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BOC Nº 245. Martes 30 de noviembre de 2021 - 4999

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II. Autoridades y personal - Oposiciones y concursos - Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

4999 Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 16 de noviembre de 2021, por la que se da publicidad a la convocatoria y a las bases para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Interventor/a General (Intervención, clase primera), del Cabildo Insular de Tenerife, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

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BOC-A-2021-245-4999. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo de Interventor/a General (Intervención, clase primera), del Cabildo Insular de Tenerife, reservado a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, y que está vacante en la Relación de Puestos de Trabajo de la Corporación.

Y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) El día 5 de noviembre de 2021, se recibió en esta Dirección General, a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR), un oficio de la Directora Insular de Recursos Humanos y Asesoría Jurídica del Cabildo Insular de Tenerife, de 4 de noviembre anterior, por el que remite la Resolución de la Dirección Insular, de fecha 4 de noviembre de 2021, por la que se aprueba la convocatoria y las bases para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de Trabajo FC290, denominado Interventor General, para su publicación en el Boletín Oficial correspondiente y demás trámites que procedan.

2º) De los datos que obran en el Registro integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, resulta:

a) Que el puesto de trabajo de existencia obligatoria y naturaleza directiva denominado Interventor/a General (Intervención, clase primera), del Cabildo Insular de Tenerife, está reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior.

b) Que el puesto de trabajo está vacante por inexistencia de titular.

c) Que, en virtud de la Resolución nº 1479, de 23 de septiembre de 2021, esta Dirección General confirió a D. Gerardo Armas Davara, con DNI ***4190**, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, y titular, con carácter definitivo, del puesto de trabajo existencia obligatoria y naturaleza directiva de Intervención, clase primera, del Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna, una adscripción, en comisión de servicios de carácter temporal y voluntaria, por periodo de hasta un año, al puesto de trabajo de existencia obligatoria y naturaleza directiva FC290, denominado Interventor/a General (Intervención, clase primera), del Cabildo Insular de Tenerife, vacante por inexistencia de titular, corriendo a cargo de esta última las remuneraciones debidas.

D. Gerardo Armas Davara tomó posesión el día 1 de octubre de 2021.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 67, de 17.3.2018), relativo a los trámites especiales del procedimiento de libre designación de los puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone:

«La convocatoria, que se realizará en el plazo máximo de tres meses, desde que el puesto de trabajo se hubiera clasificado a libre designación o hubiese resultado vacante, corresponde al Presidente de la Corporación, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el diario oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública, dispondrá la publicación, del extracto de dichas convocatorias, en el “Boletín Oficial del Estado”.

En el caso de que el Presidente de la Corporación no realice la convocatoria en el plazo máximo establecido, la Comunidad Autónoma le requerirá para que efectúe la misma, en los términos regulados en este artículo, advirtiéndolo que de no hacerlo en el plazo indicado se iniciara un procedimiento de modificación de las características del puesto y su forma de provisión.»

Segunda.- Esta Dirección General es competente para la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de las convocatorias de concursos y convocatorias de libre designación efectuadas por las Corporaciones Locales de Canarias, así como de las resoluciones de las mismas, cuando se trate de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de conformidad con el artículo 84.2.g) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 14/2021, de 18 de marzo (BOC nº 62, de 25.3.2021).

En el ejercicio de la competencia atribuida, esta Dirección General

RESUELVE:

1.- Dar publicidad a la Resolución de la Directora Insular de Recursos Humanos y Asesoría Jurídica del Cabildo Insular de Tenerife, de 4 de noviembre de 2021, por la que se aprueba la convocatoria pública y las bases para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de naturaleza directiva y existencia obligatoria identificado con el código FC290, denominado Interventor/a General (Intervención, clase primera), reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, cuyo texto íntegro se transcribe en el anexo de la presente Resolución.

2.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de noviembre de 2021.- La Directora General de la Función Pública, Montserrat García Santana.

ANEXO

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO FC290 DENOMINADO INTERVENTOR/A GENERAL DEL EXCMO. CABILDO INSULAR DE TENERIFE.

