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BOC Nº 067. Martes 5 de abril de 2022 - 1109

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos

1109 Agencia Tributaria Canaria.- Resolución de 29 de marzo de 2022, de la Directora, por la que se aprueba y se ordena la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna horizontal y vertical, al Cuerpo de Gestión de la Administración, Escala de Gestión Tributaria (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 22 de abril de 2021, del Presidente, así como se determinan los lugares, fecha y hora de celebración del primer ejercicio.

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BOC-A-2022-067-1109. Firma electrónica - Descargar

De conformidad con lo previsto en el punto segundo de la Resolución de 2 de marzo
de 2022, de la Directora, por la que se aprueba y se ordena la publicación de la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas a las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna horizontal y vertical, al Cuerpo de Gestión de la Administración, Escala de Gestión Tributaria (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de 22 de abril de 2021, del Presidente (BOC nº 49, de 10.3.2022).

Teniendo en cuenta las subsanaciones presentadas, en esta Agencia Tributaria Canaria, de acuerdo con lo previsto en la base 11 de los criterios generales publicados por Resolución de 17 de mayo de 2018, de la Directora, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo Rector de 11 de mayo de 2018, que determina los criterios generales que regirán los procesos selectivos de la Agencia Tributaria Canaria para el acceso a las escalas tributarias del Cuerpo Superior de Administradores y Cuerpo de Gestión de la Administración y a la escala de Agentes Tributarios del Cuerpo Administrativo (BOC nº 102, de 28.5.2018), y la base específica 5 de la convocatoria del citado proceso.

En virtud de las competencias atribuidas,

RESUELVE:

Primero.- Aprobación de la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas a las pruebas selectivas.

Aprobar la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas a las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna horizontal y vertical, al Cuerpo de Gestión de la Administración, Escala de Gestión Tributaria (Grupo A, Subgrupo A2), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas por Resolución de la Presidencia de la Agencia Tributaria Canaria de fecha de 22 de abril de 2021 (publicada en el BOC nº 197, de 24.9.2021), recogida en el anexo a la presente Resolución.

Segundo.- Lugares, fecha y hora de celebración del primer ejercicio.

1. El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en los siguientes lugares:

- Provincia de Las Palmas:

Edificio Servicios Múltiples I, planta 1ª.

Plaza de los Derechos Humanos.

Código postal 35003-Las Palmas de Gran Canaria.

- Provincia de Santa Cruz de Tenerife:

Edificio Prodamer, planta 6ª .

Avenida Tres de Mayo, nº 2.

Código postal 38071-Santa Cruz de Tenerife.

2. En ambos lugares, se convoca a las personas aspirantes el día 23 de abril de 2022, a las 9:30 horas, momento a partir del cual comenzará a realizarse el llamamiento por aquella persona cuyo primer apellido comience por la letra “J”, según lo previsto en la base específica 10.2 de la convocatoria, y Resolución de fecha de 2 marzo de 2021, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que determinará el orden de actuación de las personas aspirantes en pruebas selectivas para el acceso a la condición de empleado público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 52, de 15.3.2021).

3. Conforme a lo previsto en la base específica 8.5 de la convocatoria que rige el proceso selectivo, las personas aspirantes deberán comparecer en la sede que corresponda a la provincia que hayan indicado en su solicitud de participación.

4. Las personas aspirantes deberán comparecer provistas de su Documento Nacional de Identidad, o cualquier otro documento oficial que acredite fehacientemente su identidad, y que se encuentre vigente. Asimismo, deberán ir provistas de dos bolígrafos de tinta azul permanente.

Tercero.- Protocolo General de Actuación.

Será de aplicación lo establecido en el Protocolo General de Actuación para el desarrollo de pruebas selectivas de personal funcionario y laboral en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, actualizado por Resolución de 30 de abril de 2021 (BOC nº 98, de 13.5.2021).

Cuarto.- Publicidad.

La presente Resolución y su anexo se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias.

El personal funcionario interesado podrá presentar, contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, a tenor del artículo 8.2.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.

Asimismo, el personal laboral fijo interesado podrá presentar, frente a esta Resolución, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, conforme con el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la misma Ley, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Presidencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de marzo de 2022.- La Directora, Raquel Peligero Molina.

ANEXO

Ver anexo en las páginas 13163-13167 del documento Descargar

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