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BOC Nº 254. Miércoles 15 de diciembre de 2021 - 5191

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Sanidad

5191 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 4 de noviembre de 2021, del Secretario General, por la que se da publicidad a la Sentencia de 4 de febrero de 2021, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dictada en el procedimiento de ilegalidad nº 363/2020, dimanante del procedimiento abreviado nº 208/2020-01 seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria.

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BOC-A-2021-254-5191. Firma electrónica - Descargar

Por Auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Las Palmas de Gran Canaria en el procedimiento abreviado nº 208/2020-01 se plantea, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede de
Las Palmas de Gran Canaria, la cuestión de ilegalidad prevista en el artículo 27.1 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Mediante oficio del Letrado de la Administración de Justicia, librado el 3 de agosto de 2021, se remite a esta Administración Pública, copia de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sección Primera, de 4 de febrero de 2021, instando a su publicación, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

En su virtud, vistas las disposiciones legales de aplicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 118 de la Constitución Española, el artículo 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículo 104.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,

RESUELVO:

Dar publicidad en el Boletín Oficial de Canarias, para general conocimiento, del fallo de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede de Las Palmas de Gran Canaria, Sección Primera, de 4 de febrero de 2021, en el procedimiento abreviado nº 208/2020-01, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Declarar la pérdida sobrevenida de objeto del procedimiento de cuestión de ilegalidad planteado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Las Palmas en el Auto transcrito en el antecedente de hecho primero de esta sentencia; sin costas.”

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de noviembre de 2021.- El Secretario General, Abraham Luis Cárdenes González.

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