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BOC Nº 263. Viernes 24 de diciembre de 2021 - 5329

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Parlamento de Canarias

5329 RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2021, de la Presidencia, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Mesa de 2 de diciembre de 2021, relativo a la aprobación de la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión, en régimen de contratación laboral fija, de una plaza con la categoría de Técnico/a Corrector de Estilo, Grupo I, por el sistema de concurso-oposición, acceso libre.

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La Mesa del Parlamento de Canarias, en su reunión de fecha 2 de diciembre de 2021, acordó la aprobación de la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión, en régimen de contratación laboral fija, de una plaza con la categoría de Técnico/a Corrector de Estilo, Grupo I, del Parlamento de Canarias, por el sistema de concurso-oposición, acceso libre.

Se ordena la publicación para general conocimiento.

En la sede del Parlamento de Canarias, a 13 de diciembre de 2021.- El Secretario General (p.d. del Presidente, Resolución de 27.6.2019, BOPC nº 7, de 28.6.2019), Salvador Iglesias Machado.

ANEXO

ACUERDO DE LA MESA DEL PARLAMENTO DE CANARIAS DE 2 DE DICIEMBRE DE 2021, POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN, EN RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN LABORAL FIJA, DE UNA PLAZA CON LA CATEGORÍA DE TÉCNICO/A CORRECTOR DE ESTILO, GRUPO I, DEL PARLAMENTO DE CANARIAS, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, ACCESO LIBRE.

Las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias (en adelante, NGI), en la Disposición adicional segunda, sobre el régimen de supletoriedad, señala que en todo lo no previsto por las mismas se aplicará supletoriamente la normativa vigente sobre el régimen funcionarial de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y, en su caso, la legislación estatal, en cuanto no resultare incompatible con la actividad parlamentaria.

Dichas Normas, en el artículo 37.3, establece que: el personal laboral al servicio del Parlamento de Canarias se rige, además de por las presentes normas en lo que les sea de aplicación, por el convenio colectivo que apruebe la Cámara para dicho personal, así como por la legislación laboral y demás disposiciones vigentes que les resulten aplicables. Asimismo, en el artículo 80 regula la valoración de los méritos que se han de tener en cuenta en los concursos de méritos.

El I Convenio Colectivo del Personal Laboral del Parlamento de Canarias (BOP de Santa Cruz de Tenerife nº 226, de 18.11.2009, en adelante, Convenio Colectivo), regula, en el artículo 4, en relación con el régimen de supletoriedad, lo siguiente: las normas contenidas en el presente Convenio regularán las relaciones entre el Parlamento de Canarias y su personal laboral, con carácter preferente y prioritario a otras disposiciones de carácter general. Con carácter supletorio, para lo no previsto en el presente Convenio, se estará, por este orden, a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias y en el resto de la legislación laboral de obligado cumplimiento, que en ningún caso podrá ir en contra de lo establecido en el presente Convenio Colectivo.

El artículo 13.3 del Convenio Colectivo regula el régimen de provisión de vacantes y selección del personal laboral fijo, señalando lo siguiente:

…Todas las vacantes de personal laboral fijo se proveerán por los siguientes procedimientos y con arreglo al orden de prelación que se señala:

1.- Concurso de traslado.

2.- Concurso de promoción interna.

3.- Convocatoria pública.

Una vez ofertadas las plazas no podrán ser modificadas o amortizadas.

En la Relación de Puestos de Trabajo del Parlamento de Canarias de 16 de diciembre de 2020 (Boletín Oficial del Parlamento de Canarias, en adelante, BOPC, nº 495, de 22.12.2020), se encuentra vacante un puesto de trabajo de personal laboral, Técnico/a Corrector de Estilo (Grupo I).

Por Acuerdo de la Mesa de 8 de julio de 2021 se aprobó la Oferta de Empleo Público del personal laboral del Parlamento de Canarias, para el año 2021 (BOPC nº 333, 12.7.2021), relacionado en el punto 2, las plazas objeto de oferta de empleo público, incluyéndose, entre las mismas, una de Técnico/a Corrector de Estilo, del Grupo I, a proveerse por el turno libre. En el punto 4 de dicho Acuerdo se establece que los procesos selectivos que emanan de dicha oferta serán convocados dentro del ejercicio 2021, y su ejecución culminará en el plazo improrrogable de 3 años.

En los artículos 16 y siguientes del Convenio Colectivo se regulan las características de la convocatoria pública de provisión de puestos de trabajo. En concreto, en el artículo 17
dispone, respecto a la convocatoria pública para el personal de nuevo ingreso, que:
La selección del personal laboral fijo, previa a su contratación, se realizará, preferentemente, por el sistema de concurso-oposición u oposición libre, según el nivel de conocimientos específicos que requiera el puesto de trabajo, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y con lo previsto en el presente Convenio y en el resto del ordenamiento jurídico.

Por Acuerdo de la Mesa de 4 de noviembre de 2021, se aprobó el anteproyecto de las bases de la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión, en régimen de contratación laboral fija, de una plaza de Técnico/a Corrector de Estilo (Grupo I) del Parlamento de Canarias, por el sistema de concurso-oposición, turno de acceso libre. Dichas bases han sido objeto de negociación en la reunión celebrada el 24 de noviembre de 2021 de la Mesa de Negociación de Personal Laboral.

En virtud de lo expuesto, a la vista de las competencias que tiene atribuidas en los artículos 8.b) del I Convenio Colectivo y del 42.e) de las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias, con el parecer favorable del Letrado-Secretario General, la Mesa acuerda:

1.- Aprobar la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión, en régimen de contratación laboral fija, de una plaza de Técnico/a Corrector de Estilo (Grupo I) del Parlamento de Canarias, por el sistema de concurso-oposición, turno libre, en los términos que figuran en el anexo a este Acuerdo.

