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BOC Nº 011. Lunes 17 de enero de 2022 - 184

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

184 Secretaría General Técnica.- Resolución de 4 de enero de 2022, por la que se ordena la publicación de la Adenda de prórroga y modificación del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de Agulo para la ejecución del proyecto de obra denominado “Cubrición de cancha deportiva municipal”, en el término municipal de Agulo, La Gomera.

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BOC-A-2022-011-184. Firma electrónica - Descargar

El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias, los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda de prórroga y modificación del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Agulo para la ejecución del proyecto de obra denominado “Cubrición de cancha deportiva municipal, en el término municipal de Agulo, isla de La Gomera”.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de enero de 2022.- El Secretario General Técnico, Manuel Peinado Bosch.

ANEXO

ADENDA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE AGULO PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE OBRA DENOMINADO “CUBRICIÓN DE CANCHA DEPORTIVA MUNICIPAL, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE AGULO, ISLA DE LA GOMERA”.

En Santa Cruz de Tenerife, a 30 de diciembre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. Dña. Manuela de Armas Rodríguez, Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (en adelante, La Consejería), en su nombre y representación, y en uso de las facultades que le confieren los artículos 16 y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 6.f) del Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades.

Y de otra, la Sra. Dña. Rosa María Chinea Segredo, en su condición de Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Agulo (en adelante, El Ayuntamiento), en nombre y representación del mismo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el artículo 31.1.e) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, y facultado al efecto, mediante el acuerdo del Pleno/Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 29 de diciembre de 2020.

Los intervinientes que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la suscripción de la presente adenda de modificación y prórroga y a tal efecto,

EXPONEN

Primero.- Con fecha 30 de diciembre de 2020, ambas partes suscribieron Convenio de Cooperación cuyo objeto es llevar a cabo la ejecución de expediente de contratación del proyecto de obra denominado “Cubrición de cancha deportiva municipal, en el término municipal de Agulo, isla de La Gomera”.

Segundo.- El citado Convenio está inscrito en el Registro de Convenios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, con el nº 48 de fecha 30 de diciembre de 2020 y publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 15, de 22 de enero de 2021.

Tercero.- La cláusula octava del mencionado Convenio, al regular su vigencia, establece que el mismo entrará en vigor el día de su firma extendiendo su duración hasta la finalización de las actuaciones previstas en el mismo, y en todo caso hasta el 31 de diciembre de 2021.

Cuarto.- La cláusula tercera, al regular las obligaciones del Ayuntamiento, dispone en su apartado a) que el plazo estimado de ejecución de las obras es de ocho meses.

Quinto.- La cláusula cuarta dispone el abono anticipado de la aportación económica a que se obliga La Consejería, de tal forma que el mismo queda sujeto a lo dispuesto en el Acuerdo de Gobierno de fecha de 26 de marzo de 2020, modificado por Acuerdo de Gobierno de 26 de noviembre de 2020, mediante el que se acordó aprobar las condiciones en las que podrán efectuarse abonos anticipados de los importes de las subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión. El apartado 2, punto 1º, del repetido Acuerdo de Gobierno dispone que “Los plazos de ejecución y justificación deberán finalizar el 31 de diciembre del ejercicio presupuestario en que concluya el objeto y alcance por el que se articule la subvención, aportación, encargo o encomienda, incluidas las prórrogas de dichos plazos que se tramiten.” En consecuencia, el plazo de duración señalado en el expositivo tercero viene dado, a su vez, por el plazo estimado para la ejecución de las obras
(ocho meses), conforme se señala en el expositivo cuarto.

Sexto.- La cláusula novena del Convenio relativa a sus modificaciones establece que: “El presente Convenio se podrá modificar a instancia de cualquiera de las partes firmantes, previo acuerdo unánime de estas, al objeto de regular aquellas cuestiones no incorporadas al presente o para corregir aquellas determinaciones que dificulten la consecución de las actuaciones convenidas, mediante la suscripción de la correspondiente adenda, previo cumplimiento de todos los trámites y requisitos que resulten preceptivos”.

Séptimo.- Con fecha 8 de octubre de 2021 por el Ayuntamiento se solicita, entre otros extremos, la ampliación del plazo de ejecución de la subvención a 31 de diciembre de 2022.

Octavo.- Con fecha de 26 de octubre de 2021, por la Unidad Técnica de Santa Cruz de Tenerife, adscrita a la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, se emite informe de valoración por el que se informa favorablemente lo interesado por El Ayuntamiento.

Noveno.- Por la Oficina Presupuestaria se emite informe con fecha 22 de diciembre
de 2021 a la modificación planteada.

Décimo.- Por la letrada habilitada por la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos se emite informe con fecha 23 de diciembre de 2021 cuyo resultado obra en el expediente.

Por cuanto antecede, con el fin de dar continuidad a las actuaciones que constituyen el objeto del Convenio, las partes acuerdan la suscripción de la presente Adenda de modificación, que se incorpora formando parte del Convenio principal, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Prorrogar el plazo estimado de ejecución de las obras por un periodo de
12 meses a contar desde la firma de la presente Adenda.

Segunda.- Modificar el apartado a) de la cláusula tercera del Convenio de Cooperación suscrito por las partes en cuanto al plazo de ejecución y justificación de las actuaciones financiadas con presupuesto autonómica, debiendo efectuarse antes del 31 de diciembre
de 2022. De acuerdo con lo previsto en el Acuerdo de Gobierno de 26 de noviembre de 2020, modificado por Acuerdo de Gobierno de 25 de febrero de 2021 por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión, el plazo máximo de justificación es hasta el 30 de abril de 2023.

Si en esas fechas no se hubiesen finalizado y justificado, El Ayuntamiento devolverá a La Consejería la cantidad recibida y no ejecutada, en un plazo máximo de tres (3) meses a contar desde la fecha de vencimiento correspondiente, transcurridos los cuales las cantidades adeudadas generarán intereses de demora.

Tercera.- Modificar la cláusula octava del Convenio, quedando redactada como sigue:

“Octava.- Vigencia.

El presente Convenio será publicado en el Boletín Oficial de Canarias, entrará en vigor el día de su firma y su duración se extenderá hasta la finalización de las actuaciones previstas en el mismo, o, en cualquier caso, hasta el 31 de diciembre de 2022, salvo el plazo de justificación que deberá efectuarse antes del 30 de abril de 2023; o se formule denuncia expresa de incumplimiento o resolución formulada por cualquiera de las partes.”

Cuarta.- El resto del clausulado del Convenio de Cooperación no afectado por las modificaciones a que se refieren las cláusulas anteriores se mantiene inalterable, resultando de plena aplicación.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, en el lugar y fecha indicados.- La Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, Manuela de Armas Rodríguez.- La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Agulo, Rosa María Chinea Segredo.

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