Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 043. Miércoles 2 de marzo de 2022 - 688

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

688 ORDEN de 22 de febrero de 2022, por la que se resuelve el nombramiento del puesto denominado Responsable Área Subvenciones de Proyectos del Instrumento Europeo Next Generation EU, en este Departamento.

5 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 184.68 Kb.
BOC-A-2022-043-688. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente para la provisión del puesto 12880410, “Responsable Área Subvenciones”, adscrito a la Unidad Administrativa Provisional para la ejecución de Proyectos del Instrumento Europeo NGEU de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- En aplicación del artículo 17 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de acuerdo con lo previsto en el Instrumento de Planificación de esta Consejería aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza, en sesión de 8 de octubre de 2021, y la Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, de 13 de diciembre de 2021, por la que se aprueba la constitución y estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter provisional de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se procede a la aprobación de la convocatoria para la provisión del puesto Responsable Área Subvenciones de Proyectos del Instrumento Europeo Next Generation EU, con la finalidad de seleccionar a la persona con el perfil más adecuado a las funciones a desempeñar en dicho puesto.

Segundo.- Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias de fecha 5 de agosto de 2021, se han aprobado los criterios comunes de selección del personal directivo vinculado a programas y proyectos para la gestión de fondos europeos en aplicación del artículo 17 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 164, de 10.8.2021).

Tercero.- Con fecha 31 de enero de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de Canarias la Orden de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 24 de enero de 2022 (en adelante Orden de convocatoria), por la que se convocó el procedimiento selectivo para la provisión del puesto denominado Responsable Área Subvenciones de Proyectos del Instrumento Europeo Next Generation EU.

Cuarto.- Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, mediante Orden nº 63, de 11 de febrero de 2022, de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se acuerda la admisión/exclusión de aspirantes al puesto denominado Responsable Área Subvenciones. Dicha Resolución fue notificada a los participantes a través de la sede electrónica.

Quinto.- Con fecha 22 de febrero de 2022, y en cumplimiento de la base 8 de la Orden de convocatoria, se emitió propuesta de nombramiento por la Secretaría General Técnica.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Única.- El nombramiento se regirá por la siguiente normativa, en lo que respecta a su situación administrativa:

- Artículo 17 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», cuyo apartado 8 establece que “El personal directivo vinculado a la gestión de fondos europeos que reúna la condición de personal funcionario de carrera será declarado en la situación administrativa que corresponda conforme a la normativa en materia de función pública, teniendo en cuenta que a esos efectos estará asimilado a alto cargo. Respecto del personal directivo que sea personal laboral fijo de la Administración, le resultará de aplicación la situación que corresponda de acuerdo con la legislación vigente, teniendo en cuenta que a esos efectos será asimilado a alto cargo”.

- Artículos 13, 85.1.b), 87.1.a) y 87.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

- Artículos 37.c) y 41 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, estableciendo este último que “A los funcionarios en situación de servicios especiales se les computará el tiempo que permanezcan en tal situación a efectos de ascensos, trienios y derechos pasivos y tendrán derecho a la reserva de plaza y destino que ocupasen. En todos los casos recibirán las retribuciones del puesto o cargo efectivo que desempeñen y no las que les correspondan como funcionarios, sin perjuicio del derecho a la percepción de los trienios que pudieran tener reconocidos como funcionarios”.

Así, en cumplimiento de la base 8 de la Orden de 24 de enero de 2022, de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, por la que se convoca el procedimiento selectivo en orden a la provisión del puesto denominado Responsable Área Subvenciones, que dispone que “La presente convocatoria se valorará y resolverá, atendiendo a la documentación presentada por las personas participantes, por orden de la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes”.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Secretaría General Técnica del Departamento, y en el ejercicio de las competencias atribuidas,

RESUELVO:

Primero.- Nombrar, como Responsable Área Subvenciones, adscrito a la Unidad Administrativa Provisional Proyectos Instrumento Europeo NGEU de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, puesto nº 12880410, al aspirante D. Néstor Puga García, con DNI ***0338** .

Segundo.- Otorgar un plazo de cincos días hábiles a la persona nombrada para tomar posesión, a contar a partir del día siguiente a la publicación de este nombramiento en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.-En el plazo de toma de posesión el aspirante deberá cumplir con el régimen de incompatibilidades, que es el establecido en la Ley 3/1997, de 8 de mayo, de Incompatibilidades de los miembros del gobierno y altos cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, para los altos cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias. Así mismo deberá cumplir con las obligaciones de transparencia e información pública a que se refieren los apartados a) y b) del artículo 19 
de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, en lo que concierne a la obligación de transparencia e información pública.