2.- La presente convocatoria y sus bases serán publicadas en el Boletín Oficial del Parlamento de Canarias, en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web del Parlamento de Canarias, portal de transparencia.- En la Sede del Parlamento de Canarias, a 2 de diciembre de 2021.- El Secretario Primero, Jorge Tomás González Cabrera.- Vº Bº el Presidente, Gustavo Adolfo Matos Expósito.

ANEXO

ACUERDO DE LA MESA DEL PARLAMENTO DE CANARIAS, DE 2 DE DICIEMBRE DE 2021, POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN, EN RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN LABORAL FIJA, DE UNA PLAZA DE TECNICO/A CORRECTOR DE ESTILO (GRUPO I) DEL PARLAMENTO DE CANARIAS, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, ACCESO DE LIBRE.

En ejecución de lo dispuesto en la Oferta de Empleo Público para el personal laboral para el año 2021, aprobada por Acuerdo de la Mesa de 8 de julio de 2021, publicada en el Boletín Oficial del Parlamento de Canarias nº 333, de 12 de julio de 2021, y conforme a lo previsto en los artículos 16 y siguientes del I Convenio Colectivo del Personal del Parlamento de Canarias (BOP de Santa Cruz de Tenerife nº 226, de 18.11.2009) y con carácter supletorio, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias y en el resto de la legislación laboral de obligado cumplimiento, previa negociación en la Mesa de Negociación de 24 de noviembre de 2021, la Mesa de la Cámara, en reunión de 2 de diciembre de 2021, acuerda convocar concurso-oposición, acceso libre, con arreglo a las siguientes

BASES

Primera.- Objeto de la convocatoria, régimen jurídico y publicación.

1.- Es objeto de la presente convocatoria, la selección por el sistema de concurso-oposición, turno libre, para cubrir una plaza con la categoría de Técnico/a Corrector de Estilo (Grupo I), vacante en la Plantilla Orgánica y Relación de Puestos de Trabajo del Parlamento de Canarias, para su contratación como personal laboral fijo, con las siguientes características y funciones: “corrección idiomática de los textos que se vayan a publicar, tareas de corrección de todos los aspectos relativos a la edición e impresión como corrección de pruebas de imprenta, elementos de diseño gráfico, formato y maquetación de páginas, organización de disposición gráfica de la información y otras de similares características.”

2.- La presente convocatoria queda sujeta a las bases de la misma y se regirá por el Convenio Colectivo y, supletoriamente, para lo no previsto en el mismo, por este orden, a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, a las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias, y el resto de la legislación laboral de obligado cumplimiento, que en ningún caso podrá ir en contra de lo establecido en el Convenio Colectivo.

3.- Las bases de la presente convocatoria serán publicadas en el Boletín Oficial del Parlamento de Canarias (en adelante, BOPC), en el Boletín Oficial de Canarias (en adelante, BOC) y en la página web del Parlamento, portal de transparencia.

La publicación del acuerdo en el BOC será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes.

1.- Para participar en el concurso-oposición será necesario reunir los siguientes requisitos:

a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57.4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Ser mayor de edad y no haber alcanzado, en su caso, la edad de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de la titulación de Licenciatura en Filología Hispánica o Española. Grado en Español: Lengua y Literatura. Grado en Lengua Española y Literaturas Hispánicas. Grado en Filología Hispánicas. Grado en Filología Hispánica o equivalentes en Lengua y Literatura Española.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencias.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.

e) No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las funciones correspondientes.

f) Cumplir los requisitos que se establecen en la convocatoria.

2.- Los anteriores requisitos deberán reunirse en el día en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de formalización del contrato.

3.- Si en algún momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento de que algún o alguna aspirante no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, podrá acordar, previa audiencia del interesado o de la interesada, la exclusión del mismo.

Tercera.- Solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

1.- Quienes deseen tomar parte en el concurso-oposición deberán dirigir solicitud al Letrado-Secretario General del Parlamento de Canarias, en instancia según modelo que se acompaña como Anexo II a la presente convocatoria, y que podrá descargarse de la página web del Parlamento de Canarias, en https://www.parcan.es/transparencia/procedimientos/ a través del Registro de Personal, de lunes a viernes, laborales, de 9:00 a 14:00 horas, sito en la calle de Teobaldo Power, 7, Edificio Administrativo, 3ª planta, código postal 38002, de Santa Cruz de Tenerife.

En los supuestos de que hubiera modificación de los plazos objeto del concurso-oposición, se abrirá nuevo plazo de presentación de instancias.

Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en vigor de conformidad con lo dispuesto en la Disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si se optase por la presentación de la solicitud en lugar distinto al Registro de Personal del Parlamento de Canarias, deberán comunicar esta circunstancia al Parlamento de Canarias, a través de correo electrónico, personal@parcan.es o cualquier otro medio que quede constancia.

2.- El plazo de presentación de instancias será de veinte (20) días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOC.

3.- La instancia en la que se solicite tomar parte en las pruebas se acompañará de la fotocopia del documento nacional de identidad, el resguardo del impreso de ingreso o la transferencia que se haya utilizado para hacer efectivos los derechos de examen, en su caso, cuyo importe se encuentra señalado en el apartado siguiente, y de la fotocopia compulsada del título que se alegue en la solicitud. En el supuesto de que sea el Parlamento el que compulse el título, se presentará la fotocopia acompañada del original.

4.- El importe a abonar en concepto de derechos de examen a satisfacer para participar en la presente convocatoria es de setenta y tres euros con cincuenta y siete céntimos
(73,57 euros), de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de la Viceconsejería de Hacienda, Planificación y Asuntos Europeos, de 4 de enero de 2021, por la que se publican las cuantías fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2021 (BOC nº 6, de 11.1.2021).

Tal cantidad deberá abonarse mediante ingreso o transferencia a la cuenta del Parlamento de Canarias en la entidad bancaria “CaixaBank, S.A”: ES 75 2100 9169 0522 0005 8864, haciendo constar como observación la indicación “DNI, nombre y apellidos, Técnico/a Corrector de Estilo (I)”.