Vista la vacante generada en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Corporación Insular del puesto de trabajo FC290 denominado Interventor/a General, reservado a funcionarios/as de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional y teniendo en cuenta los siguientes antecedentes y consideraciones jurídicas:

ANTECEDENTES

I.- Con fecha 7 de septiembre de 2021, se produce la jubilación anticipada, declarada por Resolución de la Dirección Insular de Recursos Humanos y Asesoría Jurídica, de fecha 27 de agosto de 2021, del titular del puesto FC290 “Interventor/a General” perteneciente a la plaza de Grupo A, Subgrupo A1, de la Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior de esta Corporación.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL), dispone en su artículo 92 bis, relativo a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, apartado seis que: ”El Gobierno, mediante Real Decreto, regulará las especialidades correspondientes de la forma de provisión de puesto reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional (…)”

“Excepcionalmente, los puestos de trabajo reservados a funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional podrán cubrirse por el sistema de libre designación, en los municipios incluidos en el ámbito subjetivo definido en los artículos 111 y 135 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como las Diputaciones Provinciales, Áreas Metropolitanas, Cabildos y Consejos Insulares y las ciudades con estatuto de autonomía de Ceuta y Melilla, entre funcionarios de la subescala y categoría correspondiente.” (…)

Segunda.- El desarrollo reglamentario del mencionado artículo 92 bis de la LBRL se ha efectuado por Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 67 de 17.3.2018), el cual señala en su artículo 45.1 relativo a la provisión por libre designación que: “1. Excepcionalmente, los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional podrán cubrirse por el sistema de libre designación en las Entidades Locales incluidas en el apartado 6 del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, entre funcionarios de la subescala y categoría correspondiente.”

Tercera.- La vigente Relación de Puestos de Trabajo del Cabildo Insular de Tenerife aprobada en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno Insular de 15 de diciembre de 2020, modificada por Acuerdo de Consejo de Gobierno Insular de fecha de 23 de febrero de 2021 y de 25 de mayo de 2021 (publicada en BOC nº 156, de 28.12.2020; nº 30, de 10.3.2021; y nº 67, de 4.6.2021, respectivamente) prevé como forma de provisión del puesto FC290, Interventor/a General, el sistema de libre designación.

Cuarta.- El referido Real Decreto 128/2018, en su artículo 46.2, relativo a los trámites especiales del procedimiento de libre designación de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional indica que la convocatoria se realizará en el plazo máximo de tres meses desde que el puesto de trabajo hubiese resultado vacante, esto es, en el plazo de tres meses desde el 7 de septiembre del corriente.

Quinta.- El artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018 dispone que corresponde al Presidente de la Corporación la aprobación de las bases que han de regir la presente convocatoria pública, quien la remitirá a la Dirección General de la Función Pública de Canarias para su publicación en el Diario Oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del Diario en el que ha sido publicada.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública, dispondrá la publicación, del extracto de dichas convocatorias, en el Boletín Oficial del Estado.

De acuerdo con la desconcentración de competencias efectuada en el Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife (artículo 3.1) y siguiendo lo dispuesto en la Disposición adicional segunda del mismo texto normativo, apartado B): “Se entenderán atribuciones propias y serán ejercidas de forma exclusiva por el Consejero Insular, Viceconsejero Insular y Director Insular competente en materia de Recursos Humanos, mediante Resoluciones o propuestas a los órganos competentes conforme a este Reglamento Orgánico y resto de normativa de aplicación, las siguientes materias

(…):

1. El régimen jurídico de todo el personal de la Corporación incluyendo, en particular, lo siguiente:

(…)

c) la provisión de los puestos de trabajo (excepto los nombramientos, ceses, comisiones de servicio y adscripciones provisionales de los Jefes de Servicio y Jefes funcionales de Área que corresponde al Presidente de la Corporación).”

