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BOC Nº 246. Miércoles 1 de diciembre de 2021 - 5026

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Turismo, Industria y Comercio

5026 ORDEN de 18 de noviembre de 2021, por la que se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de esta Consejería para los ejercicios 2020-2022.

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Visto el expediente para la modificación del “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2020-2022”, y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de esta Consejería nº 59/2020, de 9 de marzo de 2020, se aprueba el “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicios 2020-2022”,

Segundo.- El mencionado Plan Estratégico de Subvenciones ha sido modificado por las Órdenes de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio de fechas 22 de mayo de 2020, 28 de septiembre de 2020 (la cual fue objeto de rectificación por Orden de 2 de octubre de 2020), 11 de diciembre de 2020, 28 de diciembre de 2020, 14 de abril de 2021, 27 de julio de 2021 y 27 de septiembre de 2021, respectivamente.

Tercero.- Por parte de la Dirección General de Industria y la Dirección General de Comercio y Consumo se ha propuesto a través de memorias debidamente justificadas, nuevas líneas de subvención para el ejercicio 2021, contempladas en la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2021, o bien aprobadas mediante las oportunas modificaciones de crédito. Dichas líneas de subvención se detallan a continuación:

DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.2009), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin deben de referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante, lo anterior, el contenido del Plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

En cumplimiento de estos preceptos, al objeto de dar cobertura a las actuaciones que la Dirección General de Industria preveía desarrollar en la anualidad 2021, a través de la ejecución de varias líneas de actuación y proyectos de inversión, en materia de industria y artesanía, concretamente de mejora de la infraestructura y equipamiento industrial, de apoyo a PYMES industriales y de fomento de la artesanía, y dado que constaban para la Dirección General de Industria en el marco de la Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias 2021, determinadas líneas de actuación y proyectos de inversión en las citadas materias, es por lo que se propuso actualizar la anualidad 2021 del Plan Estratégico de Subvenciones, la cual consta en la modificación tramitada mediante Orden departamental de 14 de abril de 2021 e incorporar nuevos proyectos de inversión derivados de expedientes de modificación de crédito que constan también en la última modificación por Orden departamental de 27 de julio de 2021.

Actualmente se precisa modificar nuevamente la anualidad 2021 del Plan en los siguientes términos, incorporando un nuevo proyecto de inversión en el Capítulo VII del programa 433A denominado “Desarrollo Estrategia Industria 4.0 EOI” para conceder una subvención de forma directa destinada a realizar la actuación denominada: Desarrollo de la Estrategia Industria Conectada 4.0 en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las líneas de subvención que propone la Dirección General de Industria pretenden la consecución de los siguientes objetivos generales, reflejados en las memorias de los programas presupuestarios, y que son los siguientes:

1. Mejora de la infraestructura y equipamiento industrial: desarrollo de un Programa de regeneración logística, ambiental y de seguridad industrial de las áreas industriales en funcionamiento.

2. Incentivos a las PYMES: impulsar la inversión productiva para promover la ejecución de proyectos de innovación industrial, que permitan la modernización y mejora de la competitividad de las PYME industriales y promuevan la diversificación sectorial de la economía canaria, en sectores estratégicos, especialmente en la industria 4.0.

3. Desarrollo de la artesanía: potenciar las labores artesanales y promover la creación y desarrollo de los cauces de comercialización necesarios para favorecer el fomento de los productos artesanos canarios.

Las actuaciones descritas en este plan van dirigidas a personas físicas, jurídicas, corporaciones locales, fundaciones, asociaciones,... y sociedad en general, siempre y cuando desarrollen acciones con repercusión en el sector industrial y artesanal canario, en sus distintos ámbitos y se financiarán con fondos de la Comunidad Autónoma de Canarias, con cargo a los créditos contemplados en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, en los programas presupuestarios 421B “Seguridad Industrial y Minera”, 433A “Apoyo a PYMES Industriales”, y 433B “Desarrollo Artesanal” dentro de los objetivos correspondientes para el ejercicio 2021 y los créditos previstos para el ejercicio 2022.

Las previsiones de costes, indicadores y magnitudes para la línea de actuación y proyectos de inversión son los que se reflejan en los cuadros anexos al presente documento, y se corresponden con los créditos que constan consignados en Ley 7/2020, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias 2021, los cuales podrán sufrir variaciones derivadas de las modificaciones de crédito que se tramiten, incrementando o disminuyendo el importe de los proyectos o incorporando nuevos proyectos de inversión o líneas de actuación a gestionar en el ejercicio 2021 y en los previstos para el ejercicio 2022.

Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone con el fin de incorporar a la anualidad 2021 del Plan el nuevo proyecto de inversión:

II.- Subvenciones directas.

De conformidad con el contenido del artículo 21.1 del texto del mencionado Decreto 36/2009, las subvenciones directas pueden ser nominadas, y con carácter excepcional aquellas en que se acrediten, entre otras, las razones de interés público para su otorgamiento.

En el anexo de transferencias de corrientes de la Ley 7/2020 de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias 2021, dentro de la Sección 16, Servicio 1615, en uno de los programas presupuestarios que gestiona este Centro Directivo (433B), figura la siguiente línea de subvención, prevista gestionar mediante subvenciones directas, en el marco de la Línea de Actuación siguiente:

Ver anexo en la página 50804 del documento Descargar

De conformidad con el contenido del artículo 21.1 del citado texto, las subvenciones directas pueden ser nominadas, previstas nominativamente en el estado de gastos del presupuesto. Las subvenciones nominadas en el presupuesto de gastos 2021 del Centro Directivo son:

1) DIVULGACIÓN MARCA ELABORADO EN CANARIAS ASINCA.

En el anexo de transferencias de capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2021, de la Sección 16, Servicio 1615, correspondiente a varios de los programas presupuestarios que gestiona este Centro Directivo (421B y 433A), figuran la siguientes subvenciones directas, nominadas y las previstas conceder mediante otras subvenciones directas, incorporando en esta propuesta de modificación del plan el nuevo proyecto de inversión derivado de una modificación de crédito tramitada en el presente año 2021, con fondo FCI:

Ver anexo en la página 50805 del documento Descargar

II. 1- Objetivos.

En el Capítulo IV consta una línea de actuación y en el Capítulo VII constan once proyectos de inversión que darán cobertura a la concesión de las subvenciones directas siguientes:

Unas subvenciones directas para la urbanización de polígonos industriales, insularizados por islas: redacción de proyectos técnicos y otras actuaciones complementarias de carácter insular no contempladas en las actuaciones reguladas en la convocatoria pública de subvenciones de carácter regional.

Una subvención directa, nominada, a la Asociación de Industriales de Canarias (ASINCA) para la divulgación de la marca elaborado en Canarias, al objeto de fomentar el consumo de productos industriales elaborados en Canarias.

Otras subvenciones directas para fomentar el conocimiento de las labores artesanas, el consumo de los productos artesanos canarios y dinamizar los talleres artesanales.

Dos subvenciones directas a las Federaciones provinciales de empresarios del Metal y Nuevas Tecnologías, FEMETE Y FEMEPA para desarrollar una campaña de promoción dirigida a impulsar la marca Yo Soy Legal, incorporando las nuevas tecnologías y la innovación a la lucha contra la economía sumergida existente entre las empresas del sector.

Una subvención directa a la Fundación Escuela de Organización Industrial, Fundación EOI, para realizar la actuación denominada: Desarrollo de la Estrategia Industria Conectada 4.0 en la Comunidad Autónoma de Canarias. La actuación objeto de la subvención consiste en un asesoramiento especializado e individualizado a las empresas beneficiarias, para la elaboración de un diagnóstico de su situación actual en materia de digitalización y un plan de transformación digital.

II. 2.- Costes.

Los fondos públicos destinados a tal fin han quedado cifrados en un importe total de 100.000,00 euros para las subvenciones directas de Capítulo IV y de 1.659.300,00 euros, para las subvenciones directas de Capítulo VII para la anualidad 2021 que son financiados con fondos propios de la Comunidad Autónoma de Canarias y FCI.

III.- Convocatorias publicas con concurrencia competitiva.

La Consejería de Turismo, Industria y Comercio es el Departamento de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias encargado de la propuesta y ejecución de las directrices del Gobierno de Canarias y de la gestión de los servicios y competencias, entre otras áreas materiales, de industria y artesanía, tal como se establece en el Decreto 45/2020, de 21 de mayo (BOC nº 105, de 29.5.2020), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio.

La Dirección General de Industria como órgano superior de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, adscrita a la Viceconsejería de Industria, Comercio y Consumo, tiene entre otras funciones las de potenciar en Canarias el desarrollo del sector industrial y artesanal.

