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BOC Nº 224. Viernes 29 de octubre de 2021 - 4589

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III. Otras Resoluciones - Presidencia del Gobierno

4589 Secretaría General.- Resolución de 19 de octubre de 2021, por la que se ordena la publicación de la Adenda suscrita el 1 de octubre de 2021, al Convenio de Cooperación entre la Vicepresidencia del Gobierno de Canarias y la Fundación de Enseñanza Superior a Distancia de Las Palmas de Gran Canaria (FESAD), para la implantación de un Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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BOC-A-2021-224-4589. Firma electrónica - Descargar

Con fecha 1 de octubre de 2021, se suscribió una Adenda al Convenio suscrito entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Vicepresidencia del Gobierno y la Fundación de Enseñanza Superior a Distancia de Las Palmas de Gran Canaria (FESAD), para la implantación de un Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias.

De conformidad con lo establecido en el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por el Decreto 352/2019, de 12 de diciembre,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda suscrita el 
1 de octubre de 2021, al Convenio de Cooperación entre la Vicepresidencia del Gobierno de Canarias y la Fundación de Enseñanza Superior a Distancia de Las Palmas de Gran Canaria (FESAD), para la implantación de un Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Canarias, a 19 de octubre de 2021.- La Secretaria General, Cándida Hernández Pérez.

ANEXO

ADENDA AL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA VICEPRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y LA FUNDACIÓN DE ENSEÑANZA SUPERIOR A DISTANCIA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA (FESAD), PARA LA IMPLANTACIÓN DE UN SOCIOBARÓMETRO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.

En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de octubre de 2021.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Román Rodríguez Rodríguez, Vicepresidente del Gobierno de Canarias, según nombramiento efectuado por Decreto 120/2019, de 17 de julio (BOC nº 137, de 18.7.2019), con facultades para suscribir el presente Convenio en representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias en ejercicio de la competencia que le confiere el artículo 23.2.d) del Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, aprobado por Decreto 356/2019, de 19 de diciembre (BOC nº 3, de 7.1.2020), en relación con lo dispuesto en el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 
26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Y de otra parte, D. Juan José Rodríguez Guerra, en calidad de Director-Gerente de la Fundación Patronato de Enseñanza Superior a Distancia de Las Palmas de Gran Canaria, nombrado por acuerdo del Consejo de Patronato y de la Junta Rectora celebradas el día 
13 de noviembre de 2015, con domicilio social en calle Luis Doreste Silva, nº 101, de
Las Palmas de Gran Canaria y con CIF G35383793.

Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen capacidad legal necesaria para suscribir la presente Adenda del Convenio para la implantación de un Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en su virtud,

EXPONEN

I.- Que a la Vicepresidencia del Gobierno, a través de la Dirección General de Coordinación y Apoyo a la Vicepresidencia, le corresponde tal y como señala el artículo 25 del Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, aprobado por Decreto 356/2019, de 19 de diciembre, las competencias relativas a la elaboración de estudios a petición de la Vicepresidencia sobre el análisis y evaluación del seguimiento de indicadores socioeconómicos de la Comunidad Autónoma de Canarias; el seguimiento de la evolución del entorno económico regional, nacional e internacional y su impacto en la Comunidad Autónoma de Canarias. Así como la elaboración de cualesquiera otros informes, dictámenes o estudios de carácter socioeconómico que se le encomienden por el Vicepresidente o Vicepresidenta.

II.- Que la Fundación de Enseñanza Superior a Distancia de Las Palmas de Gran Canaria (en lo sucesivo, FESAD), como entidad con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, tiene por objeto y finalidad el mantenimiento y sostenimiento económico del Centro Asociado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de Las Palmas de Gran Canaria; así como de todo tipo de iniciativas en el desarrollo de la Enseñanza Superior a Distancia en particular, con la exclusión de las enseñanzas regladas universitarias que serán competencia de la Junta de Gobierno de la UNED, y de la Enseñanza Abierta y a Distancia en general, pudiendo llevar a efecto todas aquellas actividades o prestaciones que fueran conducentes al cumplimiento de los fines de docencia e investigación, y cualquiera otras complementarias que, dentro de ella, favorezcan la elevación de nivel cultural y educativo en el ámbito territorial en que desarrolle sus funciones.

Específicamente, la FESAD promueve la ejecución de diferentes programas de investigación y desarrollo de estudios destinados a conseguir información y formación de aquellos estudiantes que, por haber culminado sus estudios recientemente, aún no han adquirido la madurez formativa necesaria que les facilite el acceso a un puesto de trabajo. Dado el elevado interés social que reviste la actividad que ha venido desplegando la FESAD, tales solicitudes han sido habitualmente atendidas mediante la concesión de subvenciones específicas, en aquellos supuestos en que las disponibilidades presupuestarias lo han permitido y dentro del marco general de fomento de la política de colaboración del Gobierno de Canarias.