Por todo lo anteriormente expuesto,

RESUELVO:

Primero.- Aprobar la convocatoria pública para la provisión, mediante el procedimiento de libre designación, del puesto de “Interventor/a General” perteneciente a la plaza de Grupo A, Subgrupo A1, de la Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior de esta Corporación, que se regirá por las siguientes bases:

“BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE INTERVENTOR/A GENERAL DEL CABILDO INSULAR DE TENERIFE.

Primera.- Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto proveer mediante el sistema de libre designación el puesto de trabajo vacante en la Relación de Puestos de Trabajo del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, FC290, denominado Interventor/a General, reservado a funcionarios/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional, cuyas características son:

- Corporación: Cabildo Insular de Tenerife.

- Denominación y clase: Interventor General, categoría superior.

- Grupo: A, Subgrupo A1.

- Escala: Habilitación de carácter nacional.

- Nivel de Complemento de Destino: 30.

- Complemento Específico mensual: 143 puntos.

- Jornada: plena disponibilidad.

- Requisitos para su desempeño conforme a la relación de puestos de trabajo: puesto reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención Tesorería, categoría Superior.

- Funciones Esenciales: que son las siguientes previstas en la Relación de Puestos de Trabajo del Cabildo Insular de Tenerife:

• FA048: control y fiscalización interna de la gestión económica-financiera y presupuestaria de la Corporación y dirección de los Servicios Económicos de la Corporación.

• FA273: manejo de aplicaciones informáticas asociadas a la gestión de expedientes.

Segunda.- Aspirantes.

Podrán participar en la convocatoria los/las funcionarios/as de carrera de la Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería, Categoría Superior, que no se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 36.2 apartados a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE nº 67, de 17.3.2018).

Tercera.- Solicitudes.

Quienes deseen formar parte en el proceso de provisión deberán hacerlo constar cumplimentando debidamente el modelo de solicitud que figura en el Anexo I que debe ser presentada por alguno de los siguientes medios:

1. Vía telemática.- A través de la sede electrónica del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife (https://sede.tenerife.es/sede/es/servicios-de-la-sede/empleopublico) donde podrá cumplimentar, firmar electrónicamente y presentar la solicitud a través del registro electrónico.

2. Formato papel y de forma presencial.- Que tienen a su disposición en la sede electrónica del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife (https://sede.tenerife.es/sede/es/servicios-de-la-sede/empleo-publico) y en el Anexo I de estas bases. También podrá ser facilitada gratuitamente en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Corporación Insular.

Para la presentación de la solicitud en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro del Cabildo insular de Tenerife, será imprescindible la cita previa a través del teléfono 901501901 ó 922 239 500 o en (https://www.tenerife.es/portalcabtfe/es/atencion-ciudadana/8/1369).

3. Igualmente, las solicitudes podrán presentarse en los registros y oficinas establecidos en el artículo 16.4 de la 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del/la aspirante. No se admitirán solicitudes de participación en modo distinto al regulado en estas bases.

La presentación de la solicitud implica la indicación expresa de /los/las aspirantes, de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, que autoriza a que los datos recabados en la solicitud sean incorporados y tratados por la Dirección Insular de Recursos Humanos y Asesoría Jurídica de esta Corporación, al objeto de llevar a cabo el proceso de provisión de personal y su posterior adjudicación. El/la aspirante será en todo momento responsable de la veracidad de los datos requeridos.

El resultado del proceso de provisión será publicado en el tablón de anuncios de las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Corporación y en la sede electrónica del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife. (https://sede.tenerife.es/sede/es/servicios-de-la-sede/empleo-publico), conforme prevén las siguientes bases.

Con la presentación de la solicitud el/la firmante autoriza al Excmo. Cabildo Insular de Tenerife a consultar y/o comprobar, a través de la plataforma de intermediación de datos de la Administración, los datos que se citan a continuación.

- Datos de Identidad, DNI o pasaporte en vigor.

- Titulaciones académicas.

- Carnet de conducir.

Si no desea autorizar la consulta telemática, el aspirante deberá marcar expresamente en la solicitud de participación, de los siguientes datos, los que no desee intermediar:

- Datos de Identidad, DNI o pasaporte en vigor.

