

ANEXO

Ver anexo en las páginas 14916-14923 del documento Descargar

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