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BOC Nº 223. Jueves 28 de octubre de 2021 - 4566

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo

4566 ORDEN de 18 de octubre de 2021, por la que se conceden provisionalmente 17 becas para la realización de estudios universitarios de postgrado de estudiantes africanos en las Universidades canarias dentro del Programa de Becas de Canarias África (PBCÁ) para el curso 2021-2022, efectuada por Orden de 25 de mayo de 2021.

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BOC-A-2021-223-4566. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Asuntos Económicos con África de convocatoria de becas para la realización de estudios universitarios de postgrado de estudiantes africanos en las Universidades Canarias dentro del Programa de Becas Canarias África (PBCÁ) y teniendo en cuenta los siguientes.

Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Asuntos Económicos con África y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Por Orden del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento nº 103/2018, de 31 de mayo de 2018, se aprobaron las bases reguladoras por las que ha de regirse la convocatoria de becas del Programa de Becas Canarias-África (PBCÁ), destinadas a realizar estudios universitarios de postgrado por estudiantes africanos en las universidades canarias (BOC nº 110, de 8.6.2018).

Segundo.- Por Orden de la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo nº 225, de 25 de mayo de 2021, se convocan diecisiete becas (17) del Programa de Becas Canarias-África (PBCÁ), destinadas a realizar estudios universitarios de postgrado por estudiantes africanos en las universidades canarias (BOC nº 113, de 3.6.2021).

Tercero.- Al amparo de dicha Orden se presentaron 87 solicitudes de becas.

Cuarto.- De conformidad con lo previsto en la base decimotercera de la Orden nº 103/2018, de 31 de mayo de 2018, si la solicitud no reúne los requisitos indicados, el órgano instructor requerirá a los interesados para que en el plazo de diez días subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hicieren, se les tendrá por desistidos de su solicitud, archivándose sin más trámite.

Quinto.- Por Resolución nº 31, de 21 de julio de 2021, de la Directora General de Asuntos Económicos con África, publicada en el BOC nº 160, de 4 de agosto de 2021, se requiere la subsanación de las solicitudes presentadas para la concesión de 17 becas del Programa de Becas Canarias-África (PBCÁ), destinadas a realizar estudios universitarios de postgrado por estudiantes africanos en las universidades canarias al amparo de la Orden nº 225, de 25 de mayo de 2021, el plazo de subsanación finalizó el 19 de agosto de 2021.

Sexto.- Por Resolución nº 32, de 30 de julio de 2021, de la Directora General de Asuntos Económicos con África, se designa a los miembros de la Comisión de Selección de las solicitudes presentadas a la convocatoria de becas para la realización de estudios universitarios de postgrado de estudiantes africanos en las Universidades Canarias dentro del Programa de Becas Canarias África (PBCÁ).

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que regula el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, indica que son órganos competentes para conceder subvenciones los titulares de los Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma.

Segunda.- El Decreto 119/2019, de 16 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, establece en su artículo 8 que la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo asume las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, salvo las relativas a industria, energía, comercio, consumo y asuntos económicos con la Unión Europea.

En su virtud, en el ejercicio de la competencia que tengo atribuidas,

RESUELVO:

Primero.- Conceder provisionalmente 17 becas para la realización de estudios universitarios de postgrado de estudiantes africanos en las Universidades canarias dentro del Programa de Becas Canarias África (PBCÁ) que se relacionan a continuación.

Segundo.- Los másteres ofertados se han adjudicado a los solicitantes que han superado la prueba de inglés B1 y por orden de puntuación obtenida de la siguiente forma:

Ver anexo en las páginas 44048-44048 del documento Descargar

Tercero.- Conceder un plazo de diez (10) días a contar a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Canarias y de la publicación en la sede electrónica de la Administración Publica de la Comunidad Autónoma de Canarias: https://sede.gobiernodecanarias.org, para que los beneficiarios potenciales presenten aceptación expresa o renuncia de la beca concedida y, en su caso, para exponer las alegaciones que estime oportunas. En el caso de que no se otorgue la aceptación dentro del referido plazo, se entenderá que el interesado no acepta la beca.

Cuarto.- Crear una lista de reserva con las solicitudes que, reuniendo todos los requisitos, han resultado desestimados por ausencia de dotación presupuestaria:

Ver anexo en las páginas 44049-44049 del documento Descargar

Quinto.- Desestimar la concesión de las solicitudes de becas que a continuación se relacionan, por las causas que asimismo se expresan:

Ver anexo en las páginas 44050-44051 del documento Descargar

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de octubre de 2021.

LA CONSEJERA DE ECONOMÍA,
CONOCIMIENTO Y EMPLEO,
Elena Máñez Rodríguez.

Ver anexo en la página 44052 del documento Descargar

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