Cuarto.-Una vez que haya tomado posesión se somete al siguiente régimen jurídico:

a) Régimen jurídico.- El régimen jurídico de este nombramiento será el que figura para el personal directivo profesional en el artículo 13 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en las normas que esta Administración Autonómica pueda dictar en desarrollo del mismo.

b) Duración del nombramiento.- El nombramiento finalizará el 31 de diciembre de 2026, salvo que las tareas correspondientes a dicha ejecución y/o su justificación se amplíen por los organismos competentes, y pudiendo extinguirse por las causas establecidas en la base 9 
de la Orden nº 20, de 24 de enero de 2022, de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, por la que se convoca el procedimiento selectivo para la provisión del puesto denominado Responsable Área Subvenciones.

c) Jornada laboral.- La jornada laboral será de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Por razón de sus funciones, estará obligado a prestar servicios en otra jornada cuando la celebración de reuniones y otras actividades relacionadas con las responsabilidades inherentes al puesto así lo demanden o, en definitiva, cuando la dinámica propia del puesto directivo requiera transitoriamente una jornada diferente o superior a la ordinaria. Por los servicios prestados que excedan del horario normal de oficina no percibirá retribución alguna por ningún concepto.

Tendrá dedicación exclusiva en su función, que será incompatible con el ejercicio de cualquier profesión retribuida, salvo que así sea expresamente autorizado en el marco de la normativa de incompatibilidades.

Tendrá derecho a disfrutar de veintidós días hábiles retribuidos con carácter anual o a la correspondiente parte proporcional por el tiempo de prestación de servicios, en su caso.

d) Retribuciones fijas.- Las retribuciones de este puesto de directivo serán las equivalentes a las de un funcionario del Subgrupo A1, con un complemento de destino 29 y un complemento específico 80.

e) Evaluación de desempeño y retribución variable.- Este directivo estará sujeto a evaluación con arreglo a los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de resultados en relación con los objetivos marcados por el titular de la Consejería.

Esta evaluación se llevará a cabo semestralmente. Para ello el directivo deberá presentar una memoria a la finalización del periodo sobre el resultado de la gestión y de los resultados alcanzados en relación a los objetivos fijados. Como consecuencia de esta evaluación se podrá conceder una retribución variable de hasta un 5 por ciento anual de sus retribuciones fijas íntegras, en función de la valoración de los objetivos conseguidos en la realización de sus tareas y funciones llevadas a cabo por la persona titular de la Consejería.

f) Deberes.- La persona nombrada directivo está obligada a cumplir los servicios propios de su puesto con la máxima diligencia, profesionalidad, responsabilidad y colaboración, sometiéndose a las instrucciones emanadas de la persona titular de la Consejería, y del Gobierno de Canarias o personas en quienes se delegue por aquella o por este.

Asimismo, estará obligada a guardar secreto respecto a los hechos y documentos a los que tenga acceso por razón de su puesto, tanto durante la vigencia del nombramiento o contrato, así como después de su finalización o extinción, sin más excepciones que las que derivan del deber de auxilio a los Tribunales de Justicia.

g) Extinción del nombramiento.- El nombramiento se extingue por las siguientes causas:

1.- Transcurso del tiempo para el que fue nombrada la persona seleccionada.

2.- Por mutuo acuerdo de las partes.

3.- Por desistimiento acordado por el órgano de selección, con el preaviso de quince días, fundado en alguno de los siguientes motivos:

- Evaluación negativa de desempeño asociada al incumplimiento de los objetivos o resultados asignados al programa.

- Pérdida de confianza que, entre otros motivos, podrá deberse a las dificultades en la integración con el resto del personal directivo, y su alineación con los objetivos estratégicos del departamento.

4.- Por renuncia de la persona nombrada o contratada.

La extinción del nombramiento de directivo no da derecho a indemnización alguna.

h) Funciones.- El puesto Responsable Área Subvenciones de la UAP dependerá del/de la
Directivo/a Coordinador/a de la UAP. Sus funciones serán las siguientes:

- Dirección y organización del personal adscrito al Área de Subvenciones de la UAP.

- Impulso en la tramitación de los procedimientos de los Proyectos del Instrumento Europeo NGEU en materia de subvenciones.

- Coordinación de las actuaciones de las Unidades Administrativas que participen en los Proyectos del Instrumento Europeo NGEU en materia de subvenciones.

- Estudio, informe y formulación de propuestas técnicas, en materia de subvenciones, de los Proyectos del Instrumento Europeo NGEU.

- Coordinación de las relaciones con los Centros Directivos asociados a los proyectos a tramitar y ejecutar.

- Supervisión e impulso de actuaciones afectadas a los proyectos.

- Control, seguimiento, valoración e informe del desarrollo de los proyectos, su eficacia y cumplimiento de objetivos.

- Formulación de Memoria periódica de gestión y resultados.

- Formulación de propuestas a órganos superiores del Departamento.

i) Naturaleza del nombramiento.- Este nombramiento tiene naturaleza administrativa, por lo que todas las acciones que se deriven contra el mismo serán revisadas en vía administrativa o, en su caso, en la vía judicial, en la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Quinto.- De conformidad con la normativa aplicable, la persona nombrada, tras su toma de posesión, pasará a ostentar la condición de personal directivo asimilado a alto cargo, debiendo solicitar en su Administración de origen el paso a la situación de servicios especiales, con derecho a la reserva de la plaza y destino que ocupase en la misma en adscripción definitiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.8 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en los artículos 13, 85.1.a), 87.1.c) y 87.3 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en los artículos 37.c) y 41 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, así como a los restantes derechos contemplados por la normativa aplicable para tal situación.

Sexto.- Publicar el nombramiento en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo competentes, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de febrero de 2022.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Manuela de Armas Rodríguez.

© Gobierno de Canarias