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BOC Nº 040. Viernes 25 de febrero de 2022 - 638

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V. Anuncios - Otros anuncios - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

638 EXTRACTO de la Orden de 15 de febrero de 2022, por la que se convocan veintiséis (26) becas del Programa de Becas Canarias-África (PBCÁ), destinadas a realizar estudios universitarios de postgrado por estudiantes africanos en las universidades canarias, para el año 2022-2023.

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BOC-A-2022-040-638. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 611136.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/611136).

Primero.- Beneficiarios.

Estudiantes de nacionalidad de Cabo Verde, Senegal, Mauritania, Marruecos, Ghana, Costa de Marfil, Gambia y Guinea Ecuatorial, que estén en posesión de una licenciatura o diplomatura universitaria o grado universitario, con nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles, que faculte en el país expedido el acceso a enseñanzas de postgrado y reúnan los requisitos exigidos en la base séptima de la Orden nº 103/2018, de 31 de mayo de 2018, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se aprueban las bases reguladoras por las que han de regirse las convocatorias de becas del Programa de Becas Canarias-África (PBCÁ), destinadas a realizar estudios universitarios de postgrado por estudiantes africanos en las universidades canarias.

Segundo.- Finalidad.

Concesión de 26 becas de formación dentro del Programa de Becas Canaria-África (PBCÁ) que tiene como objetivo la realización de estudios universitarios de postgrado por estudiantes de nacionalidad de Cabo Verde, Senegal, Mauritania, Marruecos, Ghana, Costa de Marfil, Gambia y Guinea Ecuatorial en las universidades públicas canarias. Los cursos de postgrado se impartirán en español.

Tercero.- Bases reguladoras.

La presente convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva y se rige por las bases reguladoras aprobadas por Orden nº 103/2018, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, de fecha 31 de mayo de 2018, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 110, de fecha 8 de junio de 2018.

Cuarto.- Importe.

Para la presente convocatoria se destinan créditos por importe total de cuatrocientos cuatro mil quinientos sesenta (404.560,00) euros distribuidos en dos anualidades, con cargo a la aplicación presupuestaria 1516.143A.480.02 Línea de actuación 154G0045 “Programa Becas Canarias África”.

El desglose por anualidad es el siguiente:

Anualidad 2022: 189.670,00 euros.

Anualidad 2023: 214.890,00 euros.

En función de las disponibilidades presupuestarias existentes en los términos previstos en el artículo 14.4 de Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, la cuantía total de los créditos asignados a la convocatoria podrá ser incrementada en el caso de que exista cobertura económica para llevarla a cabo, cuya aplicación a la concesión de las subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria, siempre y cuando se publique en el Boletín Oficial de Canarias la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva con carácter previo a la resolución de concesión, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

La cuantía máxima de cada beca no podrá superar los quince mil quinientos sesenta (15.560,00) euros por beneficiario.

Cuando las necesidades de ejecución de gasto exijan la realización de modificaciones de las cantidades establecidas para cada uno de los conceptos de gasto de la beca, se podrán realizar variaciones de hasta un 20% de la cantidad asignada a cada uno de los conceptos de la beca, sin que, en ningún caso, dichas variaciones impliquen aumento del coste total asignado a cada beca.

De conformidad con lo establecido en la Orden nº 103/2018, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, de fecha 31 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras por las que han de regirse las convocatorias de becas del Programa de Becas Canarias-África (PBCÁ), destinadas a realizar estudios universitarios de postgrado por estudiantes africanos en las universidades canarias, se designa a la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas (FULP), para la gestión de las becas correspondientes a los títulos oficiales de Máster cursados en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y a la Fundación Canaria General de la Universidad de La Laguna (FULL), para la gestión de las becas correspondientes a los títulos oficiales de Máster cursados en la Universidad de La Laguna, como entidades colaboradoras de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo para la entrega y distribución de los fondos públicos a los beneficiarios, para cuya efectividad se suscribirán los oportunos convenios de colaboración en los que se regularán las condiciones de participación y las obligaciones asumidas.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Sexto.- Otros datos.

Junto con la solicitud se ha de presentar la documentación que establece la base décima de la Orden nº 103/2018, de fecha 31 de mayo de 2018, del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, por la que se aprobaron las bases reguladoras por las que han de regirse las convocatorias de becas del Programa de Becas Canarias-África (PBCÁ), destinadas a realizar estudios universitarios de postgrado por estudiantes africanos en las universidades canarias (BOC nº 110, de 8.6.2018), y en el lugar y en la forma que señala la base novena de dicha Orden.

Con la nueva estructura organizativa se han adaptado las sedes electrónicas con lo que el aplicativo informático de gestión de esta convocatoria está ubicado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma: https://sede.gobiernodecanarias.org

La documentación requerida que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la base décima de la referida Orden por la que se aprueban las bases que rigen la presente convocatoria, deberá estar fechada a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En la solicitud se consignará el consentimiento del tratamiento de datos personales de conformidad con el artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

De conformidad con el artículo 15.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece que la lengua de los procedimientos tramitados por las administraciones será el castellano. En consonancia con esto, toda la documentación que se presente en otro idioma debe venir acompañada de una traducción al español.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de febrero de 2022.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
CONOCIMIENTO Y EMPLEO,
Elena Máñez Rodríguez.

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