Conforme a lo previsto en el artículo 33 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, en la redacción operada, con vigencia indefinida y con efectos desde el 1 de enero de 2019, por el apartado uno de la disposición final sexta de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019, las personas aspirantes tendrán derecho a aplicar alguna de las siguientes exenciones o bonificaciones sobre el pago de derechos de examen, aportando al efecto, junto a la solicitud, en el momento de su presentación, alguno de los documentos acreditativos a continuación relacionados:

Ver anexo en las páginas 53773-53774 del documento Descargar

En los casos en que, como consecuencia de la aplicación de una de las exenciones o bonificación anteriormente señaladas, no proceda efectuar pago alguno de la tasa de admisión a las pruebas selectivas o esté bonificado, la persona aspirante, en todo caso, ha de presentar escrito donde señale que se acoge a la exención o bonificación y adjuntar el documento acreditativo de la exención o bonificación aplicada.

Quienes no aporten la documentación acreditativa de la exención o bonificación aplicada perderán su derecho a participar en las pruebas selectivas.

El Parlamento de Canarias podrá comprobar en cualquier momento del proceso selectivo la regularidad y procedencia de las exenciones aplicadas por las personas aspirantes.

El importe de la tasa solo podrá ser devuelto, previa solicitud de las personas aspirantes, en el caso de no ser admitido o admitida en el proceso selectivo por no reunir los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo.

Cuarta.- Admisión de las personas aspirantes.

1.- Expirado el plazo de presentación de instancias, y a la vista de las presentadas, la Mesa del Parlamento adoptará acuerdo, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación provisional de admitidas o admitidos y excluidas o excluidos, con expresión de los motivos de exclusión en cada caso.

En dicho acuerdo, que se publicará en el BOPC, en el BOC y en la página web del Parlamento, en el portal de transparencia, se concederá un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOC, para la presentación de reclamaciones a la citada relación o subsanarse los defectos en que las personas aspirantes hubieran incurrido y que hayan motivado, en su caso, la exclusión, en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quienes dentro del plazo de subsanación de defectos no lo hicieran, serán excluidos o excluidas del proceso selectivo.

2.- Transcurrido dicho plazo, se hará pública en el BOPC y en el BOC, así como en la página web del Parlamento, portal de transparencia, el acuerdo de la Mesa por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos o admitidas y de excluidos o excluidas del proceso selectivo y en la que recogerá el lugar y la fecha del comienzo del primer ejercicio, así como el orden de actuación de las personas aspirantes.

Comenzado el proceso selectivo no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el BOPC y BOPC. Los anuncios de estas pruebas se harán públicos por el órgano de selección en la página web del Parlamento, portal de transparencia.

Quinta.- Tribunal Calificador.

1.- El Tribunal Calificador se compondrá de cinco miembros, teniendo cada uno de ellos un suplente y estará integrado por un presidente o presidenta, un secretario o secretaria y, al menos, tres vocales.

El secretario o secretaria del Tribunal habrá de prestar servicios en el Parlamento de Canarias.

2.- La designación de las personas integrantes del Tribunal Calificador, así como de las suplencias, se realizará por la Mesa de la Cámara, conforme al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, debiendo publicarse la misma en el BOPC y BOC con anterioridad al comienzo de las pruebas selectivas y se observará el principio de especialidad, de tal manera que todas las personas integrantes habrán de poseer una titulación de igual o superior nivel académico en el área de conocimiento exigida para participar.

3.- El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará a lo previsto en el Convenio Colectivo, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás normativa de aplicación.

4.- Serán causa de abstención o recusación de las personas integrantes del Tribunal las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

No podrán formar parte de los tribunales de selección quienes hubieran realizado tareas de preparación de las personas aspirantes admitidos en la respectiva convocatoria, dentro de los tres años anteriores a la publicación de aquella en la que hayan de intervenir.

El personal de elección o de designación política, el personal funcionarial interino, el personal eventual y el personal laboral temporal no podrán formar parte de los órganos de selección.

Para la válida constitución y actuación del tribunal se requerirá la asistencia de la mitad más una de las personas que lo integran, sean titulares o suplentes, y siempre la de quien ejerza la presidencia y la secretaría.

Los acuerdos serán adoptados por la mayoría de los asistentes, dirimiendo los empates el voto de calidad de la presidencia.

5.- Las personas integrantes del Tribunal percibirán las indemnizaciones o dietas que les correspondan en relación al servicio y a los derechos de asistencia que se atribuyen a los órganos de selección de acceso al Grupo I de personal laboral, conforme se establece en el Decreto 251/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Indemnizaciones por razón del servicio, modificado por el Decreto 67/2002, de 20 de mayo, y en el Acuerdo de la Mesa de 20 de julio de 2015, con un número máximo de
40 asistencias por cada persona integrante del Tribunal.

6.- El Tribunal podrá disponer la incorporación a su trabajo de asesores y asesoras especialistas, para todas o algunas de las pruebas, de acuerdo con lo previsto en la correspondiente convocatoria, que serán designados por el Letrado-Secretario-General. Dicho personal asesor colaborará con el tribunal exclusivamente en el ejercicio de sus conocimientos técnicos y percibirán las indemnizaciones por razón del servicio que les correspondan.

Asimismo, podrá disponer del personal colaborador, que será designado por el Letrado-Secretario-General, para auxiliar al tribunal en el desarrollo de las pruebas y percibirán las indemnizaciones que les correspondan.

7.- El Tribunal podrá convocar personalmente a los aspirantes o las aspirantes que considere conveniente al objeto de aclarar puntos dudosos, de difícil interpretación o controvertidos de la documentación presentada por los mismos, o en su caso reclamar la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados en la fase de concurso.

8.- El plazo para la resolución del proceso selectivo será el previsto en la Oferta de Empleo Público de 2021 (BOPC nº 333, de 12.7.2021), contado desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de solicitudes.

