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BOC Nº 267. Miércoles 29 de diciembre de 2021 - 5404

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

5404 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 20 de diciembre de 2021, de la Directora, por la que se modifica el Anexo I de la Resolución de 5 de noviembre de 2021, que aprueba y hace pública la lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino como Técnicos de Empleo en virtud de la ejecución del Plan de Choque para el empleo joven 2019-2021.

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BOC-A-2021-267-5404. Firma electrónica - Descargar

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, se convocan pruebas selectivas para la constitución de una lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como Técnicos de Empleo, en virtud de la ejecución del Plan de Choque para el empleo joven 2019-2021
(BOC nº 84, 6.4.2021; c.e. BOC nº 91, 5.5.2021).

Segundo.- En virtud de la Resolución de esta Dirección del Servicio Canario de Empleo, de fecha 28 de junio de 2021, se aprueba y ordena la publicación de la lista provisional de personas admitidas y excluidas en las citadas pruebas selectivas, se anuncia el lugar, fecha y hora de celebración del ejercicio único de la fase de oposición (BOC nº 136, de 5.7.2021).

Tercero.- Mediante Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de fecha 6 de julio de 2021, se designan las personas que integran el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas (BOC nº 143, de 13.7.2021).

Cuarto.- Por Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de fecha 15 de julio de 2021, se designa personal colaborador del Tribunal Calificador que se regula en la base 7ª de la Resolución de 29 de marzo de 2021.

Quinto.- Por Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de fecha 22 de julio de 2021, se aprueba y ordena la publicación de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas a las citadas pruebas selectivas (BOC nº 153, de 27.7.2021;
c.e. BOC nº 164, de 10.8.2021).

Sexto.- Celebrada la prueba del ejercicio único de la fase de oposición, por Resolución del Presidente del Tribunal Calificador, de fecha 17 de agosto de 2021, se publican las notas del ejercicio de la fase de oposición.

Séptimo.- Mediante Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de fecha 26 de agosto de 2021, se amplía el plazo previsto en la base específica 12ª de la Resolución de 29 de marzo de 2021, por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de una lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como Técnicos de Empleo, en virtud de la ejecución del Plan de Choque para el empleo joven 2019-2021.

Octavo.- Mediante Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, de fecha 7 de septiembre de 2021, se requiere a las personas que superaron la fase de oposición, para la presentación de la documentación acreditativa de los méritos de la fase de concurso.

Noveno.- Mediante Resolución de la Directora del Servicio Canario de Empleo, de fecha 14 de septiembre de 2021, se designa el personal que integrará una comisión baremadora para que asista al Tribunal Calificador, que se regula en la base séptima de la Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Directora, por la que se convocan pruebas selectivas para la constitución de una lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como técnicos de empleo, en virtud de la ejecución del plan de choque para el empleo joven 2019-2021.

Décimo.- El Tribunal Calificador procedió a la valoración de los méritos alegados por las personas aspirantes en la fase de concurso, dictando Resolución de fecha 7 de octubre de 2021, por la que se hacen públicas en la página web del Servicio Canario de Empleo, las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes, por la valoración de los méritos de la fase de concurso. Al mismo tiempo, se les confirió un plazo de tres días hábiles para la presentación de alegaciones.

Decimoprimero.- Una vez expirado el plazo conferido al efecto y resueltas las solicitudes de revisión presentadas, por Resolución del Presidente del Tribunal Calificador, de fecha 26 de octubre de 2021, se publican las puntuaciones finales obtenidas en el proceso selectivo por las personas aspirantes, resultante del sumatorio del 50% de la puntuación de cada una de las fases (fase de oposición y fase de méritos).

Decimosegundo.- Mediante Resolución de la Directora del Servicio Canario de Empleo nº 9325, de fecha 5 de noviembre de 2021, se aprueba y se hace pública la lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como Técnicos de Empleo, en virtud de la ejecución del Plan de Choque para el empleo joven 20191-2021 (BOC nº 233 de 12.11.2021).