III.- Que la Vicepresidencia del Gobierno a través de la Dirección General de Coordinación y Apoyo a la Vicepresidencia y la Fundación Patronato de Enseñanza Superior a Distancia de Las Palmas de Gran Canaria (FESAD), firmaron el 20 de noviembre de 2020, el Convenio de Cooperación para la implantación de un Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 253, de 10 de diciembre de 2020.

IV.- Por ello, mediante Resolución nº 51, de 25 de noviembre de 2020, el Director General de Coordinación y Apoyo a la Vicepresidencia, concede a la FESAD una subvención directa por importe de veinticinco mil (25.000) euros, debiendo ser realizada la actividad subvencionada antes del 1 de abril de 2021.

Una vez llevada a cabo la primera edición del Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias, con carácter de estudio piloto y dadas las enormes expectativas sociales, universitarias y mediáticas que se han producido respecto a la información económica, social y política que este instrumento de investigación proporciona, se estima necesario el incremento de la subvención de tal manera que permita un mayor nivel de trabajo dentro del sistema estadístico del Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias, tanto en la muestra como en el número de estudios, constituyendo un paso necesario hacia la definitiva implantación del mismo.

V.- La FESAD mantiene su compromiso de incrementar proporcionalmente el número de estadísticas cuantitativa y cualitativamente, respecto del proyecto piloto inicial, vinculado al Convenio de Cooperación para la implantación de un Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias. Así, como la realización de iniciativas de divulgación e investigación y colaboración en el desarrollo de actividades vinculadas a los datos publicados y su contenido.

VI.- Es por tanto deseo de las partes y se estima necesario para la completa implantación del proyecto iniciado, incrementar la subvención que recogía el Convenio de Cooperación, en la certeza de que la misma redundará en el beneficio de las instituciones firmantes y, en definitiva, del desarrollo económico, empresarial y de progreso de Canarias.

Por todo lo cual, ambas partes,

ACUERDAN:

Primero.- La firma de la presente Adenda, que establece el incremento proporcional del número de estadísticas cuantitativa y cualitativamente, y en correlación, el incremento de la subvención inicial incorporada al Convenio para la implantación de un Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segundo.- Que la subvención vinculada al Convenio de Cooperación entre el Vicepresidente del Gobierno y la Fundación Patronato de Enseñanza Superior a Distancia de Las Palmas de Gran Canaria (FESAD), para la implantación de un Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias, se incrementará para el año 2021 hasta los cincuenta mil (50.000) euros, al duplicarse la muestra, mientras que para el año 2022 y 2023 se incrementará hasta los ochenta mil (80.000) euros, al duplicarse tanto la muestra como el número de ediciones. Todo ello siempre que exista crédito adecuado y suficiente en las referidas anualidades.

Tercero.- Que en la cooperación prestada por la Fundación Patronato de Enseñanza Superior a Distancia de Las Palmas de Gran Canaria (FESAD), pueden participar los tutores del Centro Asociado a la UNED de Las Palmas de Gran Canaria, sin que en ningún caso dicha participación se corresponda con una actividad laboral ni de relación mercantil, a los efectos de lo previsto en el artículo 29.7.d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, entendiéndose en todo caso que existe previa autorización expresa del órgano concedente para la participación de los mismos.

Esta participación, se realizaría en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 2005/1986, de 25 de septiembre, sobre régimen de la función tutorial en los Centros asociados de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, según el cual, la vinculación de los Profesores tutores con los Patronatos de los Centros asociados “se entenderá equiparada a la de los becarios de docencia e investigación de las Fundaciones”. Lo cual permite que colaboren con las actividades de la Fundación y del Centro Asociado como tutores sin vinculación alguna de carácter laboral o mercantil con las entidades aquí conveniadas, ni con la actividad subvencionada.

Cuarto.- Que a la presente Adenda le son de aplicación las cláusulas y demás condiciones del Convenio para la implantación de un Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias, firmado el 20 de noviembre de 2020 y publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 253, de 10 de diciembre de 2020, salvo en lo que se refiere al importe de la subvención establecida en el mismo, que se regirá por lo recogido en el Acuerdo segundo de la presente Adenda.

Y para que así conste, y en prueba de conformidad, firman las partes la presente Adenda del Convenio de Cooperación para la implantación del Sociobarómetro de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- El Vicepresidente del Gobierno, Román Rodríguez Rodríguez.- El Director Gerente de la fesad, Juan José Rodríguez Guerra.

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