9.- Con una antelación de quince días al vencimiento de este plazo, en su caso, terminado el proceso selectivo de concurso-oposición, el tribunal elevará su propuesta del candidato o candidata seleccionado o seleccionada para su contratación a la Mesa de la Cámara, acompañando el expediente de dicho procedimiento y las actas de las sesiones celebradas, así como orden de puntuación obtenida por las personas aspirantes.

10.- El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases.

Sexta.- Sistema selectivo.

La selección se realizará por el sistema de concurso-oposición. La puntuación obtenida será la que determine el orden final de las personas aspirantes, quedando seleccionados de entre los mismos, por dicho orden y como máximo, un número de personas aspirantes igual al de las plazas convocadas.

La puntuación máxima de este proceso selectivo será de 40 puntos.

Séptima.- Fase de oposición.

La puntuación máxima de esta fase será de 30 puntos.

Constará de tres pruebas, todas de carácter eliminatorio, según se especifica a continuación:

Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación de un cuestionario de 100 preguntas de tipo test con
4 respuestas alternativas cada una, siendo correcta solo una de las respuestas, del temario que se recoge como Anexo I a estas bases, dirigido a apreciar las aptitudes y conocimientos de las personas aspirantes.

El cuestionario tendrá dos partes:

a) 50 preguntas de carácter técnico basadas en la parte específica del temario.

b) 50 preguntas sobre la parte general del temario.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 2 horas.

Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio.

En el cuestionario figurarán seis preguntas adicionales de reserva, tres de la parte específica y tres de la parte general, que habrán de ser contestadas.

Si como consecuencia de las reclamaciones se anulasen preguntas, se valorarán tantas preguntas de reserva como preguntas se hayan anulado, en el mismo orden en que aparecen en la parte correspondiente del cuestionario, la general o la específica. Si se anulasen más preguntas que el número de preguntas de reserva previstas, se prorrateará la calificación del ejercicio tomando en consideración el número de preguntas que fueran válidas.

Segundo ejercicio.

Consistirá en desarrollar por escrito, en el plazo máximo de 3 horas, dos temas de los cuatro seleccionados al azar por el Tribunal, dos de la parte general y dos de la parte especial, del temario que se incorpora como Anexo I a estas bases. Deberá obligatoriamente desarrollarse un tema de la parte general y otro de la parte especial.

Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio.

Tercer ejercicio.

Constará de dos pruebas:

1ª prueba. Consistirá en realizar la corrección lingüística (ortográfica, morfosintáctica y léxica) y tipográfica de un texto perteneciente a la transcripción de una intervención parlamentaria de una sesión plenaria del Parlamento de Canarias.

Para la realización de esta prueba los opositores u opositoras dispondrán de auriculares y de un ordenador provisto de un entorno Windows, que dispondrá del programa Microsoft Word, con las opciones de revisión y corrección ortográfica y gramatical deshabilitadas, la transcripción de una intervención parlamentaria en el Parlamento de Canarias y la grabación sonora de dicha intervención.

Al término de esta prueba, los opositores y opositoras guardarán una copia de los ejercicios en un pendrive e imprimirán los folios que hubieren redactado, quedando todo ello en un sobre bajo la custodia del Secretario o Secretaria del Tribunal.

El tiempo máximo para la realización esta prueba será de 90 minutos.

2ª prueba. Consistirá en realizar la corrección lingüística (ortográfica, morfosintáctica y léxica) y tipográfica de un texto correspondiente al Boletín Oficial de Parlamento de Canarias. Para ello los opositores y las opositoras dispondrán, siguiendo las recomendaciones de las normas académicas vigentes, de un ordenador provisto de un entorno Windows, que contendrá el programa Microsoft Word, con las opciones de revisión y corrección ortográfica y gramaticales deshabilitadas. Se evaluará la adecuación al lenguaje inclusivo.

Al término de esta prueba, los opositores y opositoras guardarán una copia de los ejercicios en un pendrive e imprimirán los folios que hubieren redactado, quedando todo ello en un sobre bajo la custodia del Secretario o Secretaria del Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de esta prueba será de 90 minutos.

Para la realización de estas pruebas no se permitirá la navegación por internet ni la utilización de diccionarios u otras herramientas de ayuda a la corrección.

Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio.

Octava.- Calificación de la fase oposición.

Los ejercicios de la fase oposición se calificarán de la siguiente forma:

Primer ejercicio:

Se calificará entre 0 y 100 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 50 puntos.

Las contestaciones se valorarán en la forma siguiente:

- Cada respuesta correcta suma 1 punto.

- Cada respuesta errónea resta 0,5 puntos.

- Cada respuesta en blanco o nula (más de una respuesta por pregunta) suma 0 puntos.

Dichos resultados serán ponderados sobre 10 puntos para obtener la calificación del ejercicio siendo eliminados las personas aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio:

Cada uno de los dos temas cuyo desarrollo corresponde realizar a las personas aspirantes dentro de este ejercicio, se calificará por el Tribunal de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener la calificación de al menos 5 puntos en cada uno de ellos para superar el ejercicio.

La calificación final obtenida en este ejercicio será la media aritmética las calificaciones obtenidas en cada uno de los dos temas.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio:

Cada una de las pruebas de carácter práctico de que consta este ejercicio se calificará por el Tribunal de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo 5 puntos en cada una de ellas para superar el ejercicio.

La calificación final obtenida en este ejercicio será la media aritmética las calificaciones obtenidas en cada una de las pruebas del tercer ejercicio.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.

Novena.- Fase de concurso.

Las personas aspirantes que superen la fase de oposición serán requeridos por el Tribunal Calificador para que en el plazo de cinco días hábiles, a partir de la publicación de los resultados de dicha fase, presenten certificación acreditativa de los méritos académicos y profesionales que se aleguen, acompañado de fotocopias debidamente compulsadas de la documentación acreditativa de los mismos.

