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BOC Nº 002. Martes 4 de enero de 2022 - 27

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud

27 Secretaría General Técnica.- Resolución de 17 de diciembre de 2021, por la que se ordena la publicación de la Adenda segunda de prórroga del Convenio de Cooperación suscrito entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud (antes Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda), y el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz para la encomienda de las actuaciones de información, asesoramiento, registro de solicitudes y, en su caso, la entrega de copia electrónica de los títulos de familia numerosa.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El 28 de noviembre de 2017 se formalizó un Convenio de Cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y el Ayuntamiento de la Ciudad de Puerto de la Cruz, para la encomienda de las actuaciones de información, asesoramiento, registro de solicitudes y, en su caso, la entrega de copia electrónica de los títulos de familia numerosa.

Está inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con fecha 28 de noviembre de 2017 y nº RCO2017TF00048, tiene una vigencia desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2020, y ha sido publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 238, de 13 de diciembre de 2017.

Segundo.- Con fecha 30 de diciembre de 2020, se ha firmado la Adenda primera de modificación y prórroga del Convenio ampliando la vigencia del Convenio desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021, y ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias
nº 60, de 2 de marzo de 2021.

Tercero.- Con fecha 17 de diciembre de 2021, se ha firmado la Adenda segunda de prórroga del Convenio para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022.

A lo anterior, le es de aplicación el siguiente

FUNDAMENTO JURÍDICO

Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

Por lo anterior, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 13.2.r) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, aprobado por Decreto 43/2020, de 16 de abril,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda segunda de prórroga del Convenio de Cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud (antes de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda), y el Ayuntamiento de la Ciudad de Puerto de la Cruz, para la encomienda de las actuaciones de información, asesoramiento, registro de solicitudes y, en su caso, la entrega de copia electrónica de los títulos de familia numerosa, cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de diciembre de 2021.- La Secretaria General Técnica, Marlene Santana Rodríguez.

ANEXO

ADENDA SEGUNDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN SUSCRITO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES, IGUALDAD, DIVERSIDAD Y JUVENTUD (ANTES CONSEJERÍA DE EMPLEO, POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA) Y EL AYUNTAMIENTO DE LA CIUDAD DE PUERTO DE LA CRUZ PARA LA ENCOMIENDA DE LAS ACTUACIONES DE INFORMACIÓN, ASESORAMIENTO, REGISTRO DE SOLICITUDES Y, EN SU CASO, LA ENTREGA DE COPIA ELECTRÓNICA DE LOS TÍTULOS DE FAMILIA NUMEROSA.

INTERVIENEN

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Noemí Santana Perera, Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, en virtud de su nombramiento conferido mediante el Decreto 121/2019, del Presidente, de 17 de julio, por el que se nombran a los Consejeros y a las Consejeras del Gobierno de Canarias.

Interviene en uso de las facultades y atribuciones que le han sido conferidas en virtud de lo dispuesto en los artículos 16.1 y 29.1, letra k), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, el artículo 4 del
Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, el artículo 5 del
Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías y en virtud del cual asume las competencias hasta entonces atribuidas a la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, salvo las relativas a empleo y vivienda, asumiendo a su vez las relativas a igualdad y juventud, así como en virtud de lo previsto en los artículos 1, 2, 5 y 7 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, aprobado mediante Decreto 43/2020, de 16 de abril.

De otra parte, el Sr. D. Marco Antonio González Mesa, en su condición de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de la Ciudad de Puerto de la Cruz.

Interviene en representación legal del Ayuntamiento que tiene atribuida en virtud del artículo 21.1, letra b), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 31.1, letra e), de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, así como del artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Su intervención en este acto ha sido previamente autorizada en virtud del acuerdo adoptado por el Pleno municipal en su sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2021, según consta en certificación expedida por el Secretario de la Junta de fecha 29 de noviembre de 2021.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal suficiente y adecuada para formalizar el presente documento y al respecto

MANIFIESTAN

Primero.- En fecha 28 de noviembre de 2017 la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y el Ayuntamiento de la Ciudad de Puerto de la Cruz suscribieron un Convenio de Cooperación para la encomienda de actuaciones de información, asesoramiento, registro de solicitudes y, en su caso, la entrega de copia electrónica de los títulos de familia numerosa.

Segundo.- La cláusula 5ª del citado Convenio estableció un periodo inicial de vigencia comprendido entre el día de su firma y el 31 de diciembre de 2020, inclusive.

Dicha cláusula, no obstante, prevé la posibilidad de que las partes firmantes acuerden prorrogar, de forma expresa, por periodos anuales sucesivos, el citado Convenio, siempre y cuando hubiera sido objeto igualmente de prórroga el Protocolo General suscrito el 22 de marzo de 2017 con la Federación Canaria de Municipios, de acuerdo con lo previsto en su cláusula 8ª.

Es por ello que en fecha 28 de diciembre de 2020 ambas partes suscribieron una primera Adenda de modificación y prórroga del citado Convenio siendo el actual periodo de vigencia el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, ambos inclusive.

Tercero.- El Protocolo General suscrito con la Federación Canaria de Municipios ha sido objeto de prórroga mediante Adenda de 2 de diciembre de 2020 para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023, por lo que este requisito se cumple.

Cuarto.- Las partes suscriptoras del Convenio consideran que siguen concurriendo las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, pues el mismo redunda en beneficio de los vecinos y de las vecinas del municipio por cuanto se benefician de una gestión más ágil y eficaz de los procedimientos relacionados con la expedición, renovación y modificación de los títulos de familia numerosa, procurando a su vez una administración más cercana a la ciudadanía, sin que por otro lado concurran circunstancias que aconsejen modificar el contenido del clausulado del citado Convenio.

En virtud de lo anteriormente expuesto, las partes intervinientes

ACUERDAN

Prorrogar la vigencia del Convenio de Cooperación suscrito en fecha 28 de noviembre de 2017 entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la extinta Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y el Ayuntamiento de la Ciudad de Puerto de la Cruz (Registro de Convenio RCO2017TF00048) para la encomienda de actuaciones de información, asesoramiento, registro de solicitudes y, en su caso, la entrega de copia electrónica de los títulos de familia numerosa, para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022, manteniéndose las mismas condiciones acordadas y en los mismos términos que las establecidas en el Convenio y en la modificación operada en su primera Adenda de modificación y prórroga.

Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, a 17 de diciembre de 2021.- La Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, Noemí Santana Perera.- El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de la Ciudad de Puerto de la Cruz, Marco Antonio González Mesa.- El Secretario General del Ayuntamiento, Antonio Jerónimo Rodríguez Escobar.

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