- Titulaciones académicas.

- Carnet de conducir.

En este caso, deberá acompañar a la solicitud, la documentación acreditativa de los datos no autorizados a intermediar.

Si los documentos acreditativos de los requisitos o de los méritos no se aportaran por encontrarse en poder de esta Corporación con ocasión de su participación en otra convocatoria, deberá hacerse constar expresamente esta circunstancia en la solicitud, especificando la convocatoria en la que los presentó, con indicación de la plaza y la fecha de la convocatoria, siempre que no haya transcurrido más de cinco años desde su presentación, o la vigencia del documento haya expirado. En caso contrario, deberá aportar la documentación requerida.

Los/as aspirantes deberán acreditar, en el momento de presentar la solicitud de participación:

1.- Certificado referido a su condición de funcionario/a de carrera de administración local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Intervención- Tesorería, Categoría Superior, expedido por el órgano de la Administración Pública competente.

2.- Curriculum vitae en el que constarán, además de los datos personales, el cuerpo, escala o subescala a la que pertenece, los títulos académicos, los años de servicios, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, preferentemente, con funciones similares a las del puesto ofertado; los estudios, cursos realizados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones descritas en la base primera de las presentes bases.

3.- Los méritos alegados cuya intermediación no fue autorizada, siempre que los mismos se posean a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

4.- Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en la base segunda que impidan su participación en la convocatoria, así como, a efectos de comprobación de la concurrencia o no de las causas de exclusión de los apartados a), b), c) del artículo 36 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, deberá aportarse certificado expedido por el órgano de las Administraciones Públicas competente. Si esta certificación no hubiera sido emitida a tiempo de la finalización del plazo de presentación de instancias por el órgano de la Administración Pública competente, deberá presentarse solicitud cursada al efecto por el/la funcionario/a debidamente firmada y registrada ante aquel órgano, de conformidad con la normativa de registros vigente, en la que consten como solicitados para certificación todos y cada uno de los aspectos enumerados en este apartado.

Todos los requisitos exigidos y los méritos alegados deberán cumplirse el último día de presentación de solicitudes y conservarse hasta el momento de la toma de posesión.

Plazo de presentación.- Será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Cuando no conste alguno de los requisitos exigidos, o no hayan sido acreditados conforme a lo previsto en las presentes bases o el resultado de la intermediación fuera insatisfactorio o infructuoso, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación; para ello se publicará un anuncio en el tablón de anuncios de la Oficina de Asistencia en materia de Registro y en la sede electrónica https://sede.tenerife.es/sede/es/servicios-de-la-sede/empleo-publico

Finalizado el plazo de subsanación, se aprobará la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, la cual será publicada en los mismos medios que la provisional.

Los/as aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su curriculum vitae profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga bien a realizar. A estos efectos, el Cabildo Insular de Tenerife comunicará con tres días de antelación la fecha de celebración de la misma.

Cuarta.- Resolución.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes y, constatados los requisitos exigidos en la convocatoria para el puesto de trabajo ofertado, el Presidente de la Corporación previo los informes que se estimen necesarios y a propuesta del Director Insular de Hacienda de esta Corporación, procederá atendiendo a criterios de mérito, capacidad e idoneidad para el puesto, en relación con la experiencia previa y capacitación de los/as candidatos/as en comparativa de méritos (y, en su caso, del resultado de la entrevista) con el resto de los candidatos, si los hubiere, siempre desde la perspectiva de las funciones atribuidas al puesto convocado por la legislación vigente y a la RPT, a dictar la resolución correspondiente, en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación de la resolución adoptada.

De dicha Resolución, se dará traslado a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias y al Ministerio de Hacienda y Función Pública, para la publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha Resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en las bases que rigen convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento.

En todo caso deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento establecido.

Quinta.- Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles, si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o de un mes, si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en la localidad distinta, tal y como establece el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que debe efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del Estado. Si la Resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación (artículo 41.2 del Real Decreto 128/2018).