El máximo de puntuación en esta fase será de 10 puntos.

1.- Antigüedad: la puntuación máxima por este concepto será de 5 puntos.

1.1. Servicios prestados en el Parlamento de Canarias y Asambleas Legislativas en puestos de la misma categoría profesional y funciones que las del puesto de trabajo convocado: máximo 2,5 puntos a razón de 0,50 puntos por año de servicio, despreciándose las fracciones inferiores al año.

1.2. Servicios prestados en el Parlamento de Canarias y Asambleas Legislativas en puestos de categoría profesional inmediatamente inferior al del puesto de trabajo convocado: máximo 1,25 puntos, a razón de 0,23 puntos por año, despreciándose las fracciones inferiores al año.

1.3. Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en puestos de la misma categoría profesional y funciones que las del puesto de trabajo convocado: máximo 1 punto a razón de 0,30 puntos, despreciándose las fracciones inferiores a un año.

1.4. Servicios prestados en otras Administraciones Públicas en puestos de categoría profesional inmediatamente inferior a la del puesto de trabajo convocado: máximo 0,25 puntos, a razón de 0,16 puntos por año, despreciándose las inferiores al año.

2.- Cursos/jornadas de formación y perfeccionamiento: La puntuación máxima por este concepto será de 2,50 puntos.

Se valorará la asistencia y aprovechamiento de cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias de la plaza de Técnico/a Corrector Estilo que se convoca, y las que sean relevantes a juicio del Tribunal Calificador, conforme al siguiente baremo:

- 0,35 puntos por cursos con duración superior a 20 horas.

- 0,20 puntos por cursos de duración igual o inferior a 20 horas.

- 0,15 puntos más si el curso citado se ha realizado con aprovechamiento.

- 0,10 puntos por otros cursos y jornadas relacionadas con el temario de la oposición.

Solo se valorarán los cursos y jornadas organizados por instituciones oficiales o impartidos en centros oficiales de formación, entendiéndose por tal los organizados por el Parlamento de Canarias u otra Administración Pública: Instituto Canario de Administración Pública (ICAP), Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), Servicio Canario de Empleo (SCE), Instituto Canario de Igualdad, Universidades, organizaciones empresariales y sindicales en el marco de los acuerdos de formación continua en las Administraciones Públicas.

Cuando el certificado no especifique el número de horas lectivas no será valorado.

3.- Méritos académicos: la puntuación máxima por este concepto será de 2,50 puntos.

3.1.- Por cada doctorado: 0,75 puntos.

3.2.- Por cada licenciatura universitaria: 0,50 puntos.

3.3.- Por cada grado universitario: 0,30 puntos.

3.4.- Por cada diplomatura universitaria: 0,25 puntos.

3.5.- Por cada Máster universitario: 0,20 puntos.

3.6.- Por experto universitario oficial: 0,15 puntos.

3.7.- Cursos de idiomas de inglés, francés y alemán, impartidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas en los niveles: B1, B2, C1 y C2 se puntuarán, como figura en la siguiente tabla:

Ver anexo en la página 53780 del documento Descargar

Se puntuarán solo los certificados que se relacionan en la Orden de 11 de abril de 2018,
por la que se actualizan los títulos y certificados establecidos en el Anexo I de la Orden de 21 de septiembre de 2016, que regula el reconocimiento de la acreditación de la competencia lingüística conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Se valorarán aquellas titulaciones distintas a las exigidas o aportadas para participar en el proceso selectivo.

Décima.- Lugar de celebración, comienzo y desarrollo de los ejercicios.

1.- Los ejercicios de la oposición no podrán comenzar hasta transcurridos seis meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el BOC.

2.- Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal, quedando decaídos en su derecho los que no concurran a realizar los ejercicios, y deberán concurrir a los ejercicios provistos de su Documento Nacional de Identidad.

La representación del personal laboral de la Cámara podrá estar presente en el desarrollo de los ejercicios.

3.- El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por las personas aspirantes cuyo apellido comience por la letra “V”, según establece la Resolución de 23 de julio de 2021, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

Undécima.- Relación de aprobados.

Finalizado el proceso selectivo el Tribunal, en el plazo máximo de quince días a contar desde calificación definitiva de las personas aspirantes, publicará la relación de las personas aprobadas con la puntuación otorgada a cada aspirante en cada ejercicio y la suma de todas ellas, más la puntuación obtenida en la fase de concurso, que determinará el orden final de los mismos.

En caso de empate, el Tribunal deberá resolverlo a favor de la persona aspirante que haya obtenido mayor puntuación en el tercer ejercicio de los que consta la oposición.

Dicha lista estará debidamente certificada por el secretario o secretaria con el visto bueno del presidente o presidenta del tribunal y se publicará en la página web del Parlamento, portal de transparencia.

A la vista de los resultados finales, el Tribunal Calificador declarará aprobados y elaborará una lista por orden de puntuación, con un número de aspirantes que, como máximo, será el de plazas convocadas, la cual integrará la propuesta de contratación.

Duodécima.- Aspirante propuesto para la contratación.

El Tribunal elevará la relación de las personas candidatas aprobadas -a través del Letrado-Secretario General de la Cámara-, a la Mesa del Parlamento, en unión de la correspondiente propuesta de la persona aspirante seleccionada para su contratación y del expediente del concurso-oposición con todos los ejercicios y las actas de las sesiones del Tribunal.

Decimotercera.- Aportación de documentación.

1.- Las personas aspirantes propuestas por el Tribunal Calificador deberán presentar en el Registro de Personal de la Cámara, en el plazo de veinte (20) días naturales desde que se haga pública la relación a la que se refiere la base décima, mediante la correspondiente instancia, la siguiente documentación:

1.1.- Documento nacional de identidad original o pasaporte o número de identidad de extranjeros, así como fotocopia para su compulsa.

1.2.- Título original de la titulación académica exigida en la base segunda de esta convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del mismo y fotocopia para su compulsa.