Decimotercero.- Con fecha 16 de noviembre de 2021, Dña. Rita María Castellano Almeida, interpone recurso de alzada en tiempo y forma de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la Resolución del Presidente del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para la constitución de una lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario, Técnicos de Empleo, en virtud de la ejecución del Plan de Choque para el empleo joven 2019-2021, convocadas por Resolución de 29 de marzo de 2021, por la que se publica las puntuaciones finales, por no estar de acuerdo con la puntuación obtenida en la baremación de sus méritos.

Decimocuarto.- Con fecha 16 de diciembre de 2021, se estima mediante Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, el recurso de alzada interpuesto por Dña. Rita María Castellano Almeida, contra la Resolución del Presidente del Tribunal Calificador, de fecha 26 de octubre de 2021, relativa a las puntuaciones finales obtenidas en el proceso selectivo por las personas aspirantes, en cuyo resuelvo segundo se dispone:

“Otorgar a la aspirante Dña. Rita María Castellano Almeida la puntuación de 5,21 en la fase de méritos, en base al informe emitido por el Presidente del Tribunal Calificador de las pruebas citadas, por lo que procederá la modificación de su nota final, así como el orden de prelación en la lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como Técnicos de Empleo.”

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- En virtud de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de fecha 20 de febrero de 2020, se acuerda delegar en la persona titular de la Dirección del Servicio Canario de Empleo la convocatoria y aprobación de las bases específicas que han de regir la constitución de una lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como técnicos de empleo, en virtud de la ejecución para la implantación del Plan de Choque para el Empleo Joven 2019-2021 (BOC nº 44, de 4.3.2020).

Segunda.- La base específica 2ª de la convocatoria precitada, relativa al sistema selectivo, señala que formarán parte de la lista de reserva quienes superen la fase de oposición. La determinación de la nota corte para superar la fase de oposición será la de las trescientas cincuenta (350) mejores puntuaciones que hubieran obtenido al menos una calificación de 5 puntos. En el supuesto de existir varios aspirantes con igual puntuación que pudieran ocupar el último lugar del referido cupo, el mismo será ampliado incluyéndolos a todos ellos.

Tercera.- Se señala asimismo, en la precitada base específica segunda que la puntuación máxima obtenible en todo el proceso selectivo será de 10 puntos, correspondiendo 5 puntos (50%) como máximo a la fase de oposición y 5 puntos (50%) como máximo a la fase de concurso.

Cuarta.- La base específica 13ª, de las que rigen la convocatoria, regula la constitución de la lista de reserva en los términos siguientes:

1. Concluido el procedimiento selectivo, en el plazo máximo de tres meses, a contar desde que el Tribunal Calificador hubiere dictado la correspondiente Resolución de personas aspirantes seleccionadas, la Dirección del Servicio Canario de Empleo dictará la Resolución de constitución de la lista de reserva.

2. La lista de reserva se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

3. La lista de reserva se conformará incluyendo a todas las personas que hayan superado la fase de oposición, con independencia de la puntuación obtenida en la fase de concurso.

4. La lista de reserva, respecto de cada persona integrada, contendrá nombre, apellidos, número del Documento Nacional de Identidad, en la forma que establece la Disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Respecto a las personas integradas por el turno de discapacidad, la lista contendrá la reseña “TD”.

Quinta.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 109.2, señala que las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

RESUELVO:

Primero.- Rectificar el Anexo I de la Resolución de la Directora del Servicio Canario de Empleo nº 9325, de 5 de noviembre de 2021, por la que se aprueba y se hace pública la lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como Técnicos de Empleo, en virtud de la ejecución del Plan de Choque para el empleo joven 20191-2021 (BOC nº 233, de 12.11.2021).

Segundo.- Otorgar a la aspirante Dña. Rita María Castellano Almeida la puntuación de 5,21 en la fase de méritos, en base al informe emitido por el Presidente del Tribunal Calificador de las pruebas citadas, por lo que se procederá a la modificación de su nota final, así como el orden de prelación en la lista de reserva para el nombramiento de personal funcionario interino, como Técnicos de Empleo.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, se podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección del Servicio Canario de Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de diciembre de 2021.- La Directora, Dunnia Rosa Rodríguez Viera.

Ver anexo en las páginas 54663-54675 del documento Descargar

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