La formalización de la toma de posesión del aspirante que acceda al puesto de trabajo deberá ser comunicada a la Dirección General de la Función Pública del Gobierno de Canarias dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se produzca.

Sexta.- Competencia.

Corresponde a la Dirección Insular de Recursos Humanos y Asesoría Jurídica, conforme a la desconcentración de competencias y por atribución propia según lo dispuesto en la Disposición adicional II B) del Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Tenerife, la aprobación de las bases que han de regir la presente convocatoria pública, quien la remitirá al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el Diario Oficial correspondiente y remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa del número y fecha del Diario en el que ha sido publicada conforme a lo dispuesto en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública dispondrá la publicación del extracto de dichas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

Séptima.- Impugnación.

Contra la convocatoria y sus bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Corporación Insular, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

En caso de interposición de recursos contra cualquier acto del procedimiento, y cuando el número de aspirantes así lo aconseje, se publicará en el tablón de anuncios de las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de la Corporación, y la sede electrónica de esta Corporación Insular anuncio informativo de la interposición de recurso, para conocimiento general y al objeto de que se formulen las alegaciones que los/as interesados/as estimen conveniente.

Octava.- Incidencias.

En todo lo no previsto en estas bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los Funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional; en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público, y en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Novena.- Cláusula protección de datos personales.

A los efectos previstos en la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y de Consejo de 27 de abril de 2016 (RGPD) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa a los solicitantes que sus datos podrán ser tratados por Cabildo Insular de Tenerife en los siguientes términos:

1.1. Identificación del responsable del tratamiento. El responsable del tratamiento es el área de Recursos Humanos, cuyos datos identificativos son los siguientes: Cabildo Insular de Tenerife, dirección Plaza de España, nº 1, código postal 38003-Santa Cruz de Tenerife, correo electrónico de contacto: delegadoprotecciondatos@tenerife.es. También puede ponerse en contacto con nuestro Delegado de Protección de Datos en la dirección: delegadoprotecciondatos@tenerife.es

1.2. Finalidad del tratamiento. El Cabildo Insular de Tenerife va a tratar sus datos con la siguiente finalidad: facilitar la gestión de la convocatoria de la provisión de puesto de trabajo a la que aspira, en concreto para tramitar, valorar y resolver la convocatoria.

1.3. Conservación de datos. Los datos se mantendrán únicamente durante el tiempo que requieran las fases del procedimiento. Finalizado el mismo mientras exista la posibilidad de presentar una reclamación de acuerdo con la normativa vigente.

1.4. Legitimación. La legitimación del tratamiento de sus datos personales, procede en primer término del consentimiento expreso del interesado al presentar su candidatura y, además, en el cumplimiento de una obligación legal por parte del Cabildo Insular de Tenerife en materia de acceso al empleo público.

1.5. Cesión de datos. Como regla general, los datos tratados solo se cederán, en su caso, a los siguientes destinatarios:

- A la Corporación Insular y su sector público, conformado por organismos autónomos, entidades públicas empresariales, consorcios adscritos, sociedades mercantiles y fundaciones públicas vinculadas o dependientes de la Corporación.

- A las autoridades administrativas que puedan requerirlo en el marco del cumplimiento de las obligaciones legales del responsable del tratamiento o en el marco de los procedimientos eventualmente abiertos por aquellas en relación con reclamaciones del ciudadano;

- Así como, en su caso, a las autoridades judiciales competentes.

1.6. Derechos del solicitante. Todo afectado/solicitante podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación o, en su caso, oposición, así como revocar el consentimiento otorgado.

Para ejercitar los derechos deberá presentar un escrito en la dirección postal o electrónica arriba señalada. Deberá especificar cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo.

Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).

Segundo.- Dar traslado de la presente Resolución y sus bases al órgano competente de la Comunidad Autónoma Canaria, para su publicación en el Diario Oficial correspondiente y demás trámites que procedan.

Tercero.- Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Corporación Insular, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

ANEXO I

Ver anexo en las páginas 50607-50608 del documento Descargar

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