1.3.- Certificado médico oficial acreditativo del cumplimiento del requisito establecido en la base segunda.1.e) de la presente convocatoria.

1.4.- Declaración responsable de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.

2.- Si dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser seleccionado para formalizar el contrato y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

En este caso, se formulará la propuesta de nombramiento según el orden de puntuación a favor de quienes, como consecuencia de la referida anulación, tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.

Decimocuarta.- Formalización del contrato y periodo de prueba.

No se podrá formalizar más contrato que el correspondiente a la plaza convocada.

Una vez que la Mesa del Parlamento de Canarias acuerde la autorización para la contratación, el órgano competente procederá a la notificación a la persona interesada de dicho acuerdo y se procederá a la formalización del contrato dentro del plazo de un mes a partir de la recepción de dicha notificación.

Transcurrido el periodo de prueba de noventa días naturales, la persona contratada que lo supere satisfactoriamente adquirirá la condición de personal laboral fijo, computándose el periodo de prueba a todos los efectos.

Durante el periodo de prueba, la Mesa de la Cámara por acuerdo motivado, a propuesta de la presidencia y previo informe del Letrado-Secretario General, podrá poner fin a la relación laboral sin derecho alguno a indemnización.

El contrato de trabajo quedará formalizado por escrito y con las cláusulas y requisitos establecidos en el I Convenio Colectivo del Personal Laboral del Parlamento de Canarias y demás legislación que le sea de aplicación, y con carácter supletorio, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias y en el resto de la legislación laboral de obligado cumplimiento.

Decimoquinta.- Régimen de impugnaciones.

1.- El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la oposición en todo lo no previsto en estas bases.

2.- Contra la presente convocatoria y sus bases, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que las haya dictado, según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.- En la Sede del Parlamento de Canarias, a 2 de diciembre de 2021.- El Secretario Primero, Jorge Tomás González Cabrera.- Vº Bº el Presidente, Gustavo Adolfo Matos Expósito.

ANEXO I

TEMARIO DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN, EN RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN LABORAL FIJA, DE UNA PLAZA DE TECNICO/A CORRECTOR DE ESTILO (GRUPO I) DEL PARLAMENTO DE CANARIAS, POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, ACCESO LIBRE.

PARTE GENERAL

Tema 1.- La Constitución española de 1978: Proceso de elaboración. Estructura y contenido. Los principios inspiradores de la Constitución. La soberanía nacional. La división de poderes. La reforma de la Constitución.

Tema 2.- Derechos fundamentales y libertades públicas. Derechos y deberes de la ciudadanía. Las garantías específicas de las libertades. La protección internacional de los derechos fundamentales.

Tema 3.- Los derechos constitucionales a la igualdad y no discriminación: Políticas de igualdad de género en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Medidas de la Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de igualdad entre mujeres y hombres, en materia de función pública.

Tema 4.- Las Cortes Generales. Composición, organización y funciones del Congreso de los Diputados y del Senado. La Corona: posición constitucional y funciones. El refrendo. La sanción de las Leyes.

Tema 5.- El Poder Judicial. Principios constitucionales. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal. El Jurado.

Tema 6.- La organización política de las Comunidades Autónomas. Asamblea legislativa. Presidente y Consejo de Gobierno. La organización administrativa: estructura y régimen jurídico de la Administración autonómica. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Relaciones de cooperación y de coordinación y sistema de conflictos.

Tema 7.- Reglamento del Parlamento de Canarias: Estatuto jurídico del parlamentario. Derechos, deberes y prerrogativas. La inviolabilidad y la inmunidad parlamentaria. Las incompatibilidades. Suspensión y pérdida de la condición de diputado o diputada.

Tema 8.- Reglamento del Parlamento de Canarias: Régimen disciplinario parlamentario. El orden dentro del recinto parlamentario. Las llamadas a la cuestión y al orden. Alusiones. Uso de la palabra. La cortesía parlamentaria. Los delitos contra la institución parlamentaria. La obstrucción parlamentaria.

Tema 9.- Reglamento del Parlamento de Canarias: La Presidencia. La Mesa. La Junta de Portavoces. Nombramiento y funciones. El Pleno y las Comisiones.

Tema 10.- Reglamento del Parlamento de Canarias: Las Comisiones legislativas: estructura, composición y funciones. Las Comisiones permanentes, legislativas y no legislativas. Las Comisiones no permanentes. Las ponencias. Las subcomisiones.

Tema 11.- Reglamento del Parlamento de Canarias: Los Grupos Parlamentarios. Constitución. Grupo Parlamentario Mixto. Diputados/as asociados y diputados/as no adscritos. Portavocía. Disolución.

Tema 12.- Reglamento del Parlamento de Canarias. Periodo de sesiones. El orden del día. El quórum: tipos y presunciones. El debate parlamentario. Los medios de abreviación del debate.

Tema 13.- Reglamento del Parlamento de Canarias. Las votaciones. El orden de votación. La publicidad del debate parlamentario. Actuaciones secretas. Las publicaciones oficiales.

Tema 14.- Reglamento del Parlamento de Canarias: Las enmiendas: concepto y clases. El régimen jurídico de las enmiendas: enmiendas a la totalidad y al articulado. Enmiendas transaccionales, enmiendas “in voce” y enmiendas de corrección técnica; enmiendas y votos particulares. Los requisitos de homogeneidad y congruencia.

Tema 15.- La tramitación de los textos legislativos en el Parlamento de Canarias. El procedimiento legislativo ordinario de tramitación de proyectos y proposiciones de ley. La iniciativa del Gobierno: requisitos de los proyectos de ley. Los procedimientos legislativos especiales. Reforma del Estatuto de Autonomía.

Tema 16.- Reglamento del Parlamento de Canarias: La aprobación de las leyes. La sanción y promulgación de las leyes. La publicación de las leyes.

Tema 17.- La participación ciudadana en la vida parlamentaria: derecho de petición; iniciativa legislativa popular y otras vías.

