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BOC Nº 035. Viernes 18 de febrero de 2022 - 557

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557 ANUNCIO de 9 de febrero de 2022, relativo al proyecto de interés insular denominado “Proyecto de ejecución de regeneración paisajística en Hoya de la Plata: Parque Periurbano (término municipal de Las Palmas de Gran Canaria)”.

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BOC-A-2022-035-557. Firma electrónica - Descargar

Se hace público el Acuerdo del Pleno del Excmo. Cabildo de Gran Canaria en sesión ordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2021 relacionado con el inicio del procedimiento de elaboración del Proyecto de Interés Insular denominado: “proyecto de ejecución de regeneración paisajística en Hoya de la Plata: Parque Periurbano (término municipal de
Las Palmas de Gran Canaria)” y la declaración de interés insular de dicho proyecto, y apertura del trámite de información pública y consulta del expediente de conformidad con el artículo 128 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, en relación con los artículos 49 y 97 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias.

1.- Objeto y normativa reguladora.

Apertura del trámite de información pública previsto en los artículos 128 y ss. de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y artículos 46 y ss. del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias, que establecen el preceptivo trámite de información pública de los proyectos de interés insular.

El inicio del procedimiento ha sido instado por esta Corporación Insular en relación con el Proyecto de Interés Insular denominado Proyecto de ejecución de regeneración paisajística en Hoya de la Plata: Parque Periurbano (término municipal de Las Palmas de Gran Canaria).

La normativa reguladora del presente procedimiento se encuentra recogida en los artículos 128 y siguientes de la Ley 4/2017, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, el artículo 46 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias, y el Plan Territorial Especial de Ordenación del Paisaje de Gran Canaria (PTE-5).

El acuerdo del Pleno del Excmo. Cabildo de Gran Canaria, en sesión del día 30 de diciembre de 2021, acordó lo siguiente:

“Primero.- Acordar el inicio del procedimiento de elaboración del Proyecto de Interés Insular denominado: Proyecto de ejecución de regeneración paisajística en Hoya de la Plata Parque Periurbano (término municipal de Las Palmas de Gran Canaria).

Segundo.- Declarar de interés insular el “Proyecto de ejecución de regeneración paisajística en Hoya de la Plata: Parque Periurbano (término municipal de Las Palmas de Gran Canaria)”, al haber quedado suficientemente justificadas las necesidades sobrevenidas y de urgencia, así como el carácter estratégico del citado proyecto.

Tercero.- Designar como órgano sustantivo y promotor, al Cabildo de Gran Canaria, según lo establecido en los artículos 5 y 11 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en relación con los artículos 13 y 123 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, así como lo dispuesto en el artículo 14.2 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias.

Cuarto.- Designar como Órgano Ambiental, al Órgano Ambiental de Gran Canaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento Orgánico por el que se crea y regula el Órgano Ambiental de Gran Canaria (Órgano de Evaluación Ambiental).
(BOC nº 121, de 25.6.2018).

Quinto.- Designar como Director Responsable de la elaboración del Proyecto de Interés Insular, al Responsable de la Unidad Técnica de Desarrollo Territorial y Urbanístico de la Consejería de Área de Política Territorial y Paisaje del Cabildo de Gran Canaria.

Sexto.- Someter el expediente a los trámites de información pública y de audiencia a las personas propietarias de suelo incluidas en el proyecto por plazo de un mes, a contar desde la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias, e igualmente anunciar en, al menos, dos de los periódicos de mayor difusión de la isla y en la sede electrónica de la Administración.

Simultáneamente y en el mismo plazo, someter el proyecto a informe de la Administración Insular y de los municipios afectados.

Séptimo.- Someter el acuerdo de inicio, junto con la documentación que la acompaña, al procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.4 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias, en relación con lo dispuesto en el
artículo 129.2 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y en el artículo 45 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Octavo.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias y en la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria de conformidad con lo establecido en el
artículo 97 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias.”

2.- Promotor de la actuación.

El Excmo. Cabildo de Gran Canaria es el órgano sustantivo y promotor de este expediente, según lo establecido en los artículos 5 y 11 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en relación con los artículos 13 y 123 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, así como lo dispuesto en el artículo 14.2 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias.

