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BOC Nº 004. Viernes 7 de enero de 2022 - 59

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

59 DECRETO 158/2021, de 29 de diciembre, por el que se convoca a las entidades interesadas en el nombramiento de los miembros del Consejo Económico y Social de Canarias, a fin de que formulen sus correspondientes propuestas.

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BOC-A-2022-004-59. Firma electrónica - Descargar

Expirados los cuatro años de mandato del Consejo Económico y Social de Canarias, y declarado el cese de los miembros del mismo por Decreto 154/2021, de 29 de diciembre, es preciso que el Gobierno convoque a las entidades interesadas en el nombramiento de los miembros del Consejo, a fin de que formulen por escrito sus propuestas ante la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, según lo establecido en los artículos 7 y siguientes del Decreto 100/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el desarrollo reglamentario de la Ley del Consejo Económico y Social de Canarias.

En su virtud, en aplicación de lo establecido en los artículos 7.2 y 12.2 del referido Decreto 100/1992, de 26 de junio, a propuesta de la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, y previa deliberación del Gobierno, en su reunión celebrada el día 29 de diciembre de 2021,

RESUELVO:

Primero.- Convocar a las centrales sindicales y organizaciones empresariales más representativas en la Comunidad Autónoma de Canarias, a las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación radicadas en Canarias, y a las asociaciones de consumidores y usuarios para que, en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto, formulen sus propuestas de nombramientos de sus respectivos representantes titulares y suplentes en el Consejo Económico y Social de Canarias, a fin de proceder a la renovación del mismo.

Segundo.- Las propuestas se formularán por escrito a la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo y estarán acompañadas, en todo caso, de las certificaciones acreditativas de los correspondientes acuerdos y de las normas estatutarias que atribuyan la facultad para adoptarlos.

Tercero.- Las propuestas que se formulen habrán de facilitar la composición de género que permita la representación equilibrada entre mujeres y hombres en los términos previstos en el artículo 6.3 de la Ley 1/1992, de 27 de abril, del Consejo Económico y Social.

Dado en Canarias, a 29 de diciembre de 2021 .

EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Ángel Víctor Torres Pérez.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
CONOCIMIENTO Y EMPLEO,
Elena Máñez Rodríguez.

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