Tema 18.- Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias: concepto y estructura. Tramitación legislativa. Enmiendas al proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tema 19.- El Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la condición funcionarial. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario. Especial referencia a la Ley de la Función Pública Canaria.

Tema 20.- Las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias: Estructura. Contenido. El personal al servicio del Parlamento de Canarias. La Secretaría General. El Letrado-Secretario General. Los Servicios de la Cámara. La Administración parlamentaria: estructura y funciones.

Tema 21.- Las Normas de Gobierno Interior del Parlamento de Canarias: Ingreso y cese del personal. Derechos, deberes e incompatibilidades. Jornada y dedicación. Provisión de puestos de trabajo. Derechos de representación y participación.

Tema 22.- Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Parlamento de Canarias (I):
ámbito de aplicación y contenido. Condiciones de trabajo. La comisión de seguimiento. La negociación colectiva. Régimen de supletoriedad. Régimen retributivo.

Tema 23.- Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Parlamento de Canarias (II):
órganos competentes en materia de personal y funciones. Régimen de selección, provisión y cese. Situaciones administrativas. Régimen disciplinario. El contrato: requisitos y formalización.

Tema 24.- La prevención de riesgos laborales. Su regulación jurídica. Órganos de control de las medidas de prevención de riesgos en el trabajo. Responsabilidades y sanciones. La prevención de riesgos laborales en las Administraciones Públicas.

Tema 25.- La transparencia de las Administraciones Públicas: Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública. Implicación de la normativa en materia de transparencia de la actividad pública y del ejercicio del derecho de acceso a la información pública en el Parlamento de Canarias.

Tema 26.- El régimen jurídico de la protección de datos de carácter personal: regulación europea, estatal y autonómica. Principios en el tratamiento de los datos personales. La seguridad de los datos. Ejercicio y tutela de los derechos del titular de los datos.

Tema 27.- Los derechos de la ciudadanía en sus relaciones con la Administración Pública. La participación ciudadana en las Administraciones Públicas.

Tema 28.- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público. Funcionamiento electrónico del sector público. Normativa de aplicación. Sede electrónica. Identificación y autentificación. Registros, comunicaciones y notificaciones electrónicas. La gestión electrónica de los procedimientos. Relaciones electrónicas entre las Administraciones.

Tema 29.- El acto administrativo: Requisitos. Notificación y publicación de los actos administrativos. Eficacia y requisitos de la validez de los actos administrativos. Términos y plazos.

Tema 30.- El procedimiento administrativo en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: concepto y clases. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción, finalización. Ejecución.

Tema 31.- Los interesados o interesadas en el procedimiento administrativo. Derechos de la ciudadanía; en particular el acceso a los registros y archivos. Estudio especial de los informes. Términos y plazos.

Tema 32.- Los contratos del sector público: Concepto y clases. Órganos de contratación. El procedimiento de contratación. Ejecución del contrato. Las prerrogativas de la Administración y las garantías del contratista.

Tema 33.- La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas: régimen jurídico. El procedimiento de responsabilidad patrimonial de la Administración. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

Tema 34.- La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Tema 35.- El Estatuto de Autonomía de Canarias: estructura, contenido y naturaleza jurídica. La posición del Estatuto en el sistema de fuentes. Reforma del Estatuto de Autonomía.

Tema 36.- El Gobierno de Canarias: Régimen jurídico. El funcionamiento del Gobierno. La Presidencia de la Comunidad Autónoma de Canarias. Naturaleza. Funciones representativas. Funciones en relación con el Parlamento de Canarias. Funciones como Jefe o Jefa del Gobierno de Canarias. Otras funciones.

Tema 37.- El Consejo Consultivo de Canarias. Diputación del Común. Audiencia de Cuentas de Canarias.

Tema 38.- Los Cabildos Insulares: concepto y naturaleza. Régimen jurídico, organización y competencias. Los municipios de Canarias: régimen jurídico. Los Organismos autónomos de la Comunidad Autónoma.

Tema 39.- Fuentes del Derecho comunitario: El derecho derivado: reglamentos, directivas y decisiones. Las recomendaciones y dictámenes. Actos atípicos. Otras fuentes del ordenamiento comunitario. El sistema de atribución de competencias a la Unión Europea y las competencias de los Estados miembros. Especial referencia a las relaciones entre Estado y Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho comunitario.

Tema 40.- Los Parlamentos nacionales en la Unión Europea. Sus funciones en el proceso de toma de decisiones de la Unión. Control de la adecuación de las propuestas legislativas a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad. Otras funciones de los Parlamentos nacionales. La Comisión mixta para la Unión Europea de las Cortes Generales.

Tema 41.- El sistema institucional de la Unión Europea: la Comisión europea: organización, funcionamiento y competencias. El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad. El Consejo: organización, funcionamiento y competencias. El Consejo europeo.

Tema 42.- El Parlamento europeo: orígenes y naturaleza. Composición, organización interna y funcionamiento. El Tribunal de Justicia: composición, funcionamiento y competencias. Los recursos ante el Tribunal de Justicia.

PARTE ESPECÍFICA

Tema 1.- Lenguaje y comunicación. Lenguaje verbal y lenguajes no verbales. La situación comunicativa. Proceso y elementos de la comunicación.

Tema 2.- La lengua española: origen, formación y evolución.

Tema 3.- La situación lingüística de España.

Tema 4.- Bilingüismo y diglosia. Lenguas en contacto. La normalización lingüística.

Tema 5.- La ortografía española: su origen y evolución. Los grafemas en español.

Tema 6.- El uso de los signos de puntuación en español. Signos principales y secundarios.

Tema 7.- La acentuación en español. El acento prosódico y gráfico.

Tema 8.- La formación de palabras en el español actual: composición, derivación y otros procedimientos de creación léxica.

Tema 9.- Normas vigentes en el tratamiento de mayúsculas y minúsculas en el español actual. Funciones y usos de la mayúscula.

Tema 10.- Los numerales en español. Clasificación y tratamiento ortográfico.

Tema 11.- Topónimos, antropónimos, patronímicos y gentilicios. Concepto y representación ortográfica.

Tema 12.- El préstamo lingüístico. Tratamiento ortográfico de los extranjerismos y latinismos. Adaptación de grafías ajenas al sistema ortográfico tradicional del español. Las transcripciones de voces procedentes de lenguas de alfabeto no latino.

Tema 13.- Componentes del léxico del español general actual: palabras patrimoniales, préstamos, arcaísmos y dialectalismos.

Tema 14.- La presencia de extranjerismos, neologismos y tecnicismos en el español actual: redes sociales y medios de comunicación y su tratamiento tipográfico.

Tema 15.- Relaciones semánticas entre palabras: hiponimia, sinonimia y polisemia. Homonimia y antonimia. Los cambios semánticos.

Tema 16.- Concepto de canarismo léxico y su clasificación. Principales aportes léxicos del español hablado en Canarias.

Tema 17.- Características ortológicas y ortográficas del español de Canarias.

Tema 18.- Rasgos lingüísticos del español atlántico. Relación Canarias-América en el plano léxico.

Tema 19.- El uso lingüístico y la norma: usos jergales, vulgarismos y coloquialismos. Su tratamiento en la lengua española.

Tema 20.- Características del lenguaje político español.

Tema 21.- Rasgos definidores del texto jurídico-administrativo.

Tema 22.- La oratoria parlamentaria: estilo y recursos lingüísticos relevantes.

Tema 23.- El texto expositivo y el texto argumentativo. Estructura, características y técnicas.

Tema 24.- La cohesión textual. Los conectores discursivos en español.

Tema 25.- El tratamiento de la lengua en los medios de comunicación y en el ámbito de la publicidad.

Tema 26.- Los libros de estilo y los diccionarios. Tipos de diccionarios.

Tema 27.- El uso de los diccionarios de la lengua: modo de exposición de la información lexicográfica.

Tema 28.- La transcripción del discurso oral. Los problemas que plantea la transcripción del discurso oral. Texto y contexto. El empleo de las acotaciones.

Tema 29.- El discurso directo y el discurso indirecto. Estructuras sintácticas fundamentales. Representación tipográfica de las citas.

Tema 30.- Uso de las preposiciones. Uso incorrecto de las preposiciones en español. El queísmo y el dequeísmo.

Tema 31.- Reglas de formación del plural. Plurales irregulares. El plural de los extranjerismos y latinismos.

Tema 32.- Las abreviaciones: abreviaturas, siglas y acrónimos. Formación del plural. Los símbolos. Tratamiento ortográfico.

Tema 33.- El gerundio. Unos correctos e incorrectos. Casos del uso independiente del infinitivo en español.

Tema 34.- La concordancia nominal y verbal: reglas generales y casos especiales.

Tema 35.- El uso no sexista del lenguaje. El lenguaje como producto social e histórico: consecuencias desde la perspectiva del sexo en las personas. El empleo del masculino con valor genérico. Recursos léxico-semánticos y morfosintácticos para evitar el lenguaje sexista.

Tema 36.- Resoluciones de organismos internacionales sobre la eliminación del sexismo en el lenguaje. Normativa nacional y autonómica para la supresión de lenguaje sexista en la redacción de textos jurídicos y documentos administrativos.

Tema 37.- Las guías para el uso no sexista del lenguaje y su repercusión en el lenguaje político y administrativo. Tipología.

Tema 38.- La técnica legislativa. La elaboración y redacción de las normas: estructura y aspectos generales. Las directrices de técnica legislativa del Estado y de las comunidades autónomas: recomendaciones lingüísticas.

Tema 39.- Problemas de significado y sentido en las normas jurídicas. Lo implícito y la responsabilidad jurídica: las presuposiciones y los sobrentendidos. Homonimia y polisemia. Paronimia e ideas afines. La indeterminación. La vaguedad. La ambigüedad. La verborrea. Las tautologías y las contradicciones. Las redundancias. Los eufemismos y los términos referenciales.

Tema 40.- Panorama actual de la literatura en Canarias. Escritoras y escritores canarios más representativos.

Tema 41.- Proceso de producción del libro. Partes principales del libro, externas e internas.

Tema 42.- Ortotipografía. Estructura del documento administrativo. El párrafo. Los elementos de titulación. La numeración de niveles. Tipos de letras. La cursiva, la negrita y la versalita: su uso y funciones más características.

Tema 43.- La corrección de estilo: metodología. Tipos de corrección de estilo. Niveles de intervención y sus límites. Herramientas lingüísticas para la corrección de textos y fuentes de consulta.

Tema 44.- Las publicaciones oficiales. Concepto de publicación periódica, los diarios de sesiones de las cámaras legislativas y los boletines oficiales. Las publicaciones oficiales digitales. Las publicaciones oficiales del Parlamento de Canarias. Regulación normativa. La elaboración del Diario de Sesiones y los límites en la corrección de los discursos de las personas oradoras. Estructura del Diario de Sesiones y del Boletín Oficial del Parlamento de Canarias. Recursos tipográficos.

Tema 45.- Los boletines oficiales del Estado y de las comunidades autónomas. Estado actual de la cuestión. El Diario Oficial de la Unión Europea: su repercusión en la legislación nacional.

Tema 46.- Recomendaciones emanadas del Libro de estilo interinstitucional de la Unión Europea y su reflejo en las directrices lingüísticas dictadas por las instituciones españolas.

Tema 47.- La función de la Asociación de Academias de la Lengua Española (Asale) en la estandarización y modernización de la lengua española. La Academia Canaria de la Lengua: regulación normativa. Su función en el conocimiento y normalización de la modalidad dialectal canaria.

ANEXO II

Ver anexo en las páginas 53791-53791 del documento Descargar

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