El Órgano Ambiental es el Órgano Ambiental de Gran Canaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Reglamento Orgánico por el que se crea y regula el Órgano Ambiental de Gran Canaria, Órgano de Evaluación Ambiental, BOC nº 121, de 25 de junio de 2018.

3.- Descripción de lo que se somente a información pública y localización precisa del Proyecto.

El objeto específico del “Proyecto de ejecución de regeneración paisajística de Hoya de la Plata: Parque Periurbano (término municipal de Las Palmas de Gran Canaria)”, que se desarrolla en cumplimiento de las determinaciones del Plan Territorial Especial de Ordenación del Paisaje (PTE-5) y del Proyecto Director de Regeneración Paisajística de la GC-1 (Tramo: Las Palmas de Gran Canaria-Aeropuerto), es la implantación de un espacio verde periurbano para zona de ocio y disfrute en el extrarradio de la ciudad, además de la mejora paisajística del entorno, la corrección de impactos paisajísticos de diversa tipología y extensión, y la conservación, restauración y mejora de los valores característicos existentes que permita una imagen renovada de esta área estratégica situada en la entrada sur de la Capital insular, en estado degradado y de abandono, y con unos taludes que aportan inseguridad a la vía principal de acceso de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, afectando a una superficie en un ámbito de intervención de aproximadamente unos 40.000 m2.

El Cabildo Insular de Gran Canaria promueve una serie de actuaciones que en su conjunto debe ser considerada como una “Dotación” específica de iniciativa pública, ya que el planeamiento no incluye esta actuación estructurante y estratégica en la entrada sur de la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria en la categoría de Sistema General.

Por tanto, estas necesidades sobrevenidas están justificadas por las operaciones de corrección de impactos y de regeneración paisajística de esta área estratégica que actualmente se encuentra en estado degradado y de abandono en Hoya de la Plata, y de restauración, conservación y desarrollo de las características naturales propias del lugar, y por las intervenciones que permitirán potenciar el valor natural del entorno, y facilitar el uso público y responsable de este territorio estratégico, con el desarrollo de un Parque Periurbano que posibilitará la mejora del paisaje y la consecución de una imagen renovada de la entrada sur a la capital insular.

Como circunstancias de urgencia que motivan, también, este Proyecto de Interés Insular, se incluye la seguridad vial de la GC1, y el acondicionamiento y estabilización de los taludes con un desnivel importante existentes en la zona de afección del Proyecto, para evitar los deslizamientos de tierra y piedras que se han producido en los últimos años por lluvias torrenciales, con cierres parciales de dicha vía y producción de incidentes en el tráfico, y daños materiales en la infraestructura viaria.

La localización precisa del Proyecto afecta las siguientes parcelas:

Ver anexo en la página 6492 del documento Descargar

Las coordenadas son las siguientes:

Ver anexo en las páginas 6492-6493 del documento Descargar

4.- Lugar de consulta presencial del expediente.

Servicio de Planeamiento de la Consejería de Área de Política Territorial y Paisaje del Cabildo Insular de Gran canaria, sito en el Edificio Insular I, planta 5ª, calle Agustín Millares Carló, nº 14, de lunes a viernes en horario de 9:00 a 13:00 horas. Para una mejor atención se puede solicitar cita previa en el teléfono 928219460.

5.- Plazo y lugar para presentar alegaciones.

Se otorga el plazo de un mes para presentar alegaciones a contar desde la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 128.d) de la Ley 4/2017, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, y artículo 49.1 del Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias.

Las alegaciones, que podrán presentarse, según los casos, en los lugares que se indican en los artículos 14 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán ir dirigidas al Servicio de Planeamiento del Cabildo Insular de Gran Canarias, código de identificación 12.0.1.

El presente acuerdo ha sido publicado en la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria.

Contra el presente acto, por ser de trámite no cualificado, no cabe la posibilidad de interponer recurso, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de febrero de 2022.- La Consejera de Política Territorial y Paisaje, p.d. (Decreto nº 3, de 7.2.2022), el Consejero de Área de Cooperación Institucional y Solidaridad Internacional, Carmelo Ramírez Marrero.

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