A tal fin se concretan en los siguientes proyectos de inversión las líneas de subvención programadas en materia de regeneración de áreas industriales y apoyo a PYMES, cuyo importe se ha visto modificado, como consecuencia de las modificaciones de crédito tramitadas en el presente año 2021, quedando de la siguiente forma:

Ver anexo en la página 50806 del documento Descargar

DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO Y CONSUMO.

Se trata de incorporar un nuevo proyecto de inversión en la Dirección General de Comercio y Consumo, para tramitar como subvención directa por interés público para fomentar el consumo en el sector comercial de La Palma. Se trata de poder llevar a cabo actuaciones de fomento del consumo y de las ventas u otras medidas que favorezca las compras en el sector comercial de La Palma, como una necesidad acuciante derivada de la situación generada en el sector por las erupciones del nuevo volcán en La Palma.

Ver anexo en la página 50806 del documento Descargar

Y por otro lado de modificar el Anexo II de las subvenciones directas incorporando además de este último PILA, una modificación en el PILA 207G0169 Apoyo a la digitalización y al conocimiento del sector comercial, modificando la instrumentalización del objetivo de la transformación digital de las Cámaras de Comercio a las Fundaciones Universitarias, en virtud del Convenio firmado con fecha para instrumentalizar, entre otras, este objetivo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (legislación básica del Estado, como resulta del apartado 1 de la Disposición final primera de dicha Ley), establece: “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria”. De ahí que, dado el citado Plan constituye un requisito esencial cuyo cumplimiento se exige para el establecimiento de subvenciones, nace la necesidad de contar con un Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento.

Segundo.- A fin de desarrollar la citada regulación básica en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, los artículos 6 a 8 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, regulan dichos planes (artículo 6), su contenido (artículo 7) y seguimiento (artículo 8).

Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, corresponde a los titulares de los departamentos, previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto (artículo 6.5), la aprobación de los planes estratégicos.

Cuarto.- En el citado artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, se establece que “se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados” (artículo 6.1). Asimismo, se prevé que “los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente” (artículo 6.3). De ahí que el Plan diseñado para esta Consejería de Turismo, Industria y Comercio abarque tres anualidades, de acuerdo con las dotaciones presupuestarias consignadas en el ejercicio 2020, y a resultas de los objetivos programados para las aportaciones del 2021 al 2022.

Quinto.- El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos:

“1. Los planes estratégicos tendrán el siguiente contenido:

a) Objetivos estratégicos, …

b) Líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. …

2. El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:

a) Las subvenciones que se concedan de forma directa.

b) Las subvenciones que, de manera motivada, se determinen por parte del titular del Departamento, en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública”.

Sexto.- A tenor de lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009 al determinar que “Los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio”.

Séptimo.- Procede la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2020-2022, que fue aprobado por Orden departamental nº 59/2020, de 9 de marzo de 2020 y modificado por las Órdenes de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio de fechas 22 de mayo de 2020, 28 de septiembre de 2020 (la cual fue objeto de rectificación por Orden de 2 de octubre de 2020), 11 de diciembre de 2020, 28 de diciembre de 2020, 14 de abril de 2021, 27 de julio de 2021 y 27 de septiembre de 2021, respectivamente, consistentes en la inclusión de nuevas líneas de subvención, cuya aplicación presupuestaria viene recogida en la Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019, o bien se han aprobado mediante modificaciones presupuestarias.

Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida en el artículo 4.2.h) del Reglamento Orgánico de Departamento, aprobado por Decreto 24/2016, de 4 de abril,

RESUELVO:

Modificar el “Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio para los ejercicio 2020-2022”, aprobado por Orden de esta Consejería nº 59/2020, de 9 de marzo de 2020, modificado por las Órdenes de la Consejería de Turismo, Industria y Comercio de fechas 22 de mayo de 2020, 28 de septiembre de 2020 (la cual fue objeto de rectificación por Orden de 2 de octubre de 2020), 11 de diciembre de 2020, 28 de diciembre de 2020, 14 de abril de 2021, 27 de julio de 2021 y 27 de septiembre, respectivamente, en los términos expuestos en la presente Orden y su Anexo 1.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de noviembre de 2021.

LA CONSEJERA DE TURISMO,
INDUSTRIA Y COMERCIO,
Yaiza Castillo Herrera.

Ver anexo en las páginas 50809-50877 